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Solicitan Rescate y Saneamiento Financiero de la UAZ - LXI Legislatura (Sep 2013 - Sep 2016)

             

 

 

 

               

 

         Las diputadas Alma Gloria Dávila Luévano (MORENA) , Perla Guadalupe Martínez Delgado (PRI) y Gabriela Evangelina Pinedo Morales (PT), presentaron la Iniciativa de Punto de Acuerdo por la que se exhorta de manera respetuosa al Congreso de la Unión, al autorizar el decreto del presupuesto de egresos de la federación para el ejercicio fiscal 2019, integre una partida especial el rescate y saneamineto de las finanzas de la  Universidad Autónoma de Zacatecas.

Se contempla en el Punto de Acuerdo, exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, agilice los trámites necesarios para la entrega de los recursos económicos destinados al rescate financiero de la Universidad Autónoma de Zacatecas.

Resaltaron la convicción como representantes populares de contribuir a la dignificación de la Universidad Autónoma de Zacatecas, por lo que convocaron de manera respetuosa a los integrantes de esta LXIII Legislatura del Estado, a cerrar filas con el objeto de convertir a la UAZ, en un centro de producción del conocimiento; que coadyuve con profesionistas preparados para hacer frente a los nuevos retos de un Estado ávido de progreso y desarrollo.

 En virtud a la necesidad económica que tiene la Universidad Autónoma de Zacatecas, para cerrar el año con finanzas sanas y seguir con la noble labor de educar, las y los diputados asistentes consideraron que esta Iniciativa de Punto de Acuerdo debía considerarse como de urgente y obvia resolución, por lo que se dispensaron los trámites establecidos y la aprobaron por unanimidad de la asamblea durante la misma sesión.

 Durante la discusión en lo general, la diputada Gabriela Evangelina Pinedo Morales hizo uso de la Tribuna para hablar a favor del Punto de Acuerdo.

 Reforma al Código Penal

Se presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto remitida por el titular del Poder Ejecutivo, mediante el cual se propone armonizar las disposiciones del Código Penal para el Estado de Zacatecas de conformidad al Código Nacional de Procedimientos Penales; armonizar las disposiciones del Código Penal para el Estado de Zacatecas de conformidad a las reformas constitucionales en materia de combate a la corrupción, y modificación de diversos tipos penales.

Toda vez que nuestra legislación sustantiva penal vigente carece de las actualizaciones que a nivel nacional se han realizado, por lo que se considera necesaria y oportuna la armonización legislativa del Código Penal, con las recientes disposiciones de carácter constitucional y general que en nuestro país se han expedido.

 Ley de Bienes del Estado y Municipios

En voz del diputado Edgar Viramontes Cárdenas, se dio lectura a la Iniciativa con Proyecto de Decreto mediante la cual, se expide la Ley de Bienes del Estado y de los Municipios de Zacatecas, a fin de que se encuentre acorde a las necesidades de la ciudadanía zacatecana, que impulse el desarrollo económico y se transparenten los actos de los servidores públicos respecto de los actos relacionados con el patrimonio estatal y municipal. Además que se encuentre a la vanguardia de las últimas reformas a nivel nacional.

A través de esta propuesta de Ley de Bienes del Estado y de los Municipios de Zacatecas, se da cumplimiento a lo señalado por el Plan Estatal de Desarrollo en su Eje Estratégico 1 Gobierno Abierto y de Resultados cuyo objeto principal es contar con una planeación estratégica del Gobierno del Estado para lograr una gestión pública transparente y basada en resultados en la que además se ejerzan finanzas publicas honestas, transparentes y eficaces, optimizando el funcionamiento de la capacidad institucional de la Administración Publica y por ende se presenten reformas jurídicas que consoliden la funcionalidad de su estructura organizacional.

 Ley de Obra Pública y Servicios

El diputado Raúl Ulloa Guzmán, presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto mediante el cual se expide la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados del Estado de Zacatecas,  que establece las bases para regular la planeación, programación y ejecución de la obra pública, determinando el nivel de responsabilidad tanto de las dependencias y entidades, así como el sector que se dedica a temas relacionados a la materia de esta Ley a través del diseño de mecanismos a los que deberán ajustarse las prioridades previstas en sus planes y programas, adecuándose a sus presupuestos de egresos correspondientes.

Este nuevo ordenamiento busca establecer herramientas que coadyuven con la política y mecanismos de corresponsabilidad en el ejercicio del gasto público destinado a la inversión en obras públicas.

Con la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados para el Estado y los Municipios de Zacatecas, se proyecta garantizar, por una parte, la mejor aplicación de los recursos económicos y, por la otra, que los servidores públicos se ajusten estrictamente a las disposiciones que regulan su manejo.

El objetivo de la nueva ley, es lograr que los servidores públicos se comporten con honradez, lealtad e imparcialidad en los procesos que involucran la contratación de la obra pública, mediante la transparencia en todos los actos del proceso de licitación y adjudicación de la misma; además de asegurar las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias en todas las obras y servicios que deban contratarse por la administración pública estatal y municipal, así como su sector auxiliar.

 

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Zacatecas y sus Municipios

Ante las y los diputados presentes, se dio lectura a la iniciativa con Proyecto de Decreto para expedir la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Zacatecas y sus Municipios, enviada a esta Asamblea por el titular del Poder Ejecutivo Alejandro Tello Cristerna, ya que la vigente, cuenta con casi treinta años y no obstante a que sufrió algunas reformas de fechas 5 de junio de 2002, 3 de enero de 2007 y 23 de marzo de 2013, resulta obsoleta.

La Iniciativa de Ley tiene como objetivo garantizar los postulados rectores estatuidos en los artículos 134 y 144 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, respectivamente, como obligación ante los ciudadanos para que las adquisiciones, arrendamientos y servicios gubernamentales en los entes públicos y en los tres órdenes de gobierno se realicen bajo un ordenamiento jurídico homologado y garantizando las mejores condiciones de calidad, precio, oportunidad y transparencia.

Sentencian además en la exposición de motivos, que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Zacatecas y sus Municipios que se pone a consideración, resulta ser el marco normativo adecuado que da cumplimiento no solo a las disposiciones de orden constitucional en la materia y que es de aplicación obligatoria y general para los entes públicos del Estado, además se encuentra perfectamente armonizada con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), a las disposiciones en materia de Disciplina Financiera y en general con las disposiciones actuales en la ejecución de recursos públicos.

 

 Ley de Austeridad Republicana

Las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MORENA, dieron a conocer a la Asamblea, la Iniciativa de Ley de Austeridad Republicana del Estado de Zacatecas, tras considerar necesario un ordenamiento jurídico que acabe con la opacidad y el derroche en el manejo del presupuesto, que obligue a los diferentes niveles de gobierno y a los distintos poderes públicos del Estado, así como a los órganos autónomos y a las diversas, a reglas y principios estrictos de austeridad, para generar recursos destinados a financiar el desarrollo y los programas sociales.

En la propuesta de ley se establecen  las reglas y principios de austeridad que deben cumplir los Poderes Públicos del Estado de Zacatecas, los órganos autónomos y las diversas autoridades municipales, independientemente de la naturaleza jurídica que posean. La Auditoría Superior del Estado de Zacatecas y los órganos de control interno de los entes públicos mencionados, están obligados a vigilar la debida observancia de las disposiciones contenidas en esta ley.

El ordenamiento propuesto, tiene por objeto establecer disposiciones de carácter general para racionalizar, reorientar y reducir en términos reales el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo en los Poderes Locales, órganos autónomos y autoridades estatales y municipales, con el fin de promover un uso eficiente y eficaz del erario. 

 

Reforma a la Constitución Política del Estado

La diputada Soralla Bañuelos de la Torre presentó la Iniciativa de Decreto que Reforma el artículo 160, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, a fin de establecer un tope máximo sobre el sueldo anual que podrán recibir los servidores públicos, para lo cual se dispone como referente la remuneración recibida por el Gobernador Constitucional del Estado de Zacatecas, umbral que debe estar referido en el artículo 160 fracción segunda de la Constitución Local, mismo que debe aplicar para todos los servidores Públicos del Estado, ya sean Estatales o Municipales, lo que no necesariamente significa que deban llegar a dicho tope máximo si no que solo se estipula de manera referente y con ello pueda operarse de manera eficiente esta iniciativa.

La propuesta es regular mediante ley, los tabuladores que contengan las remuneraciones públicas, lo que permitirá, por una parte, garantizar permanencia, claridad y eficiencia en la prestación del servicio público; y por la otra, dar a las instituciones públicas la confianza que la ciudadanía exige en la transparencia de la rendición de cuentas por quienes tienen la función administrativa y diseño de los planes y programas. Por ello, en esta iniciativa se establece claramente que los presupuestos deben contener los tabuladores de sueldo y demás prestaciones que se pagarán a dichos empleados públicos.

 

 

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