C. NANCY GODINA GONZALEZ
P R E S E N T E.
Vista y atendida la solicitud de información, ingresada a través del sistema de Seguimiento y Transparencia a la Información Legislativa (SISTIL), con número de folio 000913 con fecha del 04 de junio del año en curso, y en la textualmente solicito lo siguiente:
Folio 000913
“Deseo conocer las actividades encomendadas al personal que se encuentra en el area de recepción del edificio de Sierrra de Alica del Poder Legislativo, sueldo, categoria y motivo por el cual dos personas se encuentran encomendadas a la misma actividad, en el mismo horario.
De igual forma si media queja en contra del personal en mención por su actitud prepotente, grosera y altanera Gracias” [sic]
Recibida y turnada que fue la solicitud a la Dirección de Administración y Finanzas, al respecto le informo la respuesta que emite.
· “A continuación se servirá encontrar informe sobre las actividades, sueldo bruto mensual y categoría del personal que se encuentra ubicado en el área de recepción en la sede alterna de este Poder Legislativo
PERSONAL DEL ÁREA DE RECEPCIÓN SEDE ALTERNA
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AUXILIAR
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SUELDO BRUTO MENSUAL
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CATEGORÍA
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ACTIVIDADES
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Personal que realiza tareas de control de asistencia.
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22,373.53
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AN1
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Las inherentes a su cargo, de conformidad al numeral 2.3.2 del Manual General de Organización del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas, fracciones IX, XI, XX.
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Personal que realiza tareas de recepción.
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26,062.43
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TEC2
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Las inherentes a su cargo, de conformidad a la página 331 del Manual de procedimientos de la Dirección de Administración y Finanzas
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· De igual manera, tengo a bien comentarle que las personas que se encuentran en el área de recepción del edificio de Sierra de Álica no realizan las mismas funciones, ya que por cuestión de espacio en el inmueble comparten oficina y ocasionalmente se auxilian en el desarrollo de actividades.
· Al día 05 de junio del año que cursa, sólo se ha recibido una queja de la persona que realiza tareas de recepción.
Conforme a lo que se establece en los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.”
Los ciudadanos por su parte tienen la garantía individual de acceso a la Información Pública, quedando bajo su más estricta responsabilidad el uso e interpretación que a la misma le otorgue.
Sin más por el momento, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.
A T E N T A M E N T E
ZACATECAS, ZAC., 02 DE JULIO 2019
UNIDAD DE TRANSPARENCIA
H. LXIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE ZACATECAS
L.R.I. ANA LIDIA LONGORIA CID.
Nota: se anexa carpeta zip que contiene oficio de respuesta en formato PDF y Word. |