C. Alejandro Wong López
P r e s e n t e.
Me refiero a su solicitud de información, ingresada a este Poder Legislativo en fecha 16 de abril de 2013, identificada con número de folio 000484 mediante el Sistema de Seguimiento y Transparencia a la Información Legislativa (SISTIL), en el que pide textualmente los siguiente:
"...Quiero un informe de los dictámenes, definitivos y aprobados, para que los gobiernos de Zacatecas, Jerez, Guadalupe, Fresnillo, Río Grande, Tlaltenango, Sombrerete y Ojocaliente recuperaran dinero de las responsabilidades resarcitorias impuestas a exalcaldes y exservidores públicos por anomalías. El reporte debe ser de las notificaciones que han recibido estos ayuntamientos en el periodo de septiembre del 2010 a la fecha. Pido saber los nombres de los exservidores públicos a quienes se les fincaron responsabilidades y, si es posible, conocer quiénes han pagado y quienes no. Cualquier detalle extra lo agradeceré."
Al respecto le comunico que después de realizar el trámite correspondiente con las Unidades Administrativas y del análisis de su Solicitud de Información, se desprende lo siguiente:
Para poder brindarle la información que requiere, le solicitamos de la manera más atenta que en términos de lo previsto por el numeral 76 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Estado de Zacatecas, que en lo conducente dice: " Si la solicitud es ambigua, errónea, imprecisa o no contiene todos los datos requeridos para localizar los documentos, la Unidad de enlace deberá hacérselo al solicitante en un plazo no mayor de tres días hábiles después de recibida la solicitud, a fin de que se aclare o complete en un plazo igual, en cuyo caso el término para entregar la información solicitada, comenzara a contar a partir del momento en que fue aclarada o completada la solicitud..."
Se sirva aclarar su petición y nos precise los ejercicios fiscales de cuenta pública de los cuales requiere dictámenes aprobados por parte de esta H. Legislatura del Estado, respecto de los municipios referidos en su escrito de cuenta.
Referente a las diligencias de notificación de los procedimientos sancionadores y el nombre de los exfuncionarios sancionados y el estado procesal que guardan, hacemos de su conocimiento que con fundamento en el artículo 77 de la citada Ley de Transparencia, deberá reorientar su solicitud de información a la Auditoría Superior del Estado, a través de la siguiente liga http://infomex.zacatecas.gob.mx/InfomexZacatecas/ , a efecto de que en términos de lo previsto por el artículo 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, le proporcione la información solicitada conforme a derecho, dado que esta Soberanía no está en posesión de la referida información.
Sin más por el momento aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
A t e n t a m e n t e.
Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública
Lic. Ana Lidia Longoria Cid
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