G B E Sin
P r e s e n t e.
En atención a su Solicitud de Información ingresada a este Poder Legislativo en fecha 12 de marzo de 2013, en el que solicita a esta Soberanía Popular, proporcione una “Copia del Reglamento de la Nueva Ley de Tránsito del Estado”, al respecto le infomamos lo siguiente:
“Que en fecha 27 de febrero del año que transcurre esta Representación Popular aprobó la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas, misma que ha sido enviada al Titular del Ejecutivo del Estado para su correspondiente promulgación y publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
Cabe resaltar, que de conformidad con lo establecido en las fracciones II y VI del artículo 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, es potestad del Gobernador, ordenar y reglamentar en lo administrativo lo necesario para la ejecución de las leyes, así como elaborar y promulgar los reglamentos a las leyes y decretos expedidos por la Legislatura."
En esa virtud, por las consideraciones señaladas con antelación, esta Asamblea de Diputados se encuentra imposibilitada a dar respuesta a la solicitud de mérito, toda vez que es facultad del Ejecutivo Estatal formularlos y aprobarlos.
Por lo anterior y con fundamento legal en el artículo 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Zacatecas; le sugerimos hacer su petición al Poder Ejectivo, al área de la Coordinación Jurídica de Gobierno del Estado.
http://infomex.zacatecas.gob.mx/InfomexZacatecas/
http://cgj.zacatecas.gob.mx/cgj/transparencia.html
Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, me despido de Usted.
A T E N T A M E N T E
Unidad de Enlace de Acceso a la Información Pública
Licenciada Ana Lidia Longoria Cid
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