INFORMACIÓN SOLICITADA
Folio de la solicitud 000381
Usuario: juanito333
Solicitante Juan Querendon
Estatus de la solicitud Terminada y publicada
Información solicitada

¿que se necesita para ser diputado?

Otros datos de utilidad
Archivo No se especificó
Forma de entrega Entrega por Internet en el SiSTIL - Sin costo
Fecha de recepción 2011-10-14 11:34:30
Fecha limite de respuesta 2011-10-28 00:00:00

  RESPUESTA
Tipo de respuesta Entrega de información en medio electrónico Poder Legislativo del Estado de Zacatecas
Respuesta

Juan Querendon

PRESENTE

En respuesta a su amable solicitud con número de folio 00381, le damos a conocer que de acuerdo al artículo 53  de la Constitución Política del Estado de Zacatecas,.  Para ser Diputado se requiere:

I. Ser ciudadano zacatecano en pleno ejercicio de sus derechos, con residencia efectiva o binacional en el Estado, por un periodo no menor a seis meses inmediato anterior al día de la elección;

II. Tener veintiún años cumplidos al día de la elección;

III. No estar en servicio activo en el Ejército Nacional ni tener en el Estado mando de fuerza regular o de policía, cuando menos noventa días antes de la elección;

IV. No ser miembro de los órganos electorales, federales o estatales, ni prestar servicios de carácter profesional en alguno de ellos, a menos que su desempeño hubiese concluido ciento ochenta días antes de la jornada electoral. Se exceptúan de tal prohibición los representantes de los partidos políticos;

V. No ser Magistrado ni Juez de primera instancia del Poder Judicial del Estado ni titular de las dependencias que menciona la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, cuando menos noventa días antes de la elección;

VI. No ser titular de unidad administrativa ni oficina recaudadora de la Secretaría de Planeación y Finanzas; Presidente Municipal, Secretario de Ayuntamiento ni Tesorero Municipal, cuando menos noventa días antes de la elección; y

VII. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe formal, material y definitivamente de su ministerio en la forma y con la anticipación que establece la Ley Reglamentaria del Artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
 

Sin más por el momento y en espera de haber dado respuesta satisfactoria a su solicitud, nos despedimos de usted. Reciba un cordial saludo

SISTIL

PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE ZACATECAS

Archivo de respuesta No se especificó
Fecha de respuesta 2011-10-17
Responsable de actualizar la información: Unidad de Enlace
Última actualización: 17 de Octubre de 2011
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