Folio de la solicitud | 000331 | Usuario: alonso |
Solicitante | jose alonso flores mercado | |
Estatus de la solicitud | Terminada | |
Información solicitada | En atención a las sanciones realizada por esa H. Legislatura referente a la imposición de pliegos resarcitorios a ex presidente municipales. (periodo 2007-2010) me podría decir: 1. Los nombres de los ex funcionarios del municipio de Juchipila, que serán sancionados. 2. el monto del resarcimiento a cada uno de ellos, 3. el término para realizar dicho resarcimiento. le agradezco de antemano su atención.
|
|
Otros datos de utilidad | imposición de pliegos resarcitorios a ex presidentes muncipales por la 60° Legislatura |
|
Archivo | No se especificó | |
Forma de entrega | Entrega por Internet en el SiSTIL - Sin costo | |
Fecha de recepción | 2010-12-03 15:48:05 | |
Fecha limite de respuesta | 2011-01-15 00:00:00 | |
Tipo de respuesta | Negativa por ser reservada o confidencial | Poder Legislativo del Estado de Zacatecas |
Respuesta | José Alfonso Flores Mercado PRESENTE En respuesta a su amable solicitud número 00331, damos a conocer a usted que la información que solicita en este momento es de carácter reservada toda vez que las cuentas públicas del municipio de Juchipila desde el 2007, al 2010, que usted solicita, no han sido leídas en dictamen en el pleno de sesiones de la Legislatura del Estado, ello de acuerdo al Artículo 31 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas que señala: “La Auditoría Superior del Estado, tendrá un plazo de cinco meses, contados a partir del día siguiente a aquel en el que la Legislatura, o en su caso, la Comisión Permanente, le remita la correspondiente Cuenta Pública, para realizar su examen y rendir a la Legislatura, por conducto de la Comisión, el Informe del Resultado de que se trate, mismo que tendrá carácter público; hasta que sea leído como dictamen en el Pleno de la Legislatura; mientras ello no suceda, la Auditoría Superior del Estado deberá guardar estricta reserva de sus actuaciones e informaciones. La misma Ley de Acceso a la Información Pública, para el Estado de Zacatecas, señala en su Artículo 19, Fracción VII que es información reservada: “Cuando se trate de información correspondiente a documentos o comunicaciones internas que sean parte de un proceso deliberativo previo a la toma de una decisión legislativa, administrativa o judicial;..” Sin más por el momento, el Poder Legislativo del Estado de Zacatecas le agradece el que haya usado el SISTIL y esperamos haber respondido satisfactoriamente a su amable solicitud. SISTIL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE ZACATECAS |
|
Archivo de respuesta | No se especificó | |
Fecha de respuesta | 2010-12-23 | |
Si se considera que la respuesta recibida limita el acceso a la información pública se puede interponer el siguiente recurso de revisión. | ||
¿Se ha interpuesto un recurso de revisión? | si | Usuario: alonso |
Motivo | Es ilógico que manifiesten que esta información es de carácter confidencial, ya que la misma incluso fue exhibida y señalada en los diarios de principal circulación en el Estado; los diarios dieron incluso a conocer los nombres de los ex- alcaldes sancionados, motivos por el cual solicito una revisón de la información proporcionada pues considero que viola prenamente mi derecho de información, ya que como ciudadano del municipio de Juchipila, Zacatecas, considero tener el derecho a saber las sanciones aplicadas, así como las personas sancionadas, que en su caso se hayan considerado culpables así como el método de revisión aplicado. |
|
Fecha | 2011-01-04 20:11:40 | |
Archivo | No se ha especificado | |
Respuesta | Se anexa archivo de requerimiento al ciudadano para continuar con el tramite del recurso de revisión |
|
Archivo de respuesta | 20110110151416.pdf | |
Fecha de respuesta | 2011-01-10 | |
|
||
Respuesta | Anexo la notificación del Recurso de Revisión | |
Archivo | ||
|
||
Respuesta | Anexo la notificacion del Recurso de revisión en el siguiente enlace, para ver el documento: www.ceaip-zac.org/infomex/legis.pdf | |
Archivo |