LEGISLACION AGRARIA REVOLUCIONARIA DEL ESTADO DE ZACATECAS:
_Ley agraria de 1917 Promulgada el 20 de noviembre de 1917 por el Gobernador Interino J. Trinidad Luna Enriquez.
-Ley agraria de 1919 Promulga el dia 16 de septiembre de 1919 por el Gobernador Gral Enrique Estrada Reynoso.
-Ley de Fraccionamiento Agrario de 1928 Promulgada el 9 de mayo de 1928 por el Gobernador Felix Bañuelos.
-Ley Reglamentaria de los párrafos II y V de la fracción VII, del Artículo 27 de la Constitucion General de la Republica del año de 1929; expedida el 31 de agosto de 1929 por el Gobernador interino J. Jesus Delgado.
-Ley Agraria de 1935 Promulgada mediante el decreto número 199, publicado en el periódico oficial de número 35 correspondiente al 1 de mayo de 1935, por el Gobernador Cuauhtémoc Esparza.
-Ley Reglamentaria de la fracción XVII del artículo 27 constitucional de 1936, promulgada por el diputado y Gobernador interino Ignacio Caloca, mediante decreto número 168, publicada en el periódico oficial número 101, de fecha 16 de diciembre de 1936.
-Ley Reglamentaria de la fracción XVII del artículo 27 constitucional, 1947, promulgada por el Gobernador Leobardo Reynoso, mediante decreto número 164 suplemento al número 33 del periódico oficial de fecha 23 de abril de 1947.
-Ley Reglamentaria de la fracción XVIIdel artículo 27 de la constitución, 1986, promulgada por el Gobernador José Guadalupe Cervantes Corona, mediante decreto número 231, periódico oficial número 10, de fecha primewro de febrero de 1986.
-Ley Reglamentaria de la fracción XVII del artículo 27 de la constitución, 1994, promulgada por el Gobernador Arturo Romo Gutierrez, mediante decreto número 95, periódico oficial número 65 de fecha 13 de agosto de 1994.
-Ley de Fraccionamientos Rurales, 1995, promulgada en el suplemento al numero 1 del periódico oficial del dia 4 de enero de 1995, mediante decreto número 125, siendo Gobernador Arturo Romo Gutierrez.
En espera de una respuesta favorable, de Ud. atentamente
MANUEL DE JESUS RODARTE MARTINEZ
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