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DECRETO # 392
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
I.- La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del municipio, y, en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
II.- La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.
RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado:
I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Juchipila, Zacatecas, del ejercicio 2009;
II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y
III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen.
De su contenido destacan los siguientes elementos:
a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2009 del Municipio de Juchipila, Zacatecas, el día 11 de marzo de 2010, que fue presentada extemporáneamente.
b).- Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 23 de julio de 2010, en oficio PL-02-01/1418/2010.
INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $46’758,727.87 (CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTISIETE PESOS 87/100 M.N.), que se integran por el 70.97% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública, 19.49% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 9.54% de Otros Programas; con un alcance de revisión de 93.50%.
EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $54’489,636.45 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS 45/100 M.N.), de los que se destinó el 65.13% para el concepto de Gasto Corriente y Deuda Pública, 5.89% para Obra Pública, 17.13% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 11.85% para Otros Programas; con alcance de revisión de 48.13%.
RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio obtuvo como resultado del ejercicio fiscal 2009, un Déficit, por el orden de $7’730,908.58 (SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL NOVECIENTOS OCHO PESOS 58/100 M.N.). El cual se explica por la existencia en Caja y Bancos al inicio del ejercicio y los pasivos contratados durante el mismo.
CUENTAS DE BALANCE:
BANCOS.- Se presentó un saldo en Bancos al 31 de diciembre de 2009, de $685,599.21 (SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 21/100 M.N.), integrado en 5 cuentas bancarias a nombre del Municipio.
IVA ACREDITABLE.- El Municipio de Juchipila, Zacatecas, presentó un saldo al 31 de diciembre de 2009, de $1’836,444.07 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS 07/100 M.N.), mismo que corresponde a un saldo referente a la contabilidad del Sistema Municipal de Agua Potable.
DEUDORES DIVERSOS.- El saldo de este rubro al 31 de diciembre de 2009 ascendió a la cantidad de $122,500.00 (CIENTO VEINTIDOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), representando un incremento del 100% en el estado de Posición Financiera; en el ejercicio anterior no se registró saldo en este rubro.
ACTIVO FIJO.- El saldo de Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009, fue por $14’835,720.59 (CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTE PESOS 59/100 M.N.), el cual incluye un monto de $420,587 de incorporaciones omitidas en el ejercicio 2008. Las adquisiciones realizadas en el ejercicio fueron por la cantidad de $725,929.47.
DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS).- El saldo en este rubro al 31 de diciembre de 2009 ascendió a la cantidad de $2’853,388.31 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 31/100 M.N.), de los cuales 67.33% corresponde a Deuda con Gobierno del Estado, 9.37% Proveedores, 12.53% Acreedores Diversos, 5.32% Impuestos y Retenciones por pagar y 5.45% Deuda Pública a Largo Plazo.
PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto autorizado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $4’500,000.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), habiéndose ejercido el 67.65% del importe presupuestado. Se programaron 10 obras, las cuales se terminaron, por lo que se observó cumplimiento en su ejecución más no en su programación.
PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33.
El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III-, fue por $4’619,241.00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), distribuido de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones, 3.00% para Gastos Indirectos y 2.00% para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre fue ejercido el 96.10% de los recursos, mismos que fueron revisados documentalmente en su totalidad.
Adicionalmente a lo anterior, fue ministrado y ejercido un importe de $5,569.00 (CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior.
El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -Fondo IV-, fue por el orden de $4,484,508.00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHO PESOS 00/100 M.N.), destinándose conforme a lo siguiente: 95.32% a Obligaciones Financieras, 1.26% a Seguridad Pública y 3.42% a Infraestructura Básica. Al 31 de diciembre de 2009 los recursos fueron ejercidos totalmente y revisados documentalmente.
Adicionalmente a lo anterior, fue ministrado un importe de $4,768.00 (CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior.
RAMO 20. PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES
Se revisaron recursos del Programa Estatal de Obras, que corresponde a la muestra seleccionada de ocho obras del Programa 3x1 para Migrantes, aprobadas en los rubros de Alcantarillado, Urbanización Municipal e Infraestructura Básica Educativa, con un monto de $3’393,000.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N.).
RAMO 23. FONDO REGIONAL (FONREGIÓN)
Se revisaron recursos correspondientes al Fondo Regional que corresponde a la muestra seleccionada de una obra aprobada en el rubro de Infraestructura Productiva Rural, con un monto de $3’525,000.00 (TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N.).
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados:
I) INDICADORES FINANCIEROS
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS
a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
III) INDICADORES DE OBRA PÚBLICA
a) Programa Municipal de Obras.
b) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
c) Programa 3x1 para Migrantes.
d) Fondo Regional. FONREGION
e) Servicios Públicos
IV) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
El Municipio de Juchipila, Zacatecas, cumplió en 72.30% la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio.
RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/544/2011 de fecha 30 de marzo de 2011, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables.
RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia,es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan:
1.- La Auditoría Superior del Estado en lo que respecta a las RECOMENDACIONES y SOLICITUDES DE INTERVENCIÓN DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL solicitará la atención de las actuales autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados.
2.- La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes la PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, por un monto de $12’524,152.33 (DOCE MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS 33/100 M.N.), resultado de la Acción a Promover AF-09/22-003, así como las derivadas de las Solicitudes de Aclaración AF-09/22-010, AF-09/22-020, AF-09/22-025, PF-09/22-004, PF-09/22-006, PF-09/22-007 y PF-09/22-014 a quienes se desempeñaron como Presidente, Síndica, Tesorero, Secretario de Gobierno, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos:
· AF-09/22-003.- Por no haber efectuado el cobro correspondiente al 10% adicional a los derechos en locales o establecimientos en que se expenden bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos, dejando de percibir ingresos por el orden de $13,802.60 (TRECE MIL OCHOCIENTOS DOS PESOS 60/10 M.N.), desatendiendo la Recomendación AF-08/22-004 realizada en el Informe de Resultados del ejercicio 2008, a quien se desempeño como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, T.A. Jaime Pilar Vicuña Haro. Lo anterior con base en lo previsto en los artículos 47 fracción de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV y 96 fracciones I y III de la Ley Orgánica del Municipio y 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.
· AF-09/22-010.- Por presentar en el mes de diciembre de 2009, nóminas de salarios, dietas y aguinaldos en las que faltan firmas de los beneficiarios, y que corresponde a un monto de $53,439.73 (CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 73/100 M.N.), cabe señalar que los recursos se erogaron vía transferencia electrónica; A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz y Jaime Pilar Vicuña Haro, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
· AF-09/22-020.- Por no exhibir a la Auditoría Superior del Estado la evidencia documental respecto de la situación jurídica que guarda el terreno adquirido con recursos propios del Municipio, mediante cheque número 7234, expedido en fecha 26 de enero de 2009, de la cuenta bancaria número 826007087 de Banorte, por un importe de $3’492,500.00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), mismo que se donó a la Universidad Politécnica, sin presentar evidencia del proceso de la enajenación de conformidad a la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios; a los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz, María Ruvalcaba Limón y Profr. Juan Héctor Luna Sandoval, quienes se desempeñaron como Presidente, Síndica y Secretario de Gobierno Municipales durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009. Todo lo anterior con fundamento en los artículos 28 fracción II, 30 y 31 del ordenamiento legal mencionado, así como 49 fracción XXVIII, 50 fracción VIII, 78 fracción V, 154 y 157 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio.
· AF-09/22-025.- Por un importe de $4’030,170.00 (CUATRO MILLONES TREINTA MIL CIENTO SETENTA 00/100 M. N.) por no presentar a la Auditoría Superior del Estado la aclaración correspondiente, así como la documentación comprobatoria que avale los adeudos que el municipio tiene con el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como el último pago realizado al mismo. Asimismo por no presentar informe documental de el estado legal que guarda el embargo efectuado por el IMSS. A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz y Jaime Pilar Vicuña Haro, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, así como el Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental - Revelación Suficiente.
· PF-09/22-004.- Por presentar de manera incompleta los expedientes unitarios de cinco obras aprobadas por un monto total de $159,790.00 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS 00/100 M.N.), con recursos del Fondo III, cabe hacer mención que estas están terminadas y operando, faltando únicamente exhibir números generadores y bitácoras de obra. El detalle de lo anterior, se cita a continuación:
A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Ing. Sergio Jacobo Vidauri y M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Obras y Servicios Públicos, y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales respectivamente, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
· PF-09/22-006.- Por no presentar la documentación comprobatoria y documentación técnica y social de las obras y/o acciones realizadas, que demuestre el destino y aplicación de los recursos provenientes del adeudo contraído con la Secretaría de Finanzas por el orden de $3’300,000.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.),según convenios de adelanto de Participaciones celebrados entre el municipio y la Dependencia en mención, en fechas 28 de octubre y 09 de diciembre de 2008. A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Jaime Pilar Vicuña Haro y M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres, quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
· PF-09/22-007.- Por no presentar documentación financiera, técnica y social que evidencie la ejecución de la obra “Construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de Sistema Lagunar en la Ciudad de Juchipila”, terminada en su totalidad, para la cual, del Fondo IV se destinaron recursos por el orden de $974,450.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), para cubrir mensualidades durante el ejercicio 2009, correspondientes a la deuda contraída con Banobras por un monto de $3’567,615.00 (TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS 00/100 M.N.), para la ejecución de la misma, presentando como documentación comprobatoria el convenio de fecha 31 de julio de 2006, a cubrirse en un plazo de hasta 51 mensualidades mediante abonos iguales y consecutivos. Cabe señalar que la Planta de Tratamiento fue ejecutada completamente por Banobras y está en funcionamiento. A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Jaime Pilar Vicuña Haro, Ing. Sergio Jacobo Vidauri y M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres, quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, respectivamente, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
· PF-09/22-014.- Por no exhibir bitácora, números generadores de trabajos realizados, reporte fotográfico final que demuestre la colocación de herrería y cancelería (puertas, ventanas, escaleras, tubulares y barandales), así como acta de entrega recepción que demuestre documentalmente la ejecución y término de la obra “Construcción de Auditorio en Escuela Secundaria Técnica número 32, Quinta Etapa”, aprobada por $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) la cual se encuentra terminada totalmente. A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Ing. Sergio Jacobo Vidauri y M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales respectivamente, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009. Adicionalmente se emitió la acción número OP-09/22-005 de Pliego de Observaciones.
3.- La Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS, por la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-22-2009-18/2010, por la cantidad de $1’026,063. 95 (UN MILLÓN VEINTISÉIS MIL SESENTA Y TRES PESOS 95/100 M.N.), a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, relativo a las siguientes acciones y presuntos responsables:
· AF-09/22-008.- Por realizar erogaciones de la cuenta bancaria número 826007087 de Banco Mercantil del Norte S.A. de C.V., con cargo al Presupuesto de Egresos, por un importe de $166,645.49 (CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 49/100 M.N.), mismas que no se justifican en virtud de que no se comprueba el destino del gasto, Presenta únicamente las solicitudes de apoyo omitiendo presentar evidencia de que fue recibida por los beneficiarios. A los ciudadanos Profr. Guillermo Quintero Muñoz y Jaime Pilar Vicuña Haro, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales respectivamente, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo, respectivamente.
· AF-09/22-011.- Por otorgar sueldos, compensaciones y/u otras prestaciones a maestros comisionados por los cargos que desempeñaron por el ejercicio 2009, superiores a los autorizadas en la Plantilla de Personal, por lo que se observa un excedente pagado por un importe de $534,307.20 (QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SIETE PESOS 20/100 M.N.). La cantidad mencionada se determinó analizando las nóminas y las deducciones vía Participaciones de cada maestro, respetando siempre el importe mayor y su percepción como docente, tal como se muestra a continuación:
A los ciudadanos Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Profr. Francisco Huerta Castro, Profr. Fernando Villalpando Haro, Profr. Juan Héctor Luna Sandoval y Jaime Pilar Vicuña Haro, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Seguridad Pública, Asesor Jurídico, Secretario de Gobierno y Tesorero Municipales respectivamente, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, en la modalidad de Responsables Directos.
· AF-09/22-017.- Por realizar un préstamo al Sistema Municipal de Agua Potable por la cantidad de $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.), de los cuales no se cuenta con ningún pagaré que avale dicho adeudo y/o Convenio que permita asegurar su exigibilidad legal, así como tampoco se presentó documentación que justifique el destino de los recursos. A los ciudadanos Profr. Guillermo Quintero Muñoz y Jaime Pilar Vicuña Haro, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales respectivamente, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo, respectivamente.
· PF-09/22-005.- Por haber ejercido Recursos Federales del Fondo III, en la obra “Construcción de Bodega para Almacenamiento” ubicada en la Cabecera Municipal, por un importe de $216,000.00 (DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL PESOS 00/100 M.N.), construida en un terrero propiedad de la Sociedad Cooperativa denominada “El Ajolote Azul, S.C. de R.L.”, integrada por 26 socios y representada legalmente por el C. J. Trinidad Mercado Lara, para uso y beneficio exclusivo de los socios. A los ciudadanos Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Jaime Pilar Vicuña Haro y M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres, quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales respectivamente, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, en la modalidad de responsables Subsidiario y Directos, respectivamente.
· OP-09/22-006.- Por conceptos de obra pagados y no ejecutados en la obra “Construcción de centro de comercialización agropecuaria Xochipillan”, ubicada en la cabecera municipal, para la cual se aprobó un monto de $3’525,000.00 (TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), del Fondo Regional (FONREGIÓN). Durante la revisión física realizada el 14 de mayo de 2010, la obra se encontró en proceso, faltando los siguientes conceptos de obra pagados y no ejecutados: 106.13 metros cuadrados de suministro e instalación de impermeabilizante en la bodega, a 2 capas con membrana; conceptos que ascienden a un importe de $9,111.26 (NUEVE MIL CIENTO ONCE PESOS 26/100 M.N.). A los ciudadanos Profr. Guillermo Quintero Muñoz, M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres e Ing. Sergio Jacobo Vidauri, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social, y Director de Obras y Servicios Públicos Municipales respectivamente, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, así como al Contratista Construcciones Civiles e Hidráulicas SOCA S.A. de C.V. (Rafael Soto Rojero), en la modalidad de responsables Subsidiario, Directos y Solidario, respectivamente.
CONSIDERANDO ÚNICO.-Las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, fueron evaluadas por esta Representación Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2009 del Municipio de Juchipila, Zacatecas.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Juchipila, Zacatecas,del ejercicio fiscal 2009.
SEGUNDO.-Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que en los términos señalados en el presente Decreto, continúe el trámite de:
1. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS,por un monto de $12’524,152.33 (DOCE MILLONES QUINIENTOS VEITICUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS 33/100 M.N.),resultado de la Acción a Promover AF-09/22-003, así como las derivadas de las Solicitudes de Aclaración AF-09/22-010, AF-09/22-020, AF-09/22-025, PF-09/22-004, PF-09/22-006, PF-09/22-007 y PF-09/22-014 a quienes se desempeñaron como Presidente, Síndica, Tesorero, Secretario de Gobierno, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos:
· AF-09/22-003.- Por no haber efectuado el cobro correspondiente al 10% adicional a los derechos en locales o establecimientos en que se expenden bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos, dejando de percibir ingresos por el orden de $13,802.60 (TRECE MIL OCHOCIENTOS DOS PESOS 60/10 M.N.), desatendiendo la Recomendación AF-08/22-004 realizada en el Informe de Resultados del ejercicio 2008, a quien se desempeño como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, T.A. Jaime Pilar Vicuña Haro. Lo anterior con base en lo previsto en los artículos 47 fracción de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, 93 fracción IV y 96 fracciones I y III de la Ley Orgánica del Municipio y 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.
· AF-09/22-010.- Por presentar en el mes de diciembre de 2009, nóminas de salarios, dietas y aguinaldos en las que faltan firmas de los beneficiarios, y que corresponde a un monto de $53,439.73 (CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 73/100 M.N.), cabe señalar que los recursos se erogaron vía transferencia electrónica; A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz y Jaime Pilar Vicuña Haro, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
· AF-09/22-020.- Por no exhibir a la Auditoría Superior del Estado la evidencia documental respecto de la situación jurídica que guarda el terreno adquirido con recursos propios del Municipio, mediante cheque número 7234, expedido en fecha 26 de enero de 2009, de la cuenta bancaria número 826007087 de Banorte, por un importe de $3’492,500.00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), mismo que se donó a la Universidad Politécnica, sin presentar evidencia del proceso de la enajenación de conformidad a la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios; a los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz, María Ruvalcaba Limón y Profr. Juan Héctor Luna Sandoval, quienes se desempeñaron como Presidente, Síndica y Secretario de Gobierno Municipales durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009. Todo lo anterior con fundamento en los artículos 28 fracción II, 30 y 31 del ordenamiento legal mencionado, así como 49 fracción XXVIII, 50 fracción VIII, 78 fracción V, 154 y 157 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio.
· AF-09/22-025.- Por un importe de $4’030,170.00 (CUATRO MILLONES TREINTA MIL CIENTO SETENTA 00/100 M. N.) por no presentar a la Auditoría Superior del Estado la aclaración correspondiente, así como la documentación comprobatoria que avale los adeudos que el municipio tiene con el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como el último pago realizado al mismo. Asimismo por no presentar informe documental de el estado legal que guarda el embargo efectuado por el IMSS. A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz y Jaime Pilar Vicuña Haro, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, así como el Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental - Revelación Suficiente.
· PF-09/22-004.- Por presentar de manera incompleta los expedientes unitarios de cinco obras aprobadas por un monto total de $159,790.00 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS 00/100 M.N.), con recursos del Fondo III, cabe hacer mención que estas están terminadas y operando, faltando únicamente exhibir números generadores y bitácoras de obra. El detalle de lo anterior, se cita a continuación:
A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Ing. Sergio Jacobo Vidauri y M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Obras y Servicios Públicos, y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales respectivamente, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
· PF-09/22-006.- Por no presentar la documentación comprobatoria y documentación técnica y social de las obras y/o acciones realizadas, que demuestre el destino y aplicación de los recursos provenientes del adeudo contraído con la Secretaría de Finanzas por el orden de $3’300,000.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.),según convenios de adelanto de Participaciones celebrados entre el municipio y la Dependencia en mención, en fechas 28 de octubre y 09 de diciembre de 2008. A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Jaime Pilar Vicuña Haro y M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres, quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
· PF-09/22-007.- Por no presentar documentación financiera, técnica y social que evidencie la ejecución de la obra “Construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de Sistema Lagunar en la Ciudad de Juchipila”, terminada en su totalidad, para la cual, del Fondo IV se destinaron recursos por el orden de $974,450.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), para cubrir mensualidades durante el ejercicio 2009, correspondientes a la deuda contraída con Banobras por un monto de $3’567,615.00 (TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS 00/100 M.N.), para la ejecución de la misma, presentando como documentación comprobatoria el convenio de fecha 31 de julio de 2006, a cubrirse en un plazo de hasta 51 mensualidades mediante abonos iguales y consecutivos. Cabe señalar que la Planta de Tratamiento fue ejecutada completamente por Banobras y está en funcionamiento. A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Jaime Pilar Vicuña Haro, Ing. Sergio Jacobo Vidauri y M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres, quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, respectivamente, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
· PF-09/22-014.- Por no exhibir bitácora, números generadores de trabajos realizados, reporte fotográfico final que demuestre la colocación de herrería y cancelería (puertas, ventanas, escaleras, tubulares y barandales), así como acta de entrega recepción que demuestre documentalmente la ejecución y término de la obra “Construcción de Auditorio en Escuela Secundaria Técnica número 32, Quinta Etapa”, aprobada por $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) la cual se encuentra terminada totalmente. A los CC. Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Ing. Sergio Jacobo Vidauri y M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Director de Obras Públicas y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales respectivamente, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009. Adicionalmente se emitió la acción número OP-09/22-005 de Pliego de Observaciones.
2. PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS, por la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-22-2009-18/2010, por la cantidad de de $1,026,063. 95 (UN MILLÓN VEINTISÉIS MIL SESENTA Y TRES PESOS 95/100 M.N.); a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, relativo a las siguientes acciones y presuntos responsables:
· AF-09/22-008.- Por realizar erogaciones de la cuenta bancaria número 826007087 de Banco Mercantil del Norte S.A. de C.V., con cargo al Presupuesto de Egresos, por un importe de $166,645.49 (CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 49/100 M.N.), mismas que no se justifican en virtud de que no se comprueba el destino del gasto, Presenta únicamente las solicitudes de apoyo omitiendo presentar evidencia de que fue recibida por los beneficiarios. A los ciudadanos Profr. Guillermo Quintero Muñoz y Jaime Pilar Vicuña Haro, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales respectivamente, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo respectivamente.
· AF-09/22-011.- Por otorgar sueldos, compensaciones y/u otras prestaciones a maestros comisionados por los cargos que desempeñaron por el ejercicio 2009, superiores a los autorizadas en la Plantilla de Personal, por lo que se observa un excedente pagado por un importe de $534,307.20 (QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SIETE PESOS 20/100 M.N.). La cantidad mencionada se determinó analizando las nóminas y las deducciones vía Participaciones de cada maestro, respetando siempre el importe mayor y su percepción como docente, tal como se muestra a continuación:
A los ciudadanos Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Profr. Francisco Huerta Castro, Profr. Fernando Villalpando Haro, Profr. Juan Héctor Luna Sandoval y Jaime Pilar Vicuña Haro, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Seguridad Pública, Asesor Jurídico, Secretario de Gobierno y Tesorero Municipales respectivamente, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, en la modalidad de Responsables Directos.
· AF-09/22-017.- Por realizar un préstamo al Sistema Municipal de Agua Potable por la cantidad de $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N.), de los cuales no se cuenta con ningún pagaré que avale dicho adeudo y/o Convenio que permita asegurar su exigibilidad legal, así como tampoco se presentó documentación que justifique el destino de los recursos. A los ciudadanos Profr. Guillermo Quintero Muñoz y Jaime Pilar Vicuña Haro, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales respectivamente, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo respectivamente.
· PF-09/22-005.- Por haber ejercido Recursos Federales del Fondo III, en la obra “Construcción de Bodega para Almacenamiento” ubicada en la Cabecera Municipal, por un importe de $216,000.00 (DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL PESOS 00/100 M.N.), construida en un terrero propiedad de la Sociedad Cooperativa denominada “El Ajolote Azul, S.C. de R.L.”, integrada por 26 socios y representada legalmente por el C. J. Trinidad Mercado Lara, para uso y beneficio exclusivo de los socios. A los ciudadanos Profr. Guillermo Quintero Muñoz, Jaime Pilar Vicuña Haro y M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres, quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales respectivamente, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, en la modalidad de responsables Subsidiario y Directos respectivamente.
· OP-09/22-006.- Por conceptos de obra pagados y no ejecutados en la obra “Construcción de centro de comercialización agropecuaria Xochipillan”, ubicada en la cabecera municipal, para la cual se aprobó un monto de $3’525,000.00 (TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), del Fondo Regional (FONREGIÓN). Durante la revisión física realizada el 14 de mayo de 2010, la obra se encontró en proceso, faltando los siguientes conceptos de obra pagados y no ejecutados: 106.13 metros cuadrados de suministro e instalación de impermeabilizante en la bodega, a 2 capas con membrana; conceptos que ascienden a un importe de $9,111.26 (NUEVE MIL CIENTO ONCE PESOS 26/100 M.N.). A los ciudadanos Profr. Guillermo Quintero Muñoz, M.V.Z. Marco Antonio Mercado Torres e Ing. Sergio Jacobo Vidauri, quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social, y Director de Obras y Servicios Públicos Municipales respectivamente, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2009, así como al Contratista Construcciones Civiles e Hidráulicas SOCA S.A. de C.V. (Rafael Soto Rojero), en la modalidad de responsables Subsidiario, Directos y Solidario respectivamente.
TERCERO.-La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil doce.
PRESIDENTE
DIP. BENJAMÍN MEDRANO QUEZADA
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