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DECRETO # 385
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
RESULTANDO PRIMERO.- En sesión ordinaria del día 14 de junio de 2012, la Comisión Legislativa de Régimen Interno y Concertación Política, presentó al Pleno propuesta de terna de candidatos para elegir al titular de la Auditoría Superior del Estado, integrada por los ciudadanos RAÚL BRITO BERUMEN, JAVIER ALBERTO DÍAZ MARTÍNEZ y JOSÉ DE JESÚS VELA CORDERO, conforme al artículo 60 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.
RESULTANDO SEGUNDO.- A través del memorándum número 0902 de la misma fecha, el asunto fue turnado con sus anexos, para su análisis y dictamen a la Comisión Legislativa de Vigilancia.
RESULTANDO TERCERO.- En sesión ordinaria del día 20 de junio del 2005, la LVIII Legislatura del Estado aprobó el Decreto 111, mediante el cual fue designado el C. Jesús Limones Hernández, como Auditor Superior del Estado para ejercer el cargo por un periodo de cuatro años, a partir del 21 de junio de 2005.
En razón de que en fecha 21 de mayo de 2009, se aprobó el Decreto 305, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Zacatecas, para cumplir con el imperativo establecido en la Carta Magna del país, de situar a Zacatecas dentro de las entidades federativas, as en el nuevo sistema nacional de fiscalización, en el artículo segundo transitorio de precitado Decreto, quedó establecido que en cumplimiento a la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Auditor Superior del Estado concluirá su periodo de cuatro años para el que fue nombrado, prorrogándose por tres años más en su encargo y de esta manera completar el tiempo establecido en la reforma.
En atención a lo anterior, el encargo del Auditor Superior del Estado concluye el 21 de junio del 2012.
CONSIDERANDO PRIMERO.- Que con fundamento en el artículo 59 de la Ley de Fiscalización, es facultad de la Legislatura designar al Titular de la Entidad de Fiscalización Superior del Estado, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes y la ley determinará el procedimiento para su designación.
Por otra parte, el artículo 60, fracción III de la Ley de Fiscalización Superior de la Entidad, establece la atribución de la Comisión Legislativa de Vigilancia, de presentar al Pleno el dictamen relativo a la terna para ocupar el cargo de Auditor Superior del Estado. Asimismo, los numerales 60, 61 y 63 del referido ordenamiento legal, señalan el procedimiento para la designación, así como los requisitos que se requieren satisfacer para desempeñar tal cargo.
CONSIDERANDO SEGUNDO.- Que de la revisión y análisis de los documentos que integran los expedientes individuales de cada uno de los propuestos para ocupar el cargo de Auditor Superior, se acreditó que las personas que conforman la terna RAÚL BRITO BERUMEN, JAVIER ALBERTO DÍAZ MARTÍNEZ y JOSÉ DE JESÚS VELA CORDERO, satisfacen todos y cada uno de los requisitos previstos por el artículo 63 de la ley de la materia, y reúnen el mejor perfil curricular e idoneidad para el cargo que nos ocupa.
Por lo anteriormente expuesto, el Pleno de la Asamblea Popular, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de junio del 2012, se erigió en Colegio Electoral y mediante votación por cédula se procedió a la elección de la terna propuesta, resultando electo por el voto de las dos terceras partes de los Diputados presentes de esta Legislatura, el C. RAÚL BRITO BERUMEN, quien deberá desempeñar el cargo de Auditor Superior del Estado por un periodo de siete años de conformidad con lo dispuesto por el artículo 71 de la Constitución Política del Estado, a partir del 21 de junio de 2012, hasta el 21 de junio del 2019.
CONSIDERANDO TERCERO.- Una vez hecha la designación respectiva, se acordó hacerle saber al profesionista electo el nombramiento correspondiente a fin de que comparezca ante esta Asamblea Popular, para que, en sesión Solemne, rinda la protesta de Ley, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 65 fracción XXXII y 158 de la Constitución Política del Estado y 60 fracción V de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por el artículo 140 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de Decretarse y se
DECRETA
SE DESIGNA AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO DE ZACATECAS.
PRIMERO.- La Sexagésima Legislatura designa al licenciado en contaduría RAÚL BRITO BERUMEN, como Auditor Superior del Estado por un periodo de siete años de conformidad con lo dispuesto por el artículo 71 de la Constitución Política del Estado, a partir del 21 de junio de 2012, hasta el 21 de junio del 2019.
SEGUNDO.- Notifíquese al profesionista señalado en el artículo anterior, a efecto de que comparezca ante esta Soberanía Popular a rendir la protesta de ley.
TERCERO.- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN.
DADO en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado a los veintiún días del mes de junio del año dos mil doce.
PRESIDENTE
DIP. BENJAMÍN MEDRANO QUEZADA
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