Cuenta Pública Municipal de Concepción del Oro, Zacatecas, del ejercicio 2007 - LX Legislatura (Sep 2010 - Sep 2013)
DECRETO # 141
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
I.-La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del municipio, y, en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
II.-La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.
RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado:
I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Concepción del Oro, Zacatecas, del ejercicio 2007;
II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y
III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen.
De su contenido resaltan los siguientes elementos:
a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2007 del Municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, el día 14 de marzo de 2008, que fue presentada en tiempo y forma legales.
b).-Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 28 de julio del 2008, en oficio PL-02-05/1816/2008.
INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $31’086,806.31 (TREINTA Y UN MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SEIS PESOS 31/100 M.N.), que se integran por el 68.32% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública 31.36 % de Aportaciones Federales del Ramo y 0.32% de Otros Programas y Ramo 20; cuyo alcance de revisión fue del 88.44%.
EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $30’331,518.31 (TREINTA MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS DIECIOCHO PESOS 31/100 M.N.), de los que se destinaron el 57.68% para el concepto de Gasto Corriente y Deuda Pública, 10.22% para Obra Pública, 31.77% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 0.33% para Otros Programas y Ramo 20; con un alcance de revisión de 31.96%.
RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio obtuvo como resultado del ejercicio 2007, un Superávit, por el orden de $755,288.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), en virtud de que sus ingresos fueron mayores a sus egresos.
CUENTAS DE BALANCE:
BANCOS.- El saldo en Bancos al 31 de diciembre de 2007 fue de $847,301.33 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS UN PESOS 33/100 M.N.), integrado en 5 cuentas bancarias a nombre del Municipio.
DEUDORES DIVERSOS.- Presenta saldo en Deudores Diversos al último día del ejercicio de 2007 por $987,836.01 (NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS 01/100 M.N.), es conveniente señalar que el 91.91% corresponde a préstamos internos a Fondo III, provenientes de administraciones anteriores.
ACTIVO FIJO.- El saldo de Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2007, fue por $5’924,299.64 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 64/100 M.N.). Las adquisiciones realizadas en el ejercicio fueron por el orden de $699,419.90 (SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE PESOS 90/100 M.N.).
PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto autorizado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $2’330,000.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.), habiéndose ejercido el 71.48% del importe presupuestado. Se programaron 15 obras, las cuales fueron totalmente terminadas, por lo que se observó cumplimiento en su ejecución.
PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33.- El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III-, fue por $5’775,252.00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS 00/100), distribuido de acuerdo a la Ley de Coordinación Fiscal de la siguiente manera: 95% para Infraestructura Básica Obras y Acciones, 3% para Gastos Indirectos y 2% para Desarrollo Institucional. Al cierre del año fue ejercido el 100% del recurso, habiéndose revisado documentalmente la totalidad de los mismos.
El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -Fondo IV-, fue por el orden de $3’746,906.00 (TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SEIS PESOS 00/100), la aplicación se destinó conforme a lo siguiente: 61.91% a Obligaciones Financieras, 1.60% a Seguridad Pública, 27.68% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones y 8.81% para Adquisiciones. La aplicación de los recursos al último día del ejercicio se realizó en un 98.08%, habiéndose revisado documentalmente el 100% del monto ejercido.
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados:
I) INDICADORES FINANCIEROS
CLASIFICACIÓN
INDICADOR
RESULTADO
Administración de Efectivo
Liquidez
No cuenta con liquidez ya que el Municipio dispone de $0.46 de activo circulante para pagar cada $1.00 de sus obligaciones a corto plazo.
Administración de Pasivo
Carga de la Deuda
La carga de la deuda fue por $6’017,716.75 que representa el 19.84% del gasto total.
Solvencia
Cuenta con un nivel No Aceptable de solvencia para cumplir con sus obligaciones a largo plazo, ya que su pasivo total representa el 52.38% del total de sus activos.
Administración de Ingresos
Autonomía Financiera
Carece de autonomía financiera. Su dependencia de recursos externos es de 92.05 %.
Administración
Presupuestaria
Realización de Inversiones, Servicios y Beneficio Social
El 36.64% de los Ingresos por Participaciones y Aportaciones Federales fue destinado a obras de Infraestructura, servicios públicos y obras de beneficio social, existiendo por tanto un nivel No Aceptable de inversión en los rubros mencionados.
Índice de Tendencias de Nómina
La nómina presentó decremento del
0.27% respecto del ejercicio anterior.
Proporción de Gasto en nómina sobre Gasto de Operación
El gasto en nómina representó el 70.25% del total del gasto de operación.
Resultado Financiero
Presenta un grado No Aceptable de equilibrio financiero en la administración de sus recursos.
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS
a)Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
CONCEPTO
VALOR DEL
INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS
Nivel de Gasto; Porcentaje ejercido del monto asignado
100.0
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS.
Concentración de inversión en pavimentos
10.3
Porcentaje de viviendas que carecen del servicio de agua potable
14.3
Porcentaje de viviendas que no cuentan con drenaje
8.9
Porcentaje de viviendas que no cuentan con energía eléctrica
4.3
Concentración de inversión en la Cabecera Municipal
52.9
Concentración de la población en la Cabecera Municipal
56.1
DIFUSIÓN.-Índice de difusión de obras y acciones a realizar, incluyendo costo, ubicación, metas y beneficiarios.
100.0
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
CONCEPTO
VALOR DEL
INDICADOR %
ORIENTACIÓN DE LOS RECURSOS (a la fecha de revisión)
Gasto en Obligaciones Financieras
61.9
Gasto en Seguridad Pública
1.6
Gasto en Obra Pública
2.8
Gasto en Otros Rubros
33.7
Nivel de Gasto ejercido
100.0
c) Programa Municipal de Obras.
CONCEPTO
VALOR DEL
INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS
Nivel de Gasto a la fecha de revisión
71.5
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS
Porcentaje de obras que no están terminadas y/o no operan
0.0
PARTICIPACIÓN SOCIAL
Porcentaje de obras de la muestra de auditoría con acta de entrega recepción
N/A
d) Servicios Públicos
INDICADOR
INTERPRETACIÓN
RELLENO SANITARIO
El Relleno Sanitario solo cumple el 40.90% de los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, teniendo un nivel no aceptable en este rubro.
RASTRO MUNICIPAL
El Rastro Municipal presenta un 42.3% de grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de salud e higiene bajo la Norma Oficial Mexicana, observándose que cuenta con un nivel no aceptable en esta materia.
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
El Municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, cumplió en 94.3% la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio.
RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/1184/2010 de fecha 7 de junio de 2010, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
TIPO DE ACCIÓN
DETERMINADAS EN REVISIÓN
SOLVENTADAS
DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN
SUBSISTENTES
Cantidad
Tipo
Acciones Correctivas
Pliego de Observaciones
3
0
3
Fincamiento Responsabilidad Resarcitoria
3
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control
13
0
13
O.I.C.
13
Solicitud de Aclaración
7
4
3
Fincamiento Responsabilidad Administrativa
3
Subtotal
23
4
19
19
Acciones Preventivas
Recomendación
22
8
14
Recomendación
14
Subtotal
22
8
14
14
TOTAL
45
12
33
33
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables.
RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan:
1.- La Auditoría Superior del Estado con relación a las Recomendaciones y las Solicitudes de Intervención del Órgano Interno de Control, solicitó la atención de las autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas correctivas y preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general, lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados.
2.PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CON CARÁCTER RESARCITORIO, resultado de la Acción a Promover AF-07/07-001 a los CC. Ing. J. Jesús Martínez Horta y C.P. Juan Francisco Guillén de Lara, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
·Realizar en el cobro del Impuesto Predial condonaciones no previstas en su Ley de Ingresos, por $159,091.65 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y UN PESOS 65/100 M.N.), sobre el impuesto principal durante el periodo enero a septiembre de 2007, que representa el 33.77 % del monto total recaudado por dicho concepto, contraviniendo la Ley de Ingresos del Municipio, así como el Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, que no contempla condonación alguna sobre el principal.
3. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CON CARÁCTER RESARCITORIO, derivadas de las Solicitudes de Aclaración AF-07/07-002-01 y AF-07/07-016-01 a los CC. Tec. Anastacio Maldonado Falcón y C.P. Juan Francisco Guillén de Lara, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
·AF-07/07-002-01. Por no aclarar la cantidad de $16,100.39 (DIECISÉIS MIL CIEN PESOS 39/100 M.N.), correspondiente a recaudación de Impuesto Predial Urbano reportada en el sistema de impuesto predial y no ingresada a la Tesorería Municipal ni registrada en contabilidad.
·AF-07/07-016-01. Por no exhibir la relación de personas aseguradas por el Municipio, que involucra erogaciones por la cantidad de $80,000.00 (OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), que le fueron descontadas vía participaciones.
4. FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA por la cantidad de $31,294.01 (TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 01/100 M. N.), por la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-07-2007-11/2008; a los CC. Ing. J. Jesús Martínez Horta y C.P. Juan Francisco Guillén de Lara, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
·No exhibir la documentación comprobatoria que justifique las erogaciones realizadas por adquisición de bien inmueble por un monto de $12,000.00 (DOCE MIL PESOS 00/100 M.N.), ya que según el funcionario presenta un convenio, sin embargo la evidencia exhibida es sólo un escrito, además el concepto de la observación es por la adquisición de bien inmueble, no exhibiendo escrituración o acta de sesión de Cabildo donde se apruebe el pago de dicha afectación.
·Realizar erogaciones no justificadas sin apegarse al presupuesto autorizado, lo anterior al otorgar préstamos que además no contaban con el soporte documental, por un monto de $19,294.01 (DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 01/100 M.N.), para su legal recuperación.
5. FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA, por la cantidad de $29,192.00 (VEINTINUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), por la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-07-2007-12/2008 y de la Acción a Promover AF-07/07-017-01, a los CC. Tec. Anastacio Maldonado Falcón y C.P. Juan Francisco Guillén de Lara, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero durante el periodo del 15 del septiembre al 31 de diciembre de 2007.
·Por no exhibir la documentación comprobatoria que justifique las erogaciones realizadas por un monto de $22,500.00, por concepto de transporte de personas a las ciudades de Fresnillo y Zacatecas, y en virtud de que el convenio celebrado entre un prestador de servicio público y el Presidente Municipal no se encontró firmado y presenta alteraciones en el año de expedición.
·Por exhibir documentación con requisitos fiscales relativa a diversos apoyos con facturas números 2115, 2120, 2121 y 2124, de fecha 14 de diciembre de 2007, expedidas por Leonardo Hernández Martínez por un importe de $6,692.00 (SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M. N.), no obstante no incluye la firma de los beneficiarios y no exhibe documentación que justifique la aplicación del recurso, resultado de la acción a promover AF-07/07-017-01 derivada de Solicitud de Aclaración.
CONSIDERANDO ÚNICO.-Las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, fueron evaluadas por esta Asamblea Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2007 del Municipio de Concepción del Oro, Zacatecas.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Concepción del Oro, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2007.
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado para que, en los términos señalados en el Decreto, continúe el trámite de:
1. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CON CARÁCTER RESARCITORIO, resultado de la Acción a Promover AF-07/07-001, a los CC. Ing. J. Jesús Martínez Horta y C.P. Juan Francisco Guillén de Lara, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
·Realizar en el cobro del Impuesto Predial condonaciones no previstas en su Ley de Ingresos, por $159,091.65 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y UN PESOS 65/100 M.N.), sobre el impuesto principal durante el periodo enero a septiembre de 2007, que representa el 33.77 % del monto total recaudado por dicho concepto, contraviniendo la Ley de Ingresos del Municipio, así como el Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, que no contempla condonación alguna sobre el principal.
2. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CON CARÁCTER RESARCITORIO, derivadas de las Solicitudes de Aclaración AF-07/07-002-01 y AF-07/07-016-01, a los CC. Tec. Anastacio Maldonado Falcón y C.P. Juan Francisco Guillén de Lara, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
·AF-07/07-002-01. Por no aclarar la cantidad de $16,100.39 (DIECISÉIS MIL CIEN PESOS 39/100 M.N.), correspondiente a recaudación de Impuesto Predial Urbano reportada en el sistema de impuesto predial y no ingresada a la Tesorería Municipal ni registrada en contabilidad.
·AF-07/07-016-01. Por no exhibir la relación de personas aseguradas por el Municipio que involucra erogaciones por la cantidad de $80,000.00 (OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), que le fueron descontadas vía participaciones.
3. FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA, por la cantidad de $31,294.01 (TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 01/100 M. N.), por la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-07-2007-11/2008; a los CC. Ing. J. Jesús Martínez Horta y C.P. Juan Francisco Guillén de Lara, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
·No exhibir la documentación comprobatoria que justifique las erogaciones realizadas por adquisición de bien inmueble por un monto de $12,000.00 (DOCE MIL PESOS 00/100 M.N.), ya que según el funcionario presenta un convenio; sin embargo, la evidencia exhibida es sólo un escrito, además el concepto de la observación es por la adquisición de bien inmueble, no exhibiendo escrituración o acta de sesión de Cabildo donde se apruebe el pago de dicha afectación.
·Realizar erogaciones no justificadas sin apegarse al presupuesto autorizado, lo anterior al otorgar préstamos que además no contaban con el soporte documental, por un monto de $19,294.01 (DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 01/100 M.N.), para su legal recuperación.
4. FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA, por la cantidad de $29,192.00 (VEINTINUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), por la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-07-2007-12/2008 y de la Acción a Promover AF-07/07-017-01, a los CC. Tec. Anastacio Maldonado Falcón y C.P. Juan Francisco Guillén de LaraN quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero durante el periodo del 15 del septiembre al 31 de diciembre de 2007.
·Por no exhibir la documentación comprobatoria que justifique las erogaciones realizadas por un monto de $22,500.00, por concepto de transporte de personas a las ciudades de Fresnillo y Zacatecas, y en virtud de que el convenio celebrado entre un prestador de servicio público y el Presidente Municipal no se encontró firmado y presenta alteraciones en el año de expedición.
·Por exhibir documentación con requisitos fiscales relativa a diversos apoyos con facturas números 2115, 2120, 2121 y 2124 de fecha 14 de diciembre de 2007, expedidas por Leonardo Hernández Martínez, por un importe de $6,692.00 (SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M. N.), no obstante no incluye la firma de los beneficiarios y no exhibe documentación que justifique la aplicación del recurso, resultado de la acción a promover AF-07/07-017-01 derivada de Solicitud de Aclaración.
TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros, propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil once.