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DECRETO # 138
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
I.- La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del municipio, y, en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
II.-La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.
RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado:
I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, del ejercicio 2007;
II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y
III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen.
De su contenido resaltan los siguientes elementos:
a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2007 del Municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, el día 13 de marzo de 2008, que fue presentada en tiempo y forma legales.
b).- Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 28 de julio de 2008, en oficio PL-02-05-1816/2008.
INGRESOS.- El Informe contiene en cumplimiento de los principios de Contabilidad Gubernamental, el proceso de auditoría a la Gestión Financiera con el concepto de Ingresos por un monto total de $18’025,236.12 (DIECIOCHO MILLONES VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS 12/100 M.N.), que se integran por 62.95% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública, además de 14.85% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 22.20% de Otros Programas y Ramo 20; con un alcance de revisión de 91.64%.
EGRESOS.- De igual manera, la fiscalización al rubro de Egresos con el Presupuesto ejercido por un monto de $18’715,608.11 (DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS OCHO PESOS 11/100 M.N.), de los que el 61.33% se destinaron a Gasto Corriente y Deuda Pública, 3.12% a Obra Pública 13.17% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 22.38% para Otros Programas y Ramo 20; con alcance de revisión de 25.90%.
RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio registró como resultado del ejercicio 2007, un Déficit, por el orden de $690,371.99 (SEISCIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN PESOS 99/100 M.N.), en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia al inicio del ejercicio.
CUENTAS DE BALANCE.-
CAJA.- El Municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, presentó un saldo en Caja de $15,000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100 M. N.) al 31 de diciembre de 2007, según su Estado de Posición Financiera, mismo que corresponde a la recaudación del último día del año.
BANCOS. - El Municipio presentó un saldo en Bancos al 31 de diciembre, de $552’957.91 (QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS 91/100 M.N.), en 4 cuentas bancarias.
DEUDORES DIVERSOS.- El Municipio presentó un saldo en la cuenta de Deudores Diversos al final del ejercicio, por $6,097.13 (SEIS MIL NOVENTA Y SIETE PESOS 13/100 M.N.), mismo que al ser revisados se observó que corresponde a un préstamo otorgado al Fondo III durante el ejercicio 2005.
ACTIVO FIJO.- El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al final del ejercicio fue por $4’726,413.08 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS TRECE 08/100 M.N.).
PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto autorizado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $1’063,000.00 (UN MILLÓN SESENTA Y TRES MIL PESOS 00/100 M.N.), habiéndose ejercido el 51.50% del importe presupuestado. Se programaron 13 obras, las cuales fueron terminadas, por lo que se observó cumplimiento en su ejecución.
PROGRAMAS FEDERALES RAMO GENERAL 33.- El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal –Fondo III-, asciende a $1’246,294.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), la aplicación no se llevó a cabo de acuerdo a lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y fue distribuido de la siguiente manera: 98.71% para Infraestructura Básica de obras y acciones, 0.39% para Gastos Indirectos y 0.90% para Desarrollo Institucional; al 31 de diciembre de 2007 los recursos fueron aplicados en un 97.10%.
En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -FONDO IV-, por $936,648.86 (NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS 86/100 M.N.), se destinaron conforme a lo siguiente: 88.42% a Obligaciones Financieras y el 11.58% para Adquisiciones; al 31 de diciembre de 2008 los recursos fueron aplicados en un 94.10%.
PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES.- Se revisaron documentalmente recursos por un monto de $636,876.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.), que corresponde a la muestra de cuatro obras, aprobadas en el rubro de urbanización municipal.
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.-Los indicadores de Evaluación al Desempeño Gubernamental a fin de conocer el cumplimiento de metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizan los recursos humanos financieros y materiales, tuvo los siguientes resultados:
I) INDICADORES FINANCIEROS
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS
a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal:
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios:
c) Programa Municipal de Obras.
d) Programa 3 X 1 Para Migrantes
e) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de Entidades Federativas (FAFEF)
f) Servicios Públicos
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
El Municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, cumplió en 96.90 % la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio.
RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/1071/2010 de fecha 19 de mayo de 2010, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado: [1]
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables.
RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se describen:
1. La Auditoría Superior del Estado con relación a las RECOMENDACIONES Y SOLICITUDES DE INTERVENCIÓN DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL, solicitó la atención de las autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas correctivas y preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados.
2. DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de las Acciones a Promover AF-07/14-001, AF-07/14-013, AF-07/14-018, AF-07/14-022, AF-07/14-025 y PF-07/14-002, a quienes se desempeñaron como Presidenta, Síndico, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos:
· Por no apegarse a lo que marca la Ley de Ingresos Municipal en el cobro de contribuciones y no atender la recomendación número 06-14-006; a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal y Tesorero, C.P. Ruth Ícela Mena Guzmán y Psic. José Arellano Robles respectivamente durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-001.
· Por no apegarse a lo que marca la Ley de Ingresos Municipal en el cobro de contribuciones y por autorizar condonaciones no establecidas en el marco normativo y por no atender la recomendación número 06-14-004 realizada en el ejercicio fiscal anterior por una situación similar; a quién se desempeñó como Presidenta Municipal C.P. Ruth Ícela Mena Guzmán durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-013.
· Por comprobar el gasto con documentación comprobatoria que no contiene requisitos fiscales, sí justifica su aplicación, y por no atender la recomendación número 06-14-011, realizada en el ejercicio fiscal anterior por una situación similar, a quién se desempeñó como Tesorero Municipal, Psic. José Arrellano Robles, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-018.
· Por no contar los vehículos con número económico y logotipo de la Presidencia Municipal que permitan su identificación como unidades oficiales; además, por no contar con póliza de seguro para aquellos que representen mayor riesgo para prevenir posibles contingencias y por no atender la recomendación 06-14-012 realizada durante la revisión del ejercicio fiscal 2006 por una situación similar; a quién se desempeñó como Síndico Municipal C. Marcelino Castro Castro, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-022.
· Por no iniciar los trámites de escrituración e inscripción de los bienes inmuebles propiedad del Municipio ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, desatendiendo la recomendación número 06-14-013 efectuada en ese sentido en el ejercicio fiscal anterior, a quién se desempeñó como Síndico Municipal C. Marcelino Castro Castro durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-025.
· Por haber asignado la obra del Fondo III al contratista José Carmen Arellano Correa, el cual no cuenta con la infraestructura para la ejecución de los trabajos, presumiéndose la subcontratación de los mismos, asimismo no exhiben contrato ni fianzas, además de bitácoras, estimaciones y generadores de obra por los trabajos realizados y metas alcanzadas, a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal, Tesorero Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán, José Carmen Arellano Robles y Profr. Macario García Castro, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover PF-07/14-002.
3.- DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CON CARÁCTER RESARCITORIO, resultado de las Acciones a Promover PF-07/14-001 y PF-07/14-006, a quienes se desempeñaron como Presidenta, Síndico, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007 y de la Acción a Promover AF-07/14-032, a quienes se desempeñan como Síndico y Regidora durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, y de las acciones derivadas de las Solicitudes de Aclaración AF-07/14-017-01, PF-07/14-005-01, a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos:
· Por haber autorizado recursos del Fondo III por $62,314.70 (SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS 70/100 M.N.), para ser destinados como aportación para la ejecución de la obra denominada “Construcción de red de agua potable en la Agroindustria Mezcalera del Cañón de Tlaltenango”, que benefició directamente a la empresa privada denominada "Integradora Tres Pueblos S.A de C.V.", siendo improcedente, ya que no beneficia a personas con escasos recursos, infringiendo lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal misma que establece que se destinarán los recursos para abatir el rezago social y pobreza extrema; a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal, Tesorero Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán, José Carmen Arellano Robles y Profr. Macario García Castro, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover PF-07/14-001.
· Por haber autorizado recursos por $63,720.00 (SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.), para ser destinados como aportación para la ejecución de la acción denominada “Aportación para el Programa de Desarrollo Rural”, que benefició directamente a la empresa privada denominada "Integradora Tres Pueblos S.A de C.V.", siendo improcedente, ya que no beneficia a personas con escasos recursos, infringiendo lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal misma que establece que se destinaran los recursos para abatir el rezago social y pobreza extrema; a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal, Tesorero Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán, José Carmen Arellano Robles y Profr. Macario García Castro, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a Promover PF-07/14-006.
· Por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo al conceder empleo, cargo o comisión a dos personas que tiene parentesco con miembros del H. Ayuntamiento realizando una erogación de recursos acumulados por el orden de $65,676.44 (SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 44/100 M.N.), siendo la designación del Ing. Gilberto Sandoval Robles y del C. Cresenciano Guzmán Velarde por ser este último el único médico veterinario certificado en este Municipio, según lo manifestado por el ente auditado; a quien se desempeñaron como Síndico Municipal y Regidora, C. Rafael Guzmán Velarde y C. Elvia Guzmán Ramírez respectivamente durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-032.
Derivadas de las Solicitudes de Aclaración:
· Por haber incumplido con las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos, al no pagar la dieta a regidores correspondiente al mes de agosto, así como por no aclarar la incongruencia que existe entre la fecha del depósito bancario y el registro contable, por un importe de $52,000.00 (CINCUENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.), a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal y Tesorero, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán y C. José Carmen Arellano Robles, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/014-017-01.
Por no presentar documentación comprobatoria por un importe de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), destinado a la acción “Aportación al Programa Escuela de calidad en el Jardín de Niños Luis Medina Barrón”, ni haber presentado la justificación de su aplicación, reporte fotográfico, acta de entrega-recepción, entre otros, a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal, Tesorero Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán, C. José Carmen Arellano Robles y Profr. Macario García Castro respectivamente, correspondiente a la Acción a Promover PF-07/014-005-01.
4.- DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS
La Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria por la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-14-2007-19/2008, por la cantidad de $78,000.00 (SETENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), relativo a lo siguiente:
· Por no reintegrar el importe por $78,000.00 (SETENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad que no se justifica debido a que fue otorgada indebidamente a los regidores, correspondiente al pago de dietas que con fundamento al acuerdo de cabildo de la sesión de fecha 23 de Abril del 2006 no se iban a proporcionar, por cada falta que se tuviera a las reuniones ordinarias de Cabildo, a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal, Síndico Municipal y Tesorero Municipal, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán, C. Marcelino Castro Castro y C. José Carmen Arellano Robles, respectivamente, así como a los CC. Regidoras y Regidores Mirella Guzmán Curiel, Consuelo Guzmán Valle, Guillermo Guzmán Campos, Isidro Guzmán Robles, Ricardo Guzmán Ortíz, Israel Ortíz Castro y Luis Larios Guzmán, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007.
CONSIDERANDO ÚNICO.- Las observaciones de la Auditoría Superior fueron evaluadas por esta Asamblea Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2007 del Municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros correspondientes a la Cuenta Pública del Municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2007.
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que en los términos señalados en el presente Decreto continúe de manera inmediata el trámite de las siguientes PROMOCIONES:
1.- DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de las Acciones a Promover AF-07/14-001, AF-07/14-013, AF-07/14-018, AF-07/14-022, AF-07/14-025 y PF-07/14-002, a quienes se desempeñaron como Presidenta, Síndico, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos:
· Por no apegarse a lo que marca la Ley de Ingresos Municipal en el cobro de contribuciones y no atender la recomendación número 06-14-006; a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal y Tesorero, C.P. Ruth Ícela Mena Guzmán y Psic. José Arellano Robles respectivamente durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-001.
· Por no apegarse a lo que marca la Ley de Ingresos Municipal en el cobro de contribuciones y por autorizar condonaciones no establecidas en el marco normativo; asimismo, por no atender la recomendación número 06-14-004 realizada en el ejercicio fiscal anterior por una situación similar, a quién se desempeñó como Presidenta Municipal C.P. Ruth Ícela Mena Guzmán, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-013.
· Por comprobar el gasto con documentación comprobatoria que no contiene requisitos fiscales, sí justifica su aplicación, y por no atender la recomendación número 06-14-011 realizada en el ejercicio fiscal anterior por una situación similar, a quién se desempeñó como Tesorero Municipal, Psic. José Arrellano Robles durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-018.
· Por no contar los vehículos con número económico y logotipo de la Presidencia Municipal que permitan su identificación como unidades oficiales; además, por no contar con póliza de seguro para aquellos que representen mayor riesgo para prevenir posibles contingencias, y por no atender la recomendación 06-14-012 realizada durante la revisión del ejercicio fiscal 2006 por una situación similar, a quién se desempeñó como Síndico Municipal C. Marcelino Castro Castro, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-022.
· Por no iniciar los trámites de escrituración e inscripción de los bienes inmuebles propiedad del Municipio ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, desatendiendo la recomendación número 06-14-013 efectuada en ese sentido en el ejercicio fiscal anterior, a quién se desempeñó como Síndico Municipal C. Marcelino Castro Castro, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-025.
· Por haber asignado la obra del Fondo III al contratista José Carmen Arellano Correa quien no cuenta con la infraestructura para la ejecución de los trabajos, presumiéndose la subcontratación de los mismos, asimismo no exhiben contrato ni fianzas, además de bitácoras, estimaciones y generadores de obra por los trabajos realizados y metas alcanzadas; a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal, Tesorero Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán, José Carmen Arellano Robles y Profr. Macario García Castro, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover PF-07/14-002.
2.- DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS CON CARÁCTER RESARCITORIO, resultado de las Acciones a Promover PF-07/14-001 y PF-07/14-006, a quienes se desempeñaron como Presidenta, Síndico, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007 y de la Acción a Promover AF-07/14-032, a quienes se desempeñan como Síndico y Regidor durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2007, y de las acciones derivadas de las Solicitudes de Aclaración AF-07/14-017-01, PF-07/14-005-01, a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos:
· Por haber autorizado recursos del Fondo III por $62,314.70 (SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS 70/100 M.N.), para ser destinados como aportación para la ejecución de la obra denominada “Construcción de red de agua potable en la Agroindustria Mezcalera del Cañón de Tlaltenango”, que benefició directamente a la empresa privada denominada "Integradora Tres Pueblos S.A de C.V.", siendo improcedente ya que no beneficia a personas con escasos recursos, infringiendo lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, misma que establece que se destinarán los recursos para abatir el rezago social y pobreza extrema, a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal, Tesorero Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán, José Carmen Arellano Robles y Profr. Macario García Castro, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover PF-07/14-001.
· Por haber autorizado recursos por $63,720.00 (SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.), para ser destinados como aportación para la ejecución de la acción denominada “Aportación para el Programa de Desarrollo Rural” que benefició directamente a la empresa privada denominada "Integradora Tres Pueblos S.A de C.V.", siendo improcedente ya que no beneficia a personas con escasos recursos, infringiendo lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, misma que establece que se destinarán los recursos para abatir el rezago social y pobreza extrema, a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal, Tesorero Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán, José Carmen Arellano Robles y Profr. Macario García Castro respectivamente durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a Promover PF-07/14-006.
· Por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo al conceder empleo, cargo o comisión a dos personas que tiene parentesco con miembros del H. Ayuntamiento realizando una erogación de recursos acumulados por el orden de $65,676.44 (SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 44/100 M.N.), siendo la designación del Ing. Gilberto Sandoval Robles y del C. Cresenciano Guzmán Velarde por ser este último el único médico veterinario certificado en este Municipio según lo manifestado por el ente auditado, a quien se desempeñaron como Síndico Municipal y Regidora, C. Rafael Guzmán Velarde y C. Elvia Guzmán Ramírez, respectivamente, durante el periodo del 16 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 correspondiente a la Acción a Promover AF-07/14-032.
Derivadas de las Solicitudes de Aclaración:
· Por haber incumplido con las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos, al no pagar la dieta a regidores correspondiente al mes de agosto, así como por no aclarar la incongruencia que existe entre la fecha del depósito bancario y el registro contable por un importe de $52,000.00 (CINCUENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.), a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal y Tesorero, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán y C. José Carmen Arellano Robles, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007, correspondiente a la Acción a Promover AF-07/014-017-01.
· Por no presentar documentación comprobatoria por un importe de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), destinado a la acción “Aportación al Programa Escuela de calidad en el Jardín de Niños Luis Medina Barrón”, ni haber presentado la justificación de su aplicación, reporte fotográfico ni acta de entrega-recepción, a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal, Tesorero Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán, C. José Carmen Arellano Robles y Profr. Macario García Castro, respectivamente, correspondiente a la Acción a Promover PF-07/014-005-01.
3.- DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS
La Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria por la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-14-2007-19/2008, por la cantidad de $78,000.00 (SETENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.) relativo a lo siguiente:
· Por no reintegrar el importe por $78,000.00 (SETENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad que no se justifica debido a que fue otorgada indebidamente a los regidores, correspondiente al pago de dietas que con fundamento al acuerdo de cabildo de la sesión de fecha 23 de Abril del 2006, no se iban a proporcionar por cada falta que se tuviera a las reuniones ordinarias de Cabildo, a quienes se desempeñaron como Presidenta Municipal, Síndico Municipal y Tesorero Municipal, C.P. Ruth Icela Mena Guzmán, C. Marcelino Castro Castro y C. José Carmen Arellano Robles, respectivamente, así como a los CC. Regidoras y Regidores Mirella Guzmán Curiel, Consuelo Guzmán Valle, Guillermo Guzmán Campos, Isidro Guzmán Robles, Ricardo Guzmán Ortíz, Israel Ortíz Castro y Luis Larios Guzmán, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2007.
TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los quince días del mes de marzo del año dos mil once.
PRESIDENTE
DIP. JORGE LUIS GARCÍA VERA
[1] NOTA: En base a la resolución de la sentencia emitida por el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación de fecha 23 de septiembre del año 2009, se elimino una de las acciones del cuadro anterior por lo cual no coincidirá con el número de acciones
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