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DECRETO # 27
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
I.- La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del Municipio, y en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
II.-La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.
RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado:
I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Villa de Cos, Zacatecas, del ejercicio 2008;
II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y
III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen.
De su contenido resaltan los siguientes elementos:
a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2008 del Municipio de Villa de Cos, Zacatecas, el día 11 de marzo 2009, que fue presentada en tiempo y forma.
b).- Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que la Entidad de Fiscalización Superior hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 27 de julio de 2009, en oficio PL-02-05/1848/2009.
INGRESOS.- El Municipio obtuvo ingresos en el ejercicio por un monto total de $120’472,565.84 (CIENTO VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS 84/100 M.N.), los cuales se encuentran conformados por 45.29% de Ingresos Propios y Participaciones, 25.47% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 29.24% de Otros Programas y Ramo 20; cuyo alcance de revisión fue del 75.80%.
EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $117’053,618.09 (CIENTO DIECISIETE MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO PESOS 09/100 M.N.), los cuales se encuentran conformados por: 39.25% de Gasto Corriente y Deuda Pública, 5.57% de Obra Pública, 25.73% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 29.45% de Otros Programas y Ramo 20; con un alcance de revisión del 51.59%.
RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio obtuvo como resultado del ejercicio 2008, un Superávit, por el orden de $3’418,947.75 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 75/100 M.N.), en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos.
CUENTAS DE BALANCE:
BANCOS.- Se presentó un saldo de $5’982,371.79 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN PESOS 79/100 M.N.), integrado en 11 cuentas bancarias.
DEUDORES DIVERSOS.- Se presentó saldo en Deudores Diversos en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2008 por $2’514,267.43 (DOS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 43/100 M.N.) mismo que representa un incremento del 221.53% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior.
ACTIVO FIJO.- El saldo de Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2008 fue por $25’427,981.25 (VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN PESOS 25/100 M.N.), las adquisiciones realizadas en el ejercicio fueron por la cantidad de $6´976, 249.51.
DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS).- El saldo presentado en el Estado de Posición Financiera en este rubro al 31 de Diciembre de 2008 fue por $10´545,285.12 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 12/100 M.N.), observándose disminución del 37.28%, respecto del ejercicio anterior.
PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto presupuestado del Programa Municipal de Obras fue de $6’541,000.00 (SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N.), al mes de diciembre del 2008 se ejerció el 99.72%. Así mismo según informe del mes de diciembre presentado por el Municipio, las 16 obras programadas se encuentran terminadas por lo que se observó cumplimiento en su ejecución.
PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33.- El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2008 fue por el orden de $19´184,281.00 (DIECINUEVE MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), los cuales fueron distribuidos de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones, 3.00% para Gastos Indirectos y el 2.00% restante para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre los recursos fueron ejercidos en 92.84%.
En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $11’403,026.00 (ONCE MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL VEINTISÉIS PESOS 00/100 M.N.), la aplicación se destinó conforme a lo siguiente: a Obligaciones Financieras el 52.61%, a Seguridad Pública el 5.34%, a Infraestructura Básica de Obras el 15.60%, a Infraestructura Básica de Acciones el 19.84% y el 6.61% restante para Adquisiciones. El ejercicio de los recursos se realizó en un 99.41% al 31 de diciembre del 2008, revisándose documentalmente el 100% de lo ejercido.
RAMO 20.- Se revisaron recursos del Programa 3X1 para Migrantes por un monto de $1’716,713.77 (UN MILLÓN SETECIENTOS DIECISÉIS MIL SETECIENTOS TRECE PESOS 77/100 M.N.), correspondientes a la muestra de tres obras, mismas que fueron aprobadas en el rubro Infraestructura Básica Educativa.
RAMO 23.- Se revisaron recursos del Programa FONREGION por un monto de $7´550,000.00 (SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) correspondientes a la muestra de cinco obras, las cuales fueron aprobadas en Infraestructura Básica de Obras.
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados:
I) INDICADORES FINANCIEROS:
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS:
a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
[1]El Municipio no presentó la información a la fecha de revisión, por lo tanto se incluye el gasto ejercido al cierre del ejercicio
[2] El Municipio no presentó la información.
[3] El Municipio no presentó la información a la fecha de revisión, por lo tanto se incluyen los porcentajes asignados y el nivel de gasto ejercido al cierre del ejercicio.
c) Programa Municipal de Obras.
d) Servicios Públicos
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO:
El Municipio de Villa de Cos, Zacatecas, cumplió en 85.80% la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio.
RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior del Estado presentó a la LIX Legislatura, mediante oficio PL-02-05/649/2010 de fecha 17 de marzo de 2010, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables.
RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan:
1.- La Auditoría Superior del Estado con relación a las Recomendaciones y las Solicitudes de Intervención del Órgano Interno de Control solicitó la atención de las autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas correctivas y preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados.
2.- La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes, la Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, resultado de las acciones a Promover AF-08/53-015, PF-08/53-023 y OP-08/53-007, y de las derivadas en Solicitudes de Aclaración AF-08/53-005, PF-08/53-005 y PF-08/53-017, a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos de la Administración Municipal 2007-2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
3.- La Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria, por la cantidad de $ 315,482.59 (TRESCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 59/100 M.N.), derivado de la no solventación de los Pliegos de Observaciones números AF-08/53-008, AF-08/53-011, AF-08/53-014, AF-08/53-019 y OP-08/53-002, relativos a lo siguiente:
CONSIDERANDO ÚNICO.-Las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, fueron evaluadas por esta Asamblea Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2008 del Municipio de Villa de Cos, Zacatecas.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Villa de Cos, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2008.
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado para que, en los términos señalados en el presente instrumento legislativo, continúe de forma inmediata el trámite de:
I. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, de las Acciones a Promover AF-08/53-015, PF-08/53-023 y OP-08/53-007, a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos de la Administración Municipal 2007-2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
a) Continuar realizando préstamos personales con recursos públicos; asimismo, por no llevar a cabo acciones tendientes a recuperar créditos otorgados por el Municipio y no atender la Recomendación emitida por este Órgano de Fiscalización mediante la acción AF-07/53-025 contenida en el Informe de Resultados del ejercicio 2007.
b) No realizar en la aplicación de Recursos del Ramo 23, el Proceso de Adjudicación de adquisiciones relativas a vehículos, maquinaria y equipo pesado correspondiente a las acciones denominadas: “Adquisición de contenedores con winch” y “Equipamiento (pata de cabra-buldozer-barredadora-camión para el Rastro-tolva-tractocamión)” lo anterior en incumplimiento a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. relativo a los pedidos y contratos en sus artículos 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32 y 42 en los cuales se establecen los requisitos a cubrir para la Licitación Pública, Invitación o Adjudicación Directa, así como el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008 en su anexo número 16, y la Ley Orgánica del Municipio en su artículo 159.
c) No haber realizado en aplicación de los Recursos del Ramo 23, el proceso de licitación pública y haber fraccionado la obra “Pavimentación a base de concreto asfáltico en el camino Emiliano Zapata- El Capirote” en tres tramos conforme a lo siguiente: del kilómetro 0+000 - 2+800, kilómetro 2+800 - 5+000", kilómetro 5+000 al 6+250 en Emiliano Zapata", así como “Adquisición de Mezcla Asfáltica para pavimentación de camino Emiliano Zapata-el Capirote” y “Adquisición de Mezcla Asfáltica para pavimentación de camino Emiliano Zapata-el Capirote”, incumpliendo lo previsto en el artículo 159 de la Ley Orgánica del Municipio; artículos 43 y 73 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del orden federal; así como lo relativo al Proceso de Adjudicación de las adquisiciones realizadas (mezcla asfáltica) conforme a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, relativo a los pedidos y contratos en sus artículos 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32 y 42 en los cuales se establecen los requisitos a cubrir para la Licitación Pública, Invitación o Adjudicación Directa, así como el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008 en su anexo número 16, y la Ley Orgánica del Municipio en su artículo 159.
II. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA CON CARÁCTER RESARCITORIO, de las Acciones a Promover AF-08/53-005, PF-08/53-005 y PF-08/53-017, a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos de la Administración Municipal 2007-2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
a) No haber exhibido evidencia documental que permita justificar y corroborar la aplicación de los recursos, por un importe de $75,085.95 (SETENTA Y CINO MIL OCHENTA Y CINCO PESOS 95/100 M.N.), relativos al suministro de llantas.
b) No haber exhibido la evidencia documental relativa a la entrega de material a los beneficiarios en el programa Mejoramiento de Vivienda en varias comunidades, por el orden total de $391,433.89 (TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 89/100 M.N.).
c) Haber realizado préstamos a personal encargado del Programa Microcuencas, por el orden de $60,000.00 (SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), los cuales según manifestación del Municipio, fueron considerados como parte del gasto para la elaboración de proyectos, sin embargo no se presentaron documentos suscritos por los beneficiarios mediante los cuales corroboren la recepción del recurso por pago para la elaboración de proyectos y no en calidad de préstamos.
III. PROMOCIÓN DE FINCAMIENTOS DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA, por:
a) Haber realizado erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos derivadas de la expedición de los cheques números 661 y 673 de la cuenta bancaria número 82201622, por un importe de $7,956.00 (SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.), de las cuales no se justifica ni respalda debidamente la aplicación del gasto, a los C.C. L.E. Juan Carlos Regis Adame, L.C. Claudio Vázquez López y Profr. Noé Torres Maldonado, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Tesorero Municipal y Síndico Municipal durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Subsidiarios y Directo.
b) Haber realizado erogaciones por $41,000.00 (CUARENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N.), relativos al pago de viajes a la Ciudad de México como apoyo para asistir a reunión plenaria de la Organización Civil Frente Popular de Lucha de Zacatecas, no correspondiendo por tanto a las actividades propias del Municipio, a los C.C. L.E. Juan Carlos Regis Adame, L.C. Claudio Vázquez López y Profr. Noé Torres Maldonado, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Tesorero Municipal y Síndico Municipal durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Subsidiarios y Directo.
c) Por realizar erogaciones por la cantidad de $226,666.67 (DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 67/100 M.N.), con cargo al Presupuesto de Egresos por sueldos, compensaciones y otras prestaciones superiores a las percepciones procedentes, a los C.C. L.E. Juan Carlos Regis Adame, L.C. Claudio Vázquez López, Profr. Noé Torres Maldonado, Profr. Antolín Ríos Espino, Profr. Gregorio Aguilera Reyes y Profr. Armando Hernández Rivas, quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Síndico, Secretario de Gobierno, Secretario de Educación y Cultura y Secretario de Ecología durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Subsidiarios y Directos.
d) Por inexistencia de Activos Fijos (radios portátiles) por un importe de $10,884.00 (DIEZ MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), a los C.C. L.E. Juan Carlos Regis Adame y Profr. Antolín Ríos Espino, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal y Secretario de Gobierno durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directos.
e) Por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa de Cos, por un monto de $28,975.92 (VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 92/100 M.N.), que corresponde al pago de conceptos pagados y no ejecutados en la obra "Construcción de cerco perimetral en basurero municipal en Villa de Cos” correspondientes a 164 ml de dintel, 492 ml de alambre de púas, 164 ml de malla ciclónica y pago de mano de obra de la colocación de esta última, por no presentar elementos probatorios de que los trabajos faltantes ya fueron realizados, por no exhibir acta de entrega-recepción, reporte fotográfico y demás documentación que sea necesaria como constancia de que se ha dado cumplimiento, a los C.C. L.E. Juan Carlos Regis Adame e Ing. Everardo Rodríguez Cardona, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directo.
TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros, propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil diez.
PRESIDENTE
DIP. FRANCISCO JAVIER CARRILLO RINCÓN
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