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DECRETO # 244 LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA I.- La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del Municipio, y, en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. II.- La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes. RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado: I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Teul de González Ortega, Zacatecas, del ejercicio 2009; II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen. De su contenido resaltan los siguientes elementos: a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2009 del Municipio de Teul de González Ortega, Zacatecas, el día 23 de marzo de 2010, que no fue presentada en tiempo y forma legales. b).- Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 23 de julio de 2010, en oficio PL-02-01/1418/2010. INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $32’096,073.48 (TREINTA Y DOS MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL SETENTA Y TRES PESOS 48/100 M.N.), que se integran por 75.65% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública, además de 15.18% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 9.17% de Otros Programas; con un alcance de revisión de 83.01%. EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $32’649,910.25 (TREINTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIEZ PESOS 25/100 M.N.), de los que el 41.21% se destinó a Gasto Corriente y Deuda Pública, 40.27% a Obra Pública, 15.76% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 2.76% para Otros Programas; con alcance de revisión de 27.88%. RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio registró como resultado del ejercicio 2009, un Déficit, de $553,836.77 (QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS 77/100 M.N.), en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica por la existencia en bancos al inicio del ejercicio y los pasivos contratados en el mismo. CUENTAS DE BALANCE: BANCOS.- Se presentó un saldo en Bancos al 31 de diciembre de 2009, de $2’009,827.49 (DOS MILLONES NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE PESOS 49/100 M.N.), integrado en 15 cuentas bancarias a nombre del Municipio. DEUDORES DIVERSOS.- El Municipio presentó un saldo en la cuenta de Deudores Diversos al último día del ejercicio por $415,154.04 (CUATROCIENTOS QUINCE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO PESOS 04/100 M.N.). ACTIVO FIJO.- El saldo de Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009, fue por $5’893,796.40 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 40/100 M.N.). Las adquisiciones durante el ejercicio sujeto a revisión fueron por $547,705.96. DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS).- El saldo al 31 de diciembre de 2009, en el rubro de Pasivos, ascendió a la cantidad de $3’336,087.18 (TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHENTA Y SIETE PESOS 18/100 M.N.), el cual representa un incremento del 22.33% respecto del saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, debido fundamentalmente al aumento en el sado de Proveedores. PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS.- El monto ejercido en el Programa Municipal de Obras fue de $13’097,744.98 (TRECE MILLONES NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS 98/100 M.N.), de las 15 obras programadas, 11 se terminaron, 1 en proceso y 3 no se iniciaron, observándose incumplimiento en la ejecución. PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33. El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III-, fue por $2’761,997.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), el cual fue distribuido de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica y 3.00% para Gastos Indirectos y 2.00% Desarrollo Institucional, al 31 de diciembre de 2009, los recursos fueron aplicados en un 92.60%, habiendo sido revisado documentalmente en su totalidad. Adicionalmente a lo anterior, fue ministrado y ejercido un importe de $3,330.00, derivado de rendimientos del ejercicio 2008. Adicionalmente a lo anterior, fue ministrado un importe de $2,169.00, derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio 2008. OBRAS CONVENIDAS.- Se ejercieron recursos por un monto de $11’544,217.50 (ONCE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DIECISIETE PESOS 50/100 M.N.), ejercidos dentro del Programa Municipal de Obras. EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados: I) INDICADORES FINANCIEROS
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FONDO III)
. b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
- El municipio no presentó la información respectiva a la fecha de revisión. III) INDICADORES DE OBRA PÚBLICA a) Programa Municipal de Obras.
b) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (Fondo III)
c) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal (Fondo IV)
d) Obras Convenidas.
e) Servicios Públicos
IV) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO El Municipio de Teul de González Ortega, Zacatecas, cumplió en 72.00% la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio. RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/509/2011 de fecha 22 de marzo de 2011, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables. RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan: 1. La Auditoría Superior del Estado con relación a las RECOMENDACIONES Y SOLICITUDES DE INTERVENCIÓN DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL, solicitó la atención de las actuales autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas correctivas y preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados. 2.-La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes la PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de las acciones números AF-09/48-004, AF-09/48-033, PF-09/48-017 y OP-09/48-003, así como las derivadas de Solicitudes de Aclaración AF-09/48-001, AF-09/48-016, PF-09/48-008, PF-09/48-010 y OP-09/48-009 a quienes se desempeñaron Tesorera, Directores de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos Municipales durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por: · AF-09/48-004.- A el C.P. José de Jesús Godoy Castañeda, quien se desempeñó como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no efectuar conciliación de las cifras reportadas con relación al Impuesto Predial, entre lo informado por el Departamento de Catastro y Tesorería Municipal, detectándose una diferencia de más, desatendiendo la recomendación AF-08/48-001 emitida por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados 2008. · AF-09/48-033.- A el C.P. José de Jesús Godoy Castañeda, quien se desempeñó como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por continuar realizando préstamos y no efectuar la recuperación y/o depuración de los efectuados en ejercicios anteriores, desatendiendo la recomendación AF-08/48-013 emitida por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados 2008. · PF-09/48-017.- A la L.A.E. Elena Ibarra Ramírez, quien se desempeñó como Directora de Desarrollo Económico y Social, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por destinar recursos para 2 obras improcedentes: denominadas “Construcción de una Cocina Económica en EMSAD Huitzila” por $115,875.00 (CIENTO QUINCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N), y “Construcción de una Bodega en la Escuela Preparatoria González Ortega" de la cabecera municipal, por un monto total de $137,294.00 (CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), incumpliendo en lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. · OP-09/48-003.- A los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y Arq. Víctor Hugo de Santiago Larios, quienes se desempeñaron como Tesorero y Director de Obras y Servicios Públicos Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no presentar cada mes al Cabildo los informes mensuales del Programa Municipal de Obras, así como sus modificaciones presupuestales y conciliación mensual entre Tesorería Municipal y Dirección de Obras y Servicios Públicos, desatendiendo la recomendación OP-08/48-001 emitida por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados 2008. · AF-09/48-001.- Al C.P. José de Jesús Godoy Castañeda, quien se desempeñó como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1 ° de enero al 31 de diciembre de 2009, por encontrarse diferencias de menos en la revisión de todos los ingresos del mes de enero, recaudados con relación a los depósitos realizados por un importe de $80,326.40 (OCHENTA MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL PESOS 40/100 M.N). · AF-09/48-016.- Al C.P. José de Jesús Godoy Castañeda, quien se desempeñó como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1 ° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no presentar la documentación relativa al acuerdos de cabildo, programas o invitaciones a eventos, pólizas de seguro y relaciones firmadas de las personas beneficiadas con apoyos, por un importe de $24,684.00 (VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N). · PF-09/48-008.- A la L.A.E. Elena Ibarra Ramírez, quien se desempeñó como Directora de Desarrollo Económico y Social, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no exhibir la factura original número 429 de fecha 27 de abril de 2009 por $60,000.00 (SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), expedida por el contratista C. Manuel Ricardo Reyes Rodríguez de la obra “Cocina Económica en la Escuela Ignacio Ramírez en cabecera municipal”. Cabe aclarar que la obra fue verificada físicamente sin observaciones que hacer constar. · PF-09/48-010.- A la L.A.E. Elena Ibarra Ramírez, quien se desempeñó como Directora de Desarrollo Económico y Social, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no exhibir el acta de Consejo de Desarrollo Municipal en la que conste la reprogramación y expediente unitario mismos que no se ejercieron ya que la acción “Educación para el 3X1”, no fue autorizada por la SEPLADER por $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.). · OP-09/48-009.- A los ciudadanos L.A.E. Elena Ibarra Ramírez y Arq. Víctor Hugo de Santiago Larios, Directora de Desarrollo Económico y Social, y Director de Obras Públicas respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, respectivamente, por no presentar los expedientes unitarios de las obras que el municipio convino (documentación técnico-social, convenios, estimaciones, programática, aprobación y documentación relativa al proceso de adjudicación, convenios, estimaciones y finiquito), por un importe de $12,109,756.21 (DOCE MILLONES CIENTO NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS 21/100 M.N.). 3.- La Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS, por la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-48-2009-13/2010, por la cantidad de $992,175.96 (NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y CINCO PESOS 96/100 M.N.); a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, por lo que se relacionan a continuación la observaciones no solventadas identificando a los presuntos responsables y la cantidad líquida a resarcir: · AF-09/48-013.- Por $48,500.00 (CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), por concepto de erogaciones realizadas mediante pólizas de Egresos números E00849, E00882, E00992, E01432 y C00596, que no presentan soporte documental o comprobación que justifique el gasto; al C.P. José de Jesús Godoy Castañeda quien se desempeño como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsable Directo. · AF-09/48-022.- Por $55,149.50 (CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS 50/100 M.N.), por concepto de pago de sueldo y prestaciones a la C. Laura Lizzeth Torres González, la cual no se ubicó físicamente en áreas de trabajo de la Presidencia Municipal; al C.P. José de Jesús Godoy Castañeda quien se desempeño como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de Responsable Directo. · PF-09/48-007.- Por $348,820.00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.), por concepto de el importe del cheque no. 88 del 29 de diciembre de 2009, expedido por el mismo monto para adquisición de cemento y depositado a la cuenta del Ramo 20, número 0151685694 de Bancomer S.A. a nombre del Municipio, de la cual, posteriormente se realizó transferencia a la cuenta bancaria no. 002610054980860490 del proveedor Materiales para el Desarrollo de México, S.A. de C.V. (Mariana Trinitaria), según comprobante bancario de fecha 7 de enero de 2010 por el mismo monto, sin que a la fecha de revisión 18 de junio de 2010, se hubiera recibido el cemento adquirido, en consecuencia ni la factura correspondiente. Sin embargo dicho pago fue realizado hace más de 5 meses, sin que el municipio haya realizado acciones legales para la recuperación de los recursos o del cemento adquirido; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · PF-08/18-009.- Por $26,500.00 (VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), por concepto de erogaciones con recursos del Fondo III, cuenta bancaria número 0164475569 de Bancomer S.A, realizadas mediante transferencia electrónica el 10 de junio de 2009 y mediante cheque número 67 el 05 de noviembre de 2009, correspondientes a las acciones: “Aula de usos múltiples en la escuela de educación especial José Vasconcelos de la cabecera municipal” y “Desarrollo Institucional”, sin presentar soporte documental; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · PF-09/48-013.- Por $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de la transferencia bancaria de fecha 17 de julio de 2009 realizada de la cuenta del Fondo III, número 0164475569 de Bancomer, S.A. a favor del proveedor PAVBE Construcciones, S.A. de C.V., por el mismo importe, soportada con la factura número 1164 de fecha 16 de julio de 2009, que ampara la adquisición de concreto asfáltico, mismo que debió suministrarse por la Junta Estatal de Caminos, lo cual se hizo constar en el Acta de Cabildo de fecha 29 de abril de 2009, además, de que en el domicilio fiscal señalado en la factura antes mencionada, no existe lugar de negocio, ni se cuenta con la infraestructura necesaria para suministrar el material facturado; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · PF-09/48-016.- Por $65,672.00 (SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), por concepto de erogaciones con recursos del Fondo III, cuenta bancaria número 0164475569 de Bancomer S. A, correspondientes a cuatro transferencias electrónicas de fechas 10 de junio, dos del 26 de junio y 21 de julio de 2009, así como también el cheque número 23, que fueron pagados a los proveedores “Manuel Ricardo Reyes Rodríguez, Benjamín Larios Becerra” y contratistas “Juan Jesús Barrón Ibarra, Manuel Ricardo Reyes Rodríguez y Asesores en equipos de protección industrial SIRE”, sin presentar soporte documental, desconociéndose el destino de la aplicación de los mismos; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · PF-09/48-027.- Por $2,469.27 (DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS 27/100 M.N.), por concepto de erogaciones con recursos del Fondo IV, realizada mediante cheque número 23, de fecha 08 de diciembre de 2009, dentro de la acción denominada “Seguridad Pública para Compra de Uniformes, Armas y Examen Antidoping”, sin soporte documental de la cuenta bancaria número 0164480465 de la Institución Bancomer S.A., para pago de pasivos; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · PF-09/48-028.- Por $80,350.00 (OCHENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), por concepto de erogaciones con recursos del Fondo IV, realizados mediante dos transferencias electrónicas los días 22 de junio y 10 de octubre de 2009, y el cheque número 5 de fecha 26 de junio del mismo año, correspondientes al pago de las acciones; “Recursos para el pago de pasivos y Consejo Promotor de la Vivienda”, y al proveedor “Juan Cervantes Cervantes”, de las cuales no se presentan pólizas de egresos ni documentación comprobatoria, desconociéndose el destino de aplicación de los mismos de la cuenta bancaria número 0164480465 de la Institución Bancomer S.A; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · OP-09/48-006.- Por $9,438.49 (NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS 49/100 M.N.), por conceptos pagados no ejecutados relativos a la obra “Red de drenaje de la colonia COPROVI (Consejo para la Promoción de la Vivienda) en la cabecera municipal”, misma que en revisión física realizada el 16 de junio de 2010, se encontró terminada pero en base al cálculo de material adquirido y el aplicado físicamente se detectó la falta de suministro y colocación de 50.95 metros lineales de tubo sanitario de PVC de 8 pulgadas de diámetro; a la L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quien se desempeño como Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsable Directo. · OP-09/48-007.- Por $55,276.70 (CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 70/100 M.N.), por conceptos pagados no ejecutados de la obra “Construcción de cunetas en camino de la comunidad Hacienda Nueva- Huitzila" relativos a la falta de suministro y colocación de 0.74 metros cúbicos de concreto resistencia (f’c)=200 kilogramos sobre centímetro cuadrado, 1.78 metros cúbicos de concreto resistencia (f’c)=200 kilogramos sobre centímetro cuadrado, trabajos ejecutados por administración directa por un importe de $5,276.70 (Cinco mil doscientos setenta y seis pesos 70/100 m.n.), y por la no ejecución de los conceptos incluidos en la estimación 1, pagada a Edificaciones y Construcciones Zoquite S.A. de C.V., mediante el cheque número 43, por un importe de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), por los cuales se presentó la factura 334, y que incluye: 199.27 metros cuadrados de limpia, trazo y nivelación de terreno, 31.88 metros cúbicos de relleno de material en banco, 44.68 metros cuadrados de cimbra con madera de pino, 14.20 metros cúbicos de concreto resistencia (f’c)=200 kilogramos sobre centímetro cuadrado, y 4.61 metros cúbicos de concreto en ala con escarpe de 45 grados con resistencia (f’c)=200 kilogramos sobre centímetro cuadrado; al Arq. Víctor Hugo de Santiago Larios; quien se desempeñó como Director de Obras y Servicios Públicos durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, y a Edificaciones y Construcciones Zoquite S.A. de C.V., en la modalidad de Responsables Directo y solidario respectivamente. 4.- La Auditoría Superior del Estado iniciará la PROMOCIÓN PARA EL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN FISCAL, comunicando a las autoridades del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el aspecto observado al municipio de Teul de González Ortega, Zacatecas, por lo que se refiere a diversos prestadores de servicios que presentan irregularidades fiscales en documentación por un importe de $335,385.80 (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 80/100 M.N), derivado de las acciones a promover AF-09/48-019 y PF-09/48-014 de acuerdo al siguiente detalle: · AF-09/48-019.- Por $35,385.80 (TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 80/100 M.N.), por lo que se refiere a las facturas expedidas en el ejercicio 2009 por los proveedores C. Brenda Paloma Ruiz Rivas y la C. Eustolia Carrillo Sandoval que amparan el servicio de alimentación de personal y visitantes sin expedir comprobantes con requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A. · PF-09/48-014.- Por $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), por lo que se refiere al pago realizado al proveedor PAVBE Construcciones S.A de C.V, prestador de servicios por la compra de asfalto para aplicarse en el camino Hutizila y Hacienda de Guadalupe, quien expidió la factura no. 1164 de fecha 16 de julio de 2009, la cual carece de requisitos fiscales, ya que no describe la cantidad y costo unitario de material reglamentado en el artículo 29 y 29-A. CONSIDERANDO ÚNICO.- Las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, fueron evaluadas por esta Asamblea Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2009 del Municipio de Teul de González Ortega, Zacatecas. Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se DECRETA PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Teul de González Ortega, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2009. SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que en los términos señalados en el presente Decreto, continúe el trámite de: 1. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de las acciones números AF-09/48-004, AF-09/48-033, PF-09/48-017 y OP-09/48-003, así como las derivadas de Solicitudes de Aclaración AF-09/48-001, AF-09/48-016, PF-09/48-008, PF-09/48-010 y OP-09/48-009 a quienes se desempeñaron Tesorera, Directores de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos Municipales durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por: · AF-09/48-004.- A el C.P. José de Jesús Godoy Castañeda, quien se desempeñó como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no efectuar conciliación de las cifras reportadas con relación al Impuesto Predial, entre lo informado por el Departamento de Catastro y Tesorería Municipal, detectándose una diferencia de más, desatendiendo la recomendación AF-08/48-001 emitida por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados 2008. · AF-09/48-033.- A el C.P. José de Jesús Godoy Castañeda, quien se desempeñó como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por continuar realizando préstamos y no efectuar la recuperación y/o depuración de los efectuados en ejercicios anteriores, desatendiendo la recomendación AF-08/48-013 emitida por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados 2008. · PF-09/48-017.- A la L.A.E. Elena Ibarra Ramírez, quien se desempeñó como Directora de Desarrollo Económico y Social, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por destinar recursos para 2 obras improcedentes: denominadas “Construcción de una Cocina Económica en EMSAD Huitzila” por $115,875.00 (CIENTO QUINCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N), y “Construcción de una Bodega en la Escuela Preparatoria González Ortega" de la cabecera municipal, por un monto total de $137,294.00 (CIENTO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), incumpliendo en lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. · OP-09/48-003.- A los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y Arq. Víctor Hugo de Santiago Larios, quienes se desempeñaron como Tesorero y Director de Obras y Servicios Públicos Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no presentar cada mes al Cabildo los informes mensuales del Programa Municipal de Obras, así como sus modificaciones presupuestales y conciliación mensual entre Tesorería Municipal y Dirección de Obras y Servicios Públicos, desatendiendo la recomendación OP-08/48-001 emitida por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados 2008. · AF-09/48-001.- Al C.P. José de Jesús Godoy Castañeda, quien se desempeñó como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1 ° de enero al 31 de diciembre de 2009, por encontrarse diferencias de menos en la revisión de todos los ingresos del mes de enero, recaudados con relación a los depósitos realizados por un importe de $80,326.40 (OCHENTA MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL PESOS 40/100 M.N). · AF-09/48-016.- Al C.P. José de Jesús Godoy Castañeda, quien se desempeñó como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1 ° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no presentar la documentación relativa al acuerdos de cabildo, programas o invitaciones a eventos, pólizas de seguro y relaciones firmadas de las personas beneficiadas con apoyos, por un importe de $24,684.00 (VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N). · PF-09/48-008.- A la L.A.E. Elena Ibarra Ramírez, quien se desempeñó como Directora de Desarrollo Económico y Social, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no exhibir la factura original número 429 de fecha 27 de abril de 2009 por $60,000.00 (SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), expedida por el contratista C. Manuel Ricardo Reyes Rodríguez de la obra “Cocina Económica en la Escuela Ignacio Ramírez en cabecera municipal”. Cabe aclarar que la obra fue verificada físicamente sin observaciones que hacer constar. · PF-09/48-010.- A la L.A.E. Elena Ibarra Ramírez, quien se desempeñó como Directora de Desarrollo Económico y Social, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no exhibir el acta de Consejo de Desarrollo Municipal en la que conste la reprogramación y expediente unitario mismos que no se ejercieron ya que la acción “Educación para el 3X1”, no fue autorizada por la SEPLADER por $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.). · OP-09/48-009.- A los ciudadanos L.A.E. Elena Ibarra Ramírez y Arq. Víctor Hugo de Santiago Larios, Directora de Desarrollo Económico y Social, y Director de Obras Públicas respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, respectivamente, por no presentar los expedientes unitarios de las obras que el municipio convino (documentación técnico-social, convenios, estimaciones, programática, aprobación y documentación relativa al proceso de adjudicación, convenios, estimaciones y finiquito), por un importe de $12’109,756.21 (DOCE MILLONES CIENTO NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS 21/100 M.N.). 2.- PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS, por la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-48-2009-13/2010, por la cantidad de $992,175.96 (NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y CINCO PESOS 96/100 M.N.); a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, por lo que se relacionan a continuación la observaciones no solventadas identificando a los presuntos responsables y la cantidad líquida a resarcir: · AF-09/48-013.- Por $48,500.00 (CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), por concepto de erogaciones realizadas mediante pólizas de Egresos números E00849, E00882, E00992, E01432 y C00596, que no presentan soporte documental o comprobación que justifique el gasto; al C.P. José de Jesús Godoy Castañeda quien se desempeño como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsable Directo. · AF-09/48-022.- Por $55,149.50 (CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS 50/100 M.N.), por concepto de pago de sueldo y prestaciones a la C. Laura Lizzeth Torres González, la cual no se ubicó físicamente en áreas de trabajo de la Presidencia Municipal; al C.P. José de Jesús Godoy Castañeda quien se desempeño como Tesorero Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de Responsable Directo. · PF-09/48-007.- Por $348,820.00 (TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.), por concepto de el importe del cheque no. 88 del 29 de diciembre de 2009, expedido por el mismo monto para adquisición de cemento y depositado a la cuenta del Ramo 20, número 0151685694 de Bancomer S.A. a nombre del Municipio, de la cual, posteriormente se realizó transferencia a la cuenta bancaria no. 002610054980860490 del proveedor Materiales para el Desarrollo de México, S.A. de C.V. (Mariana Trinitaria), según comprobante bancario de fecha 7 de enero de 2010 por el mismo monto, sin que a la fecha de revisión 18 de junio de 2010, se hubiera recibido el cemento adquirido, en consecuencia ni la factura correspondiente. Sin embargo dicho pago fue realizado hace más de 5 meses, sin que el municipio haya realizado acciones legales para la recuperación de los recursos o del cemento adquirido; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · PF-08/18-009.- Por $26,500.00 (VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), por concepto de erogaciones con recursos del Fondo III, cuenta bancaria número 0164475569 de Bancomer S.A, realizadas mediante transferencia electrónica el 10 de junio de 2009 y mediante cheque número 67 el 05 de noviembre de 2009, correspondientes a las acciones: “Aula de usos múltiples en la escuela de educación especial José Vasconcelos de la cabecera municipal” y “Desarrollo Institucional”, sin presentar soporte documental; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · PF-09/48-013.- Por $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de la transferencia bancaria de fecha 17 de julio de 2009 realizada de la cuenta del Fondo III, número 0164475569 de Bancomer, S.A. a favor del proveedor PAVBE Construcciones, S.A. de C.V., por el mismo importe, soportada con la factura número 1164 de fecha 16 de julio de 2009, que ampara la adquisición de concreto asfáltico, mismo que debió suministrarse por la Junta Estatal de Caminos, lo cual se hizo constar en el Acta de Cabildo de fecha 29 de abril de 2009, además, de que en el domicilio fiscal señalado en la factura antes mencionada, no existe lugar de negocio, ni se cuenta con la infraestructura necesaria para suministrar el material facturado; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · PF-09/48-016.- Por $65,672.00 (SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), por concepto de erogaciones con recursos del Fondo III, cuenta bancaria número 0164475569 de Bancomer S.A, correspondientes a cuatro transferencias electrónicas de fechas 10 de junio, dos del 26 de junio y 21 de julio de 2009, así como también el cheque número 23, que fueron pagados a los proveedores “Manuel Ricardo Reyes Rodríguez, Benjamín Larios Becerra” y contratistas “Juan Jesús Barrón Ibarra, Manuel Ricardo Reyes Rodríguez y Asesores en equipos de protección industrial SIRE”, sin presentar soporte documental, desconociéndose el destino de la aplicación de los mismos; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · PF-09/48-027.- Por $2,469.27 (DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS 27/100 M.N.), por concepto de erogaciones con recursos del Fondo IV, realizada mediante cheque número 23, de fecha 08 de diciembre de 2009, dentro de la acción denominada “Seguridad Pública para Compra de Uniformes, Armas y Examen Antidoping”, sin soporte documental de la cuenta bancaria número 0164480465 de la Institución Bancomer S.A., para pago de pasivos; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · PF-09/48-028.- Por $80,350.00 (OCHENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), por concepto de erogaciones con recursos del Fondo IV, realizados mediante dos transferencias electrónicas los días 22 de junio y 10 de octubre de 2009, y el cheque número 5 de fecha 26 de junio del mismo año, correspondientes al pago de las acciones; “Recursos para el pago de pasivos y Consejo Promotor de la Vivienda”, y al proveedor “Juan Cervantes Cervantes”, de las cuales no se presentan pólizas de egresos ni documentación comprobatoria, desconociéndose el destino de aplicación de los mismos de la cuenta bancaria número 0164480465 de la Institución Bancomer S.A; a los ciudadanos C.P. José de Jesús Godoy Castañeda y L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quienes se desempeñaron como Tesorero y Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsables Directos. · OP-09/48-006.- Por $9,438.49 (NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS 49/100 M.N.), por conceptos pagados no ejecutados relativos a la obra “Red de drenaje de la colonia COPROVI (Consejo para la Promoción de la Vivienda) en la cabecera municipal”, misma que en revisión física realizada el 16 de junio de 2010, se encontró terminada pero en base al cálculo de material adquirido y el aplicado físicamente se detectó la falta de suministro y colocación de 50.95 metros lineales de tubo sanitario de PVC de 8 pulgadas de diámetro; a la L.A.E. Elena Ibarra Ramírez quien se desempeño como Directora de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de responsable Directo. · OP-09/48-007.- Por $55,276.70 (CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 70/100 M.N.), por conceptos pagados no ejecutados de la obra “Construcción de cunetas en camino de la comunidad Hacienda Nueva- Huitzila" relativos a la falta de suministro y colocación de 0.74 metros cúbicos de concreto resistencia (f’c)=200 kilogramos sobre centímetro cuadrado, 1.78 metros cúbicos de concreto resistencia (f’c)=200 kilogramos sobre centímetro cuadrado, trabajos ejecutados por administración directa por un importe de $5,276.70 (Cinco mil doscientos setenta y seis pesos 70/100 m.n.), y por la no ejecución de los conceptos incluidos en la estimación 1, pagada a Edificaciones y Construcciones Zoquite S.A. de C.V., mediante el cheque número 43, por un importe de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), por los cuales se presentó la factura 334, y que incluye: 199.27 metros cuadrados de limpia, trazo y nivelación de terreno, 31.88 metros cúbicos de relleno de material en banco, 44.68 metros cuadrados de cimbra con madera de pino, 14.20 metros cúbicos de concreto resistencia (f’c)=200 kilogramos sobre centímetro cuadrado, y 4.61 metros cúbicos de concreto en ala con escarpe de 45 grados con resistencia (f’c)=200 kilogramos sobre centímetro cuadrado; al Arq. Víctor Hugo de Santiago Larios; quien se desempeñó como Director de Obras y Servicios Públicos durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, y a Edificaciones y Construcciones Zoquite S.A. de C.V., en la modalidad de Responsables Directo y solidario respectivamente. 3.- La Auditoría Superior del Estado iniciará la PROMOCIÓN PARA EL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN FISCAL, comunicando a las autoridades del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el aspecto observado al municipio de Teul de González Ortega, Zacatecas, por lo que se refiere a diversos prestadores de servicios que presentan irregularidades fiscales en documentación por un importe de $335,385.80 (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 80/100 M.N), derivado de las acciones a promover AF-09/48-019 y PF-09/48-014 de acuerdo al siguiente detalle: · AF-09/48-019.- Por $35,385.80 (TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 80/100 M.N.), por lo que se refiere a las facturas expedidas en el ejercicio 2009 por los proveedores C. Brenda Paloma Ruiz Rivas y la C. Eustolia Carrillo Sandoval que amparan el servicio de alimentación de personal y visitantes sin expedir comprobantes con requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A. · PF-09/48-014.- Por $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), por lo que se refiere al pago realizado al proveedor PAVBE Construcciones S.A de C.V, prestador de servicios por la compra de asfalto para aplicarse en el camino Hutizila y Hacienda de Guadalupe, quien expidió la factura no. 1164 de fecha 16 de julio de 2009, la cual carece de requisitos fiscales, ya que no describe la cantidad y costo unitario de material reglamentado en el artículo 29 y 29-A. TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros, propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública. ARTÍCULO TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil once. PRESIDENTA DIP. MA ESTHELA BELTRÁN DÍAZ
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