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DECRETO # 237 LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA I.- La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del Municipio, y, en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. II.- La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes. RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado: I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Tepetongo, Zacatecas, del ejercicio 2009; II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen. De su contenido resaltan los siguientes elementos: 1) a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2009 del Municipio de Tepetongo, Zacatecas, el día 30 de marzo de 2010, que fue presentada de manera extemporánea. b).- Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 23 de julio de 2010, en oficio PL-02-01/1418/2010. INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $30’615,320.33 (TREINTA MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS 33/100 M.N.), que se integran por 63.09% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública, 24.48% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 12.43% de Otros Programas. Con un alcance de revisión de 92.61%. EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $33,957,496.87 (TREINTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 87/100 M.N.), de los que se destinó el 47.71% para el concepto de Gasto Corriente y Deuda Pública, 16.75% para Obra Pública, 23.80% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 11.74% para Otros Programas. Con un alcance de revisión de 49.27%. RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio obtuvo como resultado del ejercicio fiscal 2009, un Déficit, por el orden de $3’342,176.54 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y SEIS PESOS 54/100 M.N.), en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia en Caja y Bancos al inicio del ejercicio, además de la contratación de pasivos. CUENTAS DE BALANCE: BANCOS.- Se presentó saldo en Bancos al 31 de diciembre de 2009, de $1’182,271.75 (UN MILLÓN CIENTO OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS 75/100 M.N.), integrado en 4 cuentas bancarias a nombre del municipio. ACTIVO FIJO.- El saldo de Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009, fue por $5’355,314.82 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS 82/100 M.N.). Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $1’147,605.06 (UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCO PESOS 06/100 M.N.), de las cuales el 10.11% se realizaron con Recursos Propios, 89.89% con Recursos Federales. DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS.- El saldo de los adeudos del Municipio de Tepetongo, Zacatecas, al 31 de diciembre de 2009, ascendió a la cantidad de $4’313,466.52 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 52/100 M.N.), del cual $2,924,930.42 corresponde a Deuda Pública a Corto Plazo y $1,388,536.10 a Impuestos y Retenciones por Pagar. PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto autorizado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $3’920,418.31 (TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO PESOS 31/100 M.N.), habiéndose ejercido el 100%. Las 8 obras programadas, se terminaron en su totalidad, por lo que se dio cumplimiento en ejecución. PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33. El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III-, fue por $4’748,571.00 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.), distribuido de la siguiente manera: 94.91% para Infraestructura Básica Obras y Acciones, 3.09% para Gastos Indirectos y 2.00% para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre fue ejercido 91.42% y revisado documentalmente el monto total ejercido. Además se recibió un monto de $5,724.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior. El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -Fondo IV-, fue por el orden de $2’736,389.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), distribuido de la siguiente manera 65.19% en Obligaciones Financieras, 4.34% en Seguridad Pública, 29.72% Infraestructura Básica de Obras y Acciones, y 0.75% en Adquisiciones. Al 31 de diciembre fue ejercido y revisado el 100% de los recursos. Es conveniente señalar que además se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $2,909.00. PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES.- El techo financiero del Programa 3X1 para Migrantes fue de $2’793,072.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.), destinado para seis obras aprobadas en las vertientes de urbanización municipal. La aplicación de los recursos se realizó en un 93.05% al 31 de diciembre de 2009 y fueron revisados documentalmente al 100% de lo ejercido. EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados: I) INDICADORES FINANCIEROS
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
c) Programa 3X1 para Migrantes
d) Programa Municipal de Obras.
e) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal-Obras
f) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios-Obras
g) Servicios Públicos
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO El Municipio de Tepetongo, Zacatecas, cumplió en 78.40% la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio. RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/509/2011 el día 22 de marzo de 2011, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables. RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan: 1.- La Auditoría Superior del Estado en lo que respecta a las RECOMENDACIONES y SOLICITUDES DE INTERVENCIÓN DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL solicitará la atención de las actuales autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados. 2.- La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes la PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS resultado de la Acción a Promover número PF-09/47-003 a quienes se desempeñaron como Presidente y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales durante el ejercicio fiscal 2009, así como las derivadas de Solicitud de Aclaración números AF-09/47-013, AF-09/47-048 y PF-09/47-006; a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Director de Desarrollo Económico y Social y a los miembros del H. Ayuntamiento, funcionarios municipales durante el ejercicio fiscal 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por: · PF-09/47-003. Autorizar a través del Consejo de Desarrollo Municipal la aplicación de recursos Federales del Fondo III para la realización de nueve obras y una acción improcedentes, ya que infringen lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, cuya inversión ascendió a $804,142.54 (OCHOCIENTOS CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PESOS 54/100 M.N.); las cuales se detallan a continuación:
Considerándose como presuntos responsables a los C.C. Cuauhtémoc de la Torre Flores y Jorge Huerta Gutiérrez, quienes se desempeñaron durante el período sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, respectivamente. · AF-09/47-013. Realizar erogaciones de cuenta bancaria de Gasto Corriente por $58,303.75 (CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TRES PESOS 75/100 M.N.), respecto de las cuales se presenta documentación comprobatoria incompleta por lo siguiente: erogación por $12,334.00 (doce mil trescientos treinta y cuatro pesos 00/100 M.N.) relativa a obsequios adquiridos para posada del personal, las facturas no describen lo adquirido y no presentan elementos probatorios de la entrega; apoyo al Deporte por $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) para la Liga de Beisbol, exhiben recibo de egresos, desconociéndose vínculo de la citada Liga con quien recibió; material deportivo adquirido por $14,872.75 (catorce mil ochocientos setenta y dos pesos 75/100 M.N.) exhiben facturas pero no elementos probatorios de a quién (es) se destinó; viáticos por $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) relativos a viajes del Presidente al extranjero, exhiben acta de Cabildo en donde se autoriza el viaje y recibo de egresos, pero no el soporte documental que compruebe su aplicación en el concepto aprobado; ayuda para pago de seguro de vida por $6,097.00 (seis mil noventa y siete pesos 00/100 M.N.), presentan recibo de egresos suscrito por Delegado Sindical sin elementos de su aplicación en dicho concepto. Considerándose como presuntos responsables a los C.C. Cuauhtémoc de la Torre Flores y Lic. Jesús Damián Flores Correa, quienes se desempeñaron durante el período sujeto a revisión como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente. · AF-09/47-048. No presentar el soporte documental o comprobación de los ingresos y egresos, en relación a la solicitud de documentación emitida por la Entidad Superior de Fiscalización el día 15 de abril de 2010, con número de oficio PL-02-07-828/2010, relativo a la realización de la Feria Regional de Tepetongo 2009. Considerándose como presuntos responsables a los C.C. Cuauhtémoc de la Torre Flores y Lic. Jesús Damián Flores Correa, quienes se desempeñaron durante el período sujeto a revisión como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente. · PF-09/47-006. Con recursos del Fondo IV se realizó la acción “Adquisición de varios artículos para eventos del 10 de Mayo” por el orden de $42,869.00 (CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), de lo cual se presenta el soporte documental con requisitos fiscales, sin embargo se observa incongruencia en cuanto a la fecha de expedición del soporte documental siendo este 27 de mayo y 22 de septiembre y la fecha del evento 10 de mayo, para el cual fueron adquiridos los artículos incluidos en el soporte de referencia, además de no presentar evidencia de la entrega de los obsequios. Considerándose como presuntos responsables a los CC. Cuauhtémoc de la Torre Flores, Lic. Jesús Damián Flores Correa y Jorge Huerta Gutiérrez, quienes se desempeñaron durante el período sujeto a revisión como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social, respectivamente. 3.- La Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA derivado de la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-47-2009-06/2010, por la cantidad de $19,408.15 (DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHO PESOS 15/100 M.N.), a quienes se desempeñaron durante el ejercicio sujeto a revisión como Presidente, Tesorero y Director de Catastro, relativo a lo siguiente: · AF-09/47-008. Por autorizar y realizar condonaciones del entero del Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles del 30% y 50% que suman la cantidad $19,408.15 (DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHO PESOS 15/100 M.N.), las cuales no están contempladas en la Ley de Ingresos del Municipio ni en ningún otro ordenamiento legal. Considerándose como presuntos responsables a los C.C. Cuauhtémoc de la Torre Flores, Lic. Jesús Damián Flores Correa y Tec. Nicolás Castañeda Cabral, quienes se desempeñaron durante el período sujeto a revisión como Presidente, Tesorero y Director de Catastro del Municipio, respectivamente. CONSIDERANDO ÚNICO.- Las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, fueron evaluadas por esta Asamblea Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2009 del Municipio de Tepetongo, Zacatecas. Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se DECRETA PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Tepetongo, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2009. SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado para que, en los términos señalados en el presente Decreto, continúe el trámite de: 1. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes la PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS resultado de la Acción a Promover número PF-09/47-003 a quienes se desempeñaron como Presidente y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales durante el ejercicio fiscal 2009, así como las derivadas de Solicitud de Aclaración números AF-09/47-013, AF-09/47-048 y PF-09/47-006; a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Director de Desarrollo Económico y Social y a los miembros del H. Ayuntamiento, funcionarios municipales durante el ejercicio fiscal 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por: · PF-09/47-003. Autorizar a través del Consejo de Desarrollo Municipal la aplicación de recursos Federales del Fondo III para la realización de nueve obras y una acción improcedentes, ya que infringen lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, cuya inversión ascendió a $804,142.54 (OCHOCIENTOS CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PESOS 54/100 M.N.); las cuales se detallan a continuación:
Considerándose como presuntos responsables a los C.C. Cuauhtémoc de la Torre Flores y Jorge Huerta Gutiérrez, quienes se desempeñaron durante el período sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, respectivamente. · AF-09/47-013. Realizar erogaciones de cuenta bancaria de Gasto Corriente por $58,303.75 (CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TRES PESOS 75/100 M.N.), respecto de las cuales se presenta documentación comprobatoria incompleta por lo siguiente: erogación por $12,334.00 (doce mil trescientos treinta y cuatro pesos 00/100 M.N.) relativa a obsequios adquiridos para posada del personal, las facturas no describen lo adquirido y no presentan elementos probatorios de la entrega; apoyo al Deporte por $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) para la Liga de Beisbol, exhiben recibo de egresos, desconociéndose vínculo de la citada Liga con quien recibió; material deportivo adquirido por $14,872.75 (catorce mil ochocientos setenta y dos pesos 75/100 M.N.) exhiben facturas pero no elementos probatorios de a quién (es) se destinó; viáticos por $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) relativos a viajes del Presidente al extranjero, exhiben acta de Cabildo en donde se autoriza el viaje y recibo de egresos, pero no el soporte documental que compruebe su aplicación en el concepto aprobado; ayuda para pago de seguro de vida por $6,097.00 (seis mil noventa y siete pesos 00/100 M.N.), presentan recibo de egresos suscrito por Delegado Sindical sin elementos de su aplicación en dicho concepto. Considerándose como presuntos responsables a los C.C. Cuauhtémoc de la Torre Flores y Lic. Jesús Damián Flores Correa, quienes se desempeñaron durante el período sujeto a revisión como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente. · AF-09/47-048. No presentar el soporte documental o comprobación de los ingresos y egresos, en relación a la solicitud de documentación emitida por esta Entidad Superior de Fiscalización el día 15 de abril de 2010, con número de oficio PL-02-07-828/2010, relativo a la realización de la Feria Regional de Tepetongo 2009. Considerándose como presuntos responsables a los C.C. Cuauhtémoc de la Torre Flores y Lic. Jesús Damián Flores Correa, quienes se desempeñaron durante el período sujeto a revisión como Presidente y Tesorero Municipal respectivamente. · PF-09/47-006. Con recursos del Fondo IV se realizó la acción “Adquisición de varios artículos para eventos del 10 de Mayo” por el orden de $42,869.00 (CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), de lo cual se presenta el soporte documental con requisitos fiscales, sin embargo se observa incongruencia en cuanto a la fecha de expedición del soporte documental siendo este 27 de mayo y 22 de septiembre y la fecha del evento 10 de mayo, para el cual fueron adquiridos los artículos incluidos en el soporte de referencia, además de no presentar evidencia de la entrega de los obsequios. Considerándose como presuntos responsables a los CC. Cuauhtémoc de la Torre Flores, Lic. Jesús Damián Flores Correa y Jorge Huerta Gutiérrez, quienes se desempeñaron durante el período sujeto a revisión como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social, respectivamente. 2. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA La Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD RESARCITORIA derivado de la no solventación del Pliego de Observaciones No. ASE-PO-47-2009-06/2010, por la cantidad de $19,408.15 (DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHO PESOS 15/100 M.N.), a quienes se desempeñaron durante el ejercicio sujeto a revisión como Presidente, Tesorero y Director de Catastro, relativo a lo siguiente: · AF-09/47-008. Por autorizar y realizar condonaciones del entero del Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles del 30% y 50% que suman la cantidad $19,408.15 (DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHO PESOS 15/100 M.N.), las cuales no están contempladas en la Ley de Ingresos del Municipio ni en ningún otro ordenamiento legal. Considerándose como presuntos responsables a los C.C. Cuauhtémoc de la Torre Flores, Lic. Jesús Damián Flores Correa y Tec. Nicolás Castañeda Cabral, quienes se desempeñaron durante el período sujeto a revisión como Presidente, Tesorero y Director de Catastro del Municipio, respectivamente. TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros, propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente cuenta pública. ARTÍCULO TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. PRESIDENTA DIP. MA ESTHELA BELTRÁN DÍAZ
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