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DECRETO # 225 LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA I.- La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del Municipio, y, en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. II.- La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes. RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado: I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, del ejercicio 2009; II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen. De su contenido resaltan los siguientes elementos: a).- La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2009 del Municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, el día 02 de marzo de 2010, que fue presentada en tiempo y forma legales. b).- Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 23 de julio de 2010, en oficio PL-02-01/1418/2010. INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $16’654,863.22 (DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS 22/100 M.N.), que se integran por 67.91% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública, además de 17.08% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 15.01% de Otros Programas; con un alcance de revisión de 79.39%. EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $16’240,039.73 (DIECISÉIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL TREINTA Y NUEVE PESOS 73/100 M.N.), de los que el 64.35% se destinó a Gasto Corriente y Deuda Pública, 5.20% a Obra Pública, 17.78% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 12.67% para Otros Programas, con alcance de revisión de 46.47%. RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio registró como resultado del ejercicio 2009, un Superávit, de $414,823.49 (CUATROCIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS PESOS 49/100 M.N.), en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos. CUENTAS DE BALANCE: BANCOS.- Se presentó un saldo en Bancos al 31 de diciembre de 2009, de $723,462.83 (SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 83/100 M.N.), integrado en 7 cuentas bancarias a nombre del municipio. DEUDORES DIVERSOS.- El Municipio presentó un saldo en la cuenta de Deudores Diversos al último día del ejercicio por $28,597.13 (VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 13/100 M.N.). ACTIVO FIJO.- El saldo de Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009, fue por $5391,635.03 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 03/100 M.N.). ´Las adquisiciones durante el ejercicio sujeto a revisión fueron por $63,653.00. DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS).- El saldo al 31 de diciembre de 2009, en el rubro de Pasivos, ascendió a la cantidad de $1’142,580.11 (UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA PESOS 11/100 M.N.), el cual representa un incremento del 3.49% respecto del saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, debido fundamentalmente al aumento de pasivos con Acreedores Diversos. PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS.- El monto autorizado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $2’120,000.00 (DOS MILLONES CIENTO VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.), habiéndose ejercido el 100%; de las 12 obras programadas fueron terminadas, observándose cumplimiento en la ejecución. PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33. El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III-, fue por $1’553,435.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), el cual fue distribuido de la siguiente manera: 78.77% para Infraestructura Básica, 2.99% para Gastos Indirectos, .40% Desarrollo Institucional y 17.84% monto sin asignar, al 31 de diciembre de 2009 los recursos fueron aplicados en un 84.09%, habiendo sido revisado documentalmente en su totalidad. Adicionalmente a lo anterior, fue ministrado y ejercido un importe de $1,873.00 (UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.), derivado de rendimientos del ejercicio 2008. En lo que respecta a recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -Fondo IV-, fueron por el orden de $1’145,573.00 (UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.), la aplicación se llevó a cabo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y se destinaron conforme a lo siguiente: 78.04% a Obligaciones Financieras, 15.56% para Infraestructura Social Básica, 0.37% para Seguridad Pública y 6.03% para Adquisiciones. Al 31 de diciembre de 2009 los recursos fueron ejercidos en un 100%, habiéndose revisado documentalmente la totalidad de los mismos. Adicionalmente a lo anterior, fue ministrado un importe de $1,218.00 (UN MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO PESOS 00/100 M.N), derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio 2008. PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES. Se ejercieron recursos por un monto de $1’989,632.00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.),ejercidos en los rubros de Urbanización Municipal e Infraestructura Básica Educativa. EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados: I) INDICADORES FINANCIEROS
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FONDO III)
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
III) INDICADORES DE OBRA PÚBLICA a) Programa Municipal de Obras.
b) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (Fondo III)
c) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal (Fondo IV)
d) Programa 3x1 Migrantes.
e) Servicios Públicos
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO El Municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, cumplió en 83.00% la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio. RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/414/2011 de fecha 11 de marzo de 2011 y recibido el 14 de marzo de 2011, Informe Complementario de Auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables. RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan: 1. La Auditoría Superior del Estado con relación a las RECOMENDACIONES Y SOLICITUDES DE INTERVENCIÓN DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL, solicitó la atención de las actuales autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas correctivas y preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados. 2. La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes la PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de las acciones números PF-09/14-008, OP-09/14-001 y OP-09/14-002, así como la derivada de la Solicitud de Aclaración AF-09/14-006 a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorera, Directores de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos Municipales durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por: · PF-09/14-008.- A los ciudadanos a los C.C. Profr. Mario Castro Guzmán e Ing. Gilberto Sandoval Robles, quienes se desempeñaron como Presidente y Director de Desarrollo Económico y Social, respectivamente, por ejercer recursos Federales del Fondo III por un monto de $97,615.00 (NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS 00/100M.N), en 2 acciones improcedentes, incumpliendo en lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Se anexa detalle de las acciones realizadas:
· OP-09/14-001.- A los ciudadanos a los C.C. Profr. Mario Castro Guzmán, Ing. Gilberto Sandoval Robles y José Luis Guzmán Guzmán quienes se desempeñaron como Presidente, Directores de Desarrollo Económico y Social y de Obras y Servicios Públicos Municipales, respectivamente, por no haber integrado los expedientes unitarios con la documentación comprobatoria técnica, de adjudicación y ejecución de las obras en el ejercicio del recurso de Infraestructura Social y Municipal, Fondo III. · OP-09/14-002.- A los ciudadanos a los C.C. Profr. Mario Castro Guzmán, Ing. Gilberto Sandoval Robles y José Luis Guzmán Guzmán quienes se desempeñaron como Presidente, Directores de Desarrollo Económico y Social y de Obras y Servicios Públicos Municipales, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por no haber integrado los expedientes unitarios con la documentación comprobatoria técnica, de adjudicación y ejecución de las obras en el ejercicio del recurso del Programa 3X1 para migrantes, Ramo 20. · AF-09/14-006.- A las C.C. Prof. Mario Castro Guzmán y Prof. José Luis Robles Guzmán quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, respectivamente, por los descuentos realizados por la Secretaría de Finanzas vía Participaciones, por concepto de aportaciones para la Asociación de Presidentes Municipales por el monto de $22,500.00 (VEINTIDÓS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), sin que haya exhibido la autorización del H. Ayuntamiento y Convenio celebrado con la Secretaría de Finanzas. 3.- La Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS, por la no solventación del Pliego de Observación número ASE-PO-14-2009-03/2010, a integrantes de la Administración Municipal del periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009, por la cantidad de $441,015.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINCE PESOS 00/100 M.N); por lo que se relacionan a continuación la observaciones no solventadas identificando a los presuntos responsables y la cantidad líquida a resarcir: · PF-09/14-014.- Por $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), relativo a la acción número FM09010 denominada, “Pago de Deuda a un Particular”, misma que corresponde a un adeudo contraído con el C. J. Jesús Raúl Valle Guzmán en fecha 24 de noviembre de 2008, por el monto antes citado, el cual fue pagado con el cheque número 42 de fecha 31 de diciembre de 2009 a nombre del mencionado acreedor por $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), soportado con recibo de egresos número 1805 del 29 de diciembre de 2009 expedido por la Tesorería Municipal por concepto de pago de préstamo, recibo simple del 29 de diciembre de 2009, copia de contrato suscrito con el acreedor de fecha 24 de noviembre de 2008 por el préstamo otorgado y copia de acta de Cabildo número 22 de fecha 21 de noviembre de 2008 en la cual se propuso y aprobó contraer un préstamo con un particular por un monto de $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), sin embargo en dicha acta no se especifica el destino de los recursos obtenidos. Al respecto mediante oficio número 4096 del 26 de mayo de 2010 emitido por el Profr. Mario Castro Guzmán, Presidente Municipal, manifiesta: "… se presenta documento que comprueba que la aplicación del préstamo fue utilizado en la adquisición de un vehículo oficial para la presidencia municipal", anexando para tal efecto copia de la factura número 15377 del 26 de noviembre de 2008 que ampara la adquisición de un vehículo marca Honda tipo Pilot modelo 2009 de 5 puertas con número de serie 5KBYF485X9B801141 por $445,000.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.). Sin embargo, con recursos del Fondo IV del ejercicio fiscal 2008, se aprobó la acción no. 08FM14007 por $445,000.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), destinada para la adquisición del vehículo anteriormente citado, según consta en copia de acta de Cabildo número 19 del 2 de septiembre del 2008, en la cual en el punto siete de Asuntos Generales inciso e), se aprueba la propuesta para la adquisición de un vehículo, sin que en la misma se mencione que para la realización de la adquisición se solicitaría un préstamo al C. J. Jesús Raúl Valle Guzmán. En relación con dicha adquisición, en fecha 26 de noviembre del 2008 se expidió el cheque número 13 por un monto de $445,000.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), a nombre del proveedor Vanguaria Automotriz, S.A. de C.V., soportado con copia de factura número 15377 antes descrita. Por lo tanto, se determina que los recursos del préstamo obtenido por $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), no fueron utilizados para la adquisición de dicho vehículo. Por lo que se refiere a los recursos del préstamo obtenido por $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), estos ingresaron a la cuenta del Fondo IV, habiéndose realizado posteriormente transferencias a cuentas de Gasto Corriente por dicho importe, sin poder identificar en que fueron aplicados; a los C.C. Profr. Mario Castro Guzmán, Profr. José Luis Robles Guzmán e Ing. Gilberto Sandoval Robles quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directos los dos últimos. · OP-09/14-003.- Por $241,015.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINCE PESOS 00/100 M.N.), por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Construcción de techado de la cancha deportiva del colegio de bachilleres en la cabecera municipal", misma que se encontró terminada en la verificación física pero en análisis de volumen y los conceptos pagados se detectaron diferencias correspondientes a la falta de colocación de 115.00 metros cuadrados de pintura en columnas y 3,900.00 kilogramos de estructura; a los C.C. Profr. Mario Castro Guzmán, Ing. Gilberto Sandoval Robles y José Luis Medina Pérez quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Director de Desarrollo Económico y Social Municipales y Contratista durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero, Directos el segundo y tercero y Solidario el último. 4.- La Auditoría Superior del Estado iniciará la PROMOCIÓN PARA EL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN FISCAL, comunicando a las autoridades del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el aspecto observado al municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, por lo que se refiere a los prestadores de servicios que presentan irregularidades fiscales en documentación por un importe de $113,300.00 (CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), derivado de la acción a promover AF-09/14-003 de acuerdo al siguiente detalle: · AF-09/14-003.- Por $113,300.00 (CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), con relación a la presunta evasión fiscal por parte de los C.C. Rogelio Solís Hernández, Francisco Pérez Saldaña, Arehely Patricia Delenne Rodríguez, Agustín Barajas García y Velia Guerrero Pérez quienes recibieron ingresos por el orden de $66,700.00 (SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 M.N.), $12,700.00 (DOCE MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 M.N.), $10,500.00 (DIEZ MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), $13,500.00 (TRECE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), y $9,900.00 (NUEVE MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.), respectivamente, de los cuales no expidieron comprobantes fiscales de acuerdo a lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. CONSIDERANDO ÚNICO.- Las observaciones de la Auditoría Superior, fueron evaluadas por esta Representación Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2009 del Municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas. Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se DECRETA PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2009. SEGUNDO.-Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que en los términos señalados en el presente Decreto, continúe el trámite de: 1. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, resultado de las acciones números PF-09/14-008, OP-09/14-001 y OP-09/14-002, así como la derivada de la Solicitud de Aclaración AF-09/14-006 a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorera, Directores de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos Municipales durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por: · PF-09/14-008.- A los ciudadanos a los C.C. Profr. Mario Castro Guzmán e Ing. Gilberto Sandoval Robles, quienes se desempeñaron como Presidente y Director de Desarrollo Económico y Social, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por ejercer recursos Federales del Fondo III por un monto de $97,615.00 (NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS 00/100M.N), en 2 acciones improcedentes, incumpliendo en lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Se anexa detalle de las acciones realizadas:
· OP-09/34-001.- A los ciudadanos a los C.C. Profr. Mario Castro Guzmán, Ing. Gilberto Sandoval Robles y José Luis Guzmán Guzmán quienes se desempeñaron como Presidente, Directores de Desarrollo Económico y Social y de Obras y Servicios Públicos Municipales, respectivamente, por no haber integrado los expedientes unitarios con la documentación comprobatoria técnica, de adjudicación y ejecución de las obras en el ejercicio del recurso de Infraestructura Social y Municipal, Fondo III. · OP-09/34-002.- A los ciudadanos a los C.C. Profr. Mario Castro Guzmán, Ing. Gilberto Sandoval Robles y José Luis Guzmán Guzmán quienes se desempeñaron como Presidente, Directores de Desarrollo Económico y Social y de Obras y Servicios Públicos Municipales, respectivamente, por no haber integrado los expedientes unitarios con la documentación comprobatoria técnica, de adjudicación y ejecución de las obras en el ejercicio del recurso del Programa 3X1 para migrantes, Ramo 20. · AF-09/14-006.- A las C.C. Prof. Mario Castro Guzmán y Prof. José Luis Robles Guzmán quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, respectivamente, por los descuentos realizados por la Secretaría de Finanzas vía Participaciones, por concepto de aportaciones para la Asociación de Presidentes Municipales por el monto de $22,500.00 (VEINTIDÓS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), sin que haya exhibido la autorización del H. Ayuntamiento y Convenio celebrado con la Secretaría de Finanzas. 2.- PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS, por la no solventación del Pliego de Observación número ASE-PO-14-2009-03/2010, a integrantes de la Administración Municipal del periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009, por la cantidad de $441,015.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINCE PESOS 00/100 M.N); por lo que se relacionan a continuación la observaciones no solventadas identificando a los presuntos responsables y la cantidad líquida a resarcir: · PF-09/14-014.- Por $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), relativo a la acción número FM09010 denominada, “Pago de Deuda a un Particular”, misma que corresponde a un adeudo contraído con el C. J. Jesús Raúl Valle Guzmán en fecha 24 de noviembre de 2008, por el monto antes citado, el cual fue pagado con el cheque número 42 de fecha 31 de diciembre de 2009 a nombre del mencionado acreedor por $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), soportado con recibo de egresos número 1805 del 29 de diciembre de 2009 expedido por la Tesorería Municipal por concepto de pago de préstamo, recibo simple del 29 de diciembre de 2009, copia de contrato suscrito con el acreedor de fecha 24 de noviembre de 2008 por el préstamo otorgado y copia de acta de Cabildo número 22 de fecha 21 de noviembre de 2008 en la cual se propuso y aprobó contraer un préstamo con un particular por un monto de $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), sin embargo en dicha acta no se especifica el destino de los recursos obtenidos. Al respecto mediante oficio número 4096 del 26 de mayo de 2010 emitido por el Profr. Mario Castro Guzmán, Presidente Municipal, manifiesta: "… se presenta documento que comprueba que la aplicación del préstamo fue utilizado en la adquisición de un vehículo oficial para la presidencia municipal", anexando para tal efecto copia de la factura número 15377 del 26 de noviembre de 2008 que ampara la adquisición de un vehículo marca Honda tipo Pilot modelo 2009 de 5 puertas con número de serie 5KBYF485X9B801141 por $445,000.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.). Sin embargo, con recursos del Fondo IV del ejercicio fiscal 2008, se aprobó la acción no. 08FM14007 por $445,000.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), destinada para la adquisición del vehículo anteriormente citado, según consta en copia de acta de Cabildo número 19 del 2 de septiembre del 2008, en la cual en el punto siete de Asuntos Generales inciso e), se aprueba la propuesta para la adquisición de un vehículo, sin que en la misma se mencione que para la realización de la adquisición se solicitaría un préstamo al C. J. Jesús Raúl Valle Guzmán. En relación con dicha adquisición, en fecha 26 de noviembre del 2008 se expidió el cheque número 13 por un monto de $445,000.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), a nombre del proveedor Vanguaria Automotriz, S.A. de C.V., soportado con copia de factura número 15377 antes descrita. Por lo tanto, se determina que los recursos del préstamo obtenido por $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), no fueron utilizados para la adquisición de dicho vehículo. Por lo que se refiere a los recursos del préstamo obtenido por $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), estos ingresaron a la cuenta del Fondo IV, habiéndose realizado posteriormente transferencias a cuentas de Gasto Corriente por dicho importe, sin poder identificar en que fueron aplicados; a los C.C. Profr. Mario Castro Guzmán, Profr. José Luis Robles Guzmán e Ing. Gilberto Sandoval Robles quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directos los dos últimos. · OP-09/14-003.- Por $241,015.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINCE PESOS 00/100 M.N.), por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Construcción de techado de la cancha deportiva del colegio de bachilleres en la cabecera municipal", misma que se encontró terminada en la verificación física pero en análisis de volumen y los conceptos pagados se detectaron diferencias correspondientes a la falta de colocación de 115.00 metros cuadrados de pintura en columnas y 3,900.00 kilogramos de estructura; a los C.C. Profr. Mario Castro Guzmán, Ing. Gilberto Sandoval Robles y José Luis Medina Pérez quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Director de Desarrollo Económico y Social Municipales y Contratista durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero, Directos el segundo y tercero y Solidario el último. 3.- La Auditoría Superior del Estado iniciará la PROMOCIÓN PARA EL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN FISCAL, comunicando a las autoridades del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el aspecto observado al municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, por lo que se refiere a los prestadores de servicios que presentan irregularidades fiscales en documentación por un importe de $113,300.00 (CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), derivado de la acción a promover AF-09/14-003 de acuerdo al siguiente detalle: · AF-09/14-003.- Por $113,300.00 (CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), con relación a la presunta evasión fiscal por parte de los C.C. Rogelio Solís Hernández, Francisco Pérez Saldaña, Arehely Patricia Delenne Rodríguez, Agustín Barajas García y Velia Guerrero Pérez quienes recibieron ingresos por el orden de $66,700.00 (SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 M.N.), $12,700.00 (DOCE MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 M.N.), $10,500.00 (DIEZ MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), $13,500.00 (TRECE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), y $9,900.00 (NUEVE MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.), respectivamente, de los cuales no expidieron comprobantes fiscales de acuerdo a lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros, propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública. ARTÍCULO TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil once. PRESIDENTA DIP. GEORGINA RAMÍREZ RIVERA
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