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PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE ZACATECAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

Nueva Ley POG 31-12-2018

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el 31 de diciembre de 2018.

TEXTO VIGENTE A PARTIR DEL DÍA UNO DE ENERO DE 2019
 
ALEJANDRO TELLO CRISTERNA, Gobernador del Estado de Zacatecas, a sus habitantes hago saber:

Que los DIPUTADOS SECRETARIOS de la Honorable Sexagésima Tercera Legislatura del Estado, se han servido dirigirme el siguiente:
 
DECRETO # 114
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA

RESULTANDOS
 
PRIMERO. En sesión del Pleno del 4 de diciembre de 2018, el C.P. Alejandro Tello Cristerna, Gobernador del Estado de Zacatecas, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 60 fracción II, 72 y 82, fracciones II y IV, y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, envía a la consideración de esta Honorable Soberanía Popular para ser sometido a su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, la iniciativa de Decreto de Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal 2019 para el Estado de Zacatecas.
 
SEGUNDO. Por acuerdo de la Presidencia de la Mesa Directiva, mediante memorándum número 0221 de fecha 04 de diciembre de 2018, la iniciativa fue turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para su análisis y la emisión del dictamen correspondiente.
 
TERCERO. El Gobernador del Estado justificó su Iniciativa, bajo la siguiente:
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
Por lo anteriormente expuesto y fundado y con apoyo además en lo dispuesto en los artículos 152 y 153 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de Decretarse y se
 
DECRETA
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE ZACATECAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019


TÍTULO PRIMERO

ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO



CAPÍTULO I

Disposiciones Generales



Artículo 1

El presente Decreto tiene como objeto regular la autorización, asignación, ejercicio, registro, evaluación, control, transparencia y rendición de cuentas del gasto público estatal para el ejercicio fiscal 2019, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, así como las disposiciones federales, tales como la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios, y las demás disposiciones estatales aplicables a la materia.



Artículo 2

La ejecución del gasto público contenido en el Presupuesto de Egresos 2019 tiene como objeto que los entes públicos, consideren como único eje rector el Plan Estatal de Desarrollo 2017- 2021, atendiendo a los compromisos, objetivos, estrategias, líneas de acción y metas contenidas en el mismo.



Artículo 3

Es responsabilidad de los Entes Públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, cumplir las disposiciones establecidas en el presente Decreto, así como determinar las normas y procedimientos administrativos tendientes a armonizar, disciplinar, transparentar, racionalizar y llevar a cabo un mejor control de gasto público estatal, en apego a la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios.



Artículo 4

La interpretación del Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el ejercicio fiscal 2019, para efectos administrativos, le corresponde a la Secretaría de Finanzas.

A falta de disposición expresa, se aplicará de manera supletoria y en lo conducente, la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios y los ordenamientos jurídicos aplicables en materia fiscal y financiera.
 
Los Entes Públicos aplicarán estas disposiciones en el ámbito de su esfera jurídica; unos y otros, deberán observar las medidas legales y principios para el ejercicio del Presupuesto de Egresos 2019.


Artículo 5

Para los efectos de este Decreto se entenderá por:

I. Adecuaciones Presupuestarias: Las modificaciones a los calendarios presupuestales, las ampliaciones y reducciones al Presupuesto de Egresos del Estado mediante movimientos compensados y las liberaciones anticipadas de recursos públicos calendarizados, realizadas por el Ejecutivo Estatal a través de la Secretaría de Finanzas, siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de los programas presupuestarios a cargo de los Ejecutores del Gasto.
 
II. ADEFAS: Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones devengadas y pendientes de liquidar al cierre del ejercicio fiscal anterior, derivadas de la contratación de bienes y servicios requeridos en el desempeño de las funciones de los entes públicos, para las cuales existió asignación presupuestal con saldo disponible al cierre del ejercicio fiscal en que se devengaron.
 
III. Ahorros Presupuestarios: Los remanentes de recursos del Presupuesto de Egresos modificado una vez que se haya cumplido las metas establecidas.
 
IV. Amortización de la Deuda y Disminución de Pasivos: Representa la cancelación mediante pago o cualquier forma por la cual se extinga la obligación principal de los pasivos contraídos por el Gobierno del Estado.
 
V. Anexos Transversales: Anexo del Presupuesto donde concurren Programas Presupuestarios, componentes de éstos y/o Unidades Responsables, cuyos recursos son destinados a obras, acciones y servicios vinculados con el desarrollo de los siguientes sectores: Igualdad entre Mujeres y Hombres; Atención de Niños, Niñas y Adolescentes; Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas; Desarrollo de los Jóvenes; Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable; Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; Atención a Grupos Vulnerables; y los Recursos para la Mitigación de los efectos del Cambio Climático;
 
VI. Asignaciones presupuestales: La ministración que, de los recursos públicos aprobados por la Legislatura del Estado mediante Presupuesto de Egresos del Estado, realiza el Ejecutivo a través de la Secretaría a los ejecutores de Gasto.
 
VII. Ayudas: Las aportaciones de recursos públicos en numerario o en especie otorgadas por el Gobierno del Estado, con base en los objetivos y metas de los programas presupuestarios.
 
VIII. Clasificación Funcional-Programática: La cual agrupa a las previsiones de gasto con base en las actividades que por disposición legal les corresponden a los ejecutores de gasto y de acuerdo con los resultados que se proponen alcanzar, en términos de funciones, programas, proyectos, actividades, indicadores, objetivos y metas. Permitirá conocer y evaluar la productividad y los resultados del gasto público en cada una de las etapas del proceso presupuestario. La clasificación Funcional se organiza en finalidad, función y subfunción, y la clasificación Programática se organiza en modalidades.
 
IX. Clasificación por Objeto del Gasto: El instrumento que permite registrar de manera ordenada, sistemática y homogénea las compras, los pagos y las erogaciones autorizados en capítulos, conceptos y partidas con base en la clasificación económica del gasto. Este clasificador permite formular y aprobar el proyecto de Presupuesto de Egresos desde la perspectiva económica y dar seguimiento a su ejercicio;
 
X. Clasificación por Fuentes de Financiamiento: Consiste en presentar los gastos públicos según los agregados genéricos de los recursos empleados para su financiamiento. Esta clasificación permite identificar las fuentes u orígenes de los ingresos que financian los egresos y precisar la orientación específica de cada fuente, a efecto de controlar su aplicación. La relación de fuentes de financiamiento es: 1. Recursos Fiscales; 2. Financiamientos internos; 3. Financiamientos externos; 4. Ingresos propios; 5. Recursos Federales; 6. Recursos Estatales; y 7. Otros recursos.
 
XI. Clasificación Económica: Es parte de los clasificadores presupuestarios aprobados por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), e identifica las asignaciones conforme a su naturaleza: gasto corriente o de capital. Contempla el objeto del gasto que se agrupa en capítulos, conceptos y partidas. También identifica la fuente de financiamiento.
 
XII. Clasificación Administrativa: Tiene como propósitos básicos identificar las unidades administrativas, a través de las cuales se realiza la asignación, gestión y rendición de los recursos financieros públicos, así como establecer las bases institucionales y sectoriales para la elaboración y análisis de las estadísticas fiscales, organizadas y agregadas mediante su integración y consolidación; tal como lo requieren las mejores prácticas y los modelos universales establecidos en la materia. Esta clasificación además permite delimitar con precisión el ámbito del Sector Público de cada orden de gobierno y por ende los alcances de su probable responsabilidad fiscal y cuasi fiscal.
 
XIII. Dependencias: Las Secretarías y Coordinaciones de la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo incluyendo sus Órganos Desconcentrados.
 
XIV. Economías: Los remanentes de recursos no devengados del presupuesto modificado.
 
XV. Entes Públicos: Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los Órganos Públicos Autónomos del Estado, los Municipios, los Organismos Descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos del Estado y los Municipios, así como cualquier otro ente sobre el que el Estado y los Municipios tengan control sobre sus decisiones o acciones.
 
XVI. Entidades: Los organismos públicos descentralizados, las empresas de participación estatal mayoritaria, los fideicomisos públicos y los organismos desconcentrados, los cuales son objeto de control presupuestario indirecto por parte de la Secretaría.
 
XVII. Fideicomisos Públicos Estatales o Municipales: Considerados Entes Públicos que forman parte de la Administración Pública Paraestatal o Paramunicipal.
 
XVIII. Gasto Corriente: Las erogaciones que no tienen como contrapartida la creación de un activo, incluyendo, de manera enunciativa, el gasto en servicios personales, materiales y suministros, y los servicios generales, así como las transferencias, asignaciones, subsidios, donativos y apoyos.
 
XIX. Gasto Federalizado: Son los recursos federales que se transfieren a las Entidades Federativas, Municipios y Alcaldías de la Ciudad de México, constituido esencialmente por el ramo 28 participaciones federales y el ramo 33 aportaciones federales, entre otros.
 
XX. Gasto de Capital: Son los gastos destinados a la inversión de capital y las transferencias a los otros componentes institucionales del sistema económico, que se efectúan para financiar gastos de éstos con tal propósito. (Clasificador por tipo de Gasto según CONAC).
 
XXI. Gasto neto total: La totalidad de las erogaciones aprobadas en el Presupuesto de Egresos con cargo a los ingresos previstos en la Ley de Ingresos, las cuales no incluyen las amortizaciones de la deuda pública y las operaciones que darían lugar a la duplicidad en el registro del gasto;
 
XXII. Gasto total: La totalidad de las erogaciones aprobadas en el Presupuesto de Egresos con cargo a los ingresos previstos en la Ley de Ingresos y, adicionalmente, las amortizaciones de la deuda pública y las operaciones que darían lugar a la duplicidad en el registro del gasto;
 
XXIII. Gasto No Programable: Las erogaciones que derivan del cumplimiento de obligaciones legales o del Decreto de Presupuesto de Egresos, que no corresponden directamente a los programas para proveer bienes y servicios públicos a la población.
 
XXIV. Gasto Programable: Las erogaciones que se realizan en cumplimiento de sus atribuciones conforme a los programas para proveer bienes y servicios públicos a la población.
 
XXV. Ingresos Excedentes: Los recursos públicos que durante el Ejercicio Fiscal se obtienen adicionalmente a los aprobados en la Ley de Ingresos del Estado vigente.
 
XXVI. Matriz de Indicadores de Resultados (MIR): La herramienta de planeación estratégica que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos del Programa Presupuestario y su alineación con aquellos de la planeación nacional, estatal, municipal y sectorial; incorpora los indicadores que miden los objetivos y resultados esperados; identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores; describe los bienes y servicios a la sociedad, así como las actividades e insumos para producirlos; e incluye supuestos que son factores externos al programa que influyen en el cumplimiento de los objetivos.
 
XXVII. Presupuesto basado en Resultados: Componente de la Gestión para Resultados que permite apoyar las decisiones presupuestarias, contiene consideraciones sobre la asignación y resultados del ejercicio de los recursos públicos, con la finalidad de fortalecer las políticas, programas públicos y desempeño institucional, cuyo aporte sea decisivo para generar las condiciones sociales, económicas y ambientales para el desarrollo estatal sustentable. Además, mide el volumen y la calidad de los bienes y servicios públicos, promueve la trasparencia y rendición de cuentas.
 
XXVIII. Programas Presupuestarios: Son los programas aprobados conforme a los ordenamientos de los entes públicos, con base en los cuales se ejecutan las acciones para el ejercicio de sus recursos, asimismo las estrategias que integran a un conjunto de programas.
 
XXIX. Secretaría: La Secretaría de Finanzas.
 
XXX. Sistema de Evaluación del Desempeño: El conjunto de elementos metodológicos que permiten realizar una valoración objetiva del desempeño de los Programas Presupuestarios, bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de los objetivos y metas, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer el impacto social de los Programas presupuestarios y de los proyectos.
 
XXXI. Sistema Estatal de Evaluación: Es el sistema al que se sujetan los recursos públicos de que disponen los Entes Públicos con el propósito de orientar la operación de los programas presupuestarios al logro de resultados.
 
XXXII. Subsidios: Las asignaciones que se otorgan para el desarrollo de actividades prioritarias de interés general, a través de los Entes Públicos a los diferentes sectores de la sociedad.
 
XXXIII. Transferencias: Los recursos públicos previstos en el Presupuesto de Egresos del Estado para el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas y la prestación de los bienes y servicios públicos a cargo de los Entes Públicos.
 
XXXIV. Techo de Financiamiento Neto: El límite de Financiamiento Neto anual que podrá contratar un Ente Público, con fuente de pago de ingresos de libre disposición. Dicha fuente de pago podrá estar afectada a un vehículo específico de pago, o provenir directamente del Presupuesto de Egresos.
 
XXXV. Cualquier otro término no contemplado en el presente artículo, se deberá entender conforme al glosario de los ordenamientos legales siguientes: La Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, y las demás leyes de la materia.


Artículo 6

La Secretaría garantiza que toda la información presupuestaria y de ingresos cumpla con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las Leyes de Disciplina Financiera federal y estatal, y las disposiciones normativas estatales.

Todas las asignaciones presupuestarias del presente Decreto y documentos de la materia, deberán cumplir con las disposiciones, requisitos y estar disponibles en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas.


Artículo 7

La Secretaría reportará en los Informes Trimestrales, en el Avance de Gestión Financiera y en la Cuenta Pública, la evolución de las erogaciones correspondientes a los programas presupuestarios para: la igualdad entre mujeres y hombres; para la atención de niñas, niños y adolescentes; de ciencia, tecnología e innovación; especial concurrente para el desarrollo rural sustentable; erogaciones para el desarrollo de los jóvenes; recursos para la atención a grupos vulnerables; y mitigación de los efectos del cambio climático.



CAPÍTULO II

Erogaciones



Artículo 8

El gasto total previsto en el Presupuesto para el Ejercicio 2019 del Estado de Zacatecas importa la cantidad de $ 29,833,418,917.00 (veintinueve mil ochocientos treinta y tres millones cuatrocientos dieciocho mil novecientos diecisiete pesos 00/100 m.n.) y corresponde al total de los ingresos previstos en la Ley de Ingresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2019.

Se distribuye de la siguiente manera:
 
     

Asignación Presupuestal

I. Poder Legislativo

   

441,629,067.00

II. Poder Judicial

   

519,482,000.00

III. Órganos Autónomos

   

2,780,644,628.00

 

a) Gasto Programable

 

18,322,794,039.00

 

b) Gasto No Programable

 

2,742,394,458.00

   

1. Inversiones Financieras

1,787,448,373.00

   

2. Deuda Pública

954,946,085.00

V. Municipios del Estado

   

5,026,474,725.00

   

TOTAL

29,833,418,917.00



Artículo 9

De acuerdo con la Clasificación por Fuentes de Financiamiento, la forma en que se integran los ingresos del Estado, es la siguiente:

No

Categorías

Asignación Presupuestal

10

No etiquetado

15,008,370,968.00

11

Recursos Fiscales

3,728,868,920.00

12

Financiamientos internos

 

13

Financiamientos externos

 

14

Ingresos propios

 

15

Recursos Federales

11,279,502,048.00

16

Recursos Estatales

 

17

Otros recursos

 

20

Etiquetado

14,825,047,949.00

25

Recursos Federales

14,825,047,949.00

26

Recursos Estatales

 

27

Otros Recursos de Transferencias Federales Etiquetadas

 
 

TOTAL

$29,833,418,917.00



Artículo 10

Las medidas que se apliquen para incentivar de manera económica a los servidores públicos que decidan concluir la prestación de sus servicios en la Administración Pública de la Entidad, mediante el programa de retiro voluntario, sin perjuicio de las prestaciones que correspondan en materia de seguridad social; asimismo, para que se apliquen medidas para cubrir la indemnización que, en términos de la legislación aplicable, corresponda a los servidores públicos por la terminación de su relación laboral. De las plazas que sean liberadas por la operación del programa retiro voluntario, serán asignadas prioritariamente para la Secretaría de Seguridad Pública.

Dichas medidas se sujetarán a las disposiciones específicas emitidas.


Artículo 11

De acuerdo con la Clasificación por Tipo de Gasto, el Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas se distribuye de la siguiente manera:

No.

Categorías

Asignación Presupuestal

1

Gasto Corriente

23,313,510,975.00

2

Gasto de Capital

2,557,737,713.00

3

Amortización de la deuda y disminución de pasivos

954,946,085.00

4

Pensiones y Jubilaciones

 

5

Participaciones

3,007,224,144.00

 

TOTAL

29,833,418,917.00



Artículo 12

El gasto neto total previsto en este presupuesto se integra, de acuerdo a la Clasificación por Objeto del Gasto a nivel de capítulo, concepto, partida genérica y partida específica, conforme al Anexo 1 del Presente Decreto.



Artículo 13

Las asignaciones previstas para el Poder Legislativo ascienden a la cantidad de $ 441,629,067.00 (cuatrocientos cuarenta y un millones seiscientos veintinueve mil sesenta y siete pesos 00/100 m.n.), que comprende los recursos públicos asignados a:

Concepto

Asignación Presupuestal

Poder Legislativo

441,629,067.00

Legislatura del Estado de Zacatecas

315,966,672.00

Auditoría Superior del Estado de Zacatecas

125,662,395.00



Artículo 14

Las asignaciones previstas para el Poder Judicial ascienden a la cantidad de $ 519,482,000.00 (quinientos diecinueve millones cuatrocientos ochenta y dos mil pesos 00/100 m.n.), de los cuales corresponden a:

Concepto

Asignación Presupuestal

Poder Judicial

519,482,000.00

Tribunal Superior de Justicia

519,482,000.00



Artículo 15

Las asignaciones previstas para los Órganos Autónomos del Estado ascienden a la cantidad de $ 2,780,644,628.00 (dos mil setecientos ochenta millones seiscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos veintiocho pesos 00/100 m.n.), el cual se distribuirá de la siguiente manera: 

 

Órganos Autónomos

Asignación Presupuestal

Órganos Autónomos

 

2,780,644,628.00

 

Comisión de Derechos Humanos del Estado

39,509,382.00

 

Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

23,270,225.00

 

Instituto Electoral del Estado de Zacatecas

114,604,496.00

 

Universidad Autónoma de Zacatecas

1,899,051,097.00

 

Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas

34,097,246.00

 

Fiscalía General de Justicia del Estado

648,977,923.00

 

Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Zacatecas

21,134,259.00

 



Artículo 16

Las asignaciones previstas para el Poder Ejecutivo son por la cantidad de $ 21,065,188,497.00 (veintiún mil sesenta y cinco millones ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos noventa y siete pesos 00/100 m.n.), mismo que será distribuido de acuerdo a la siguiente estructura programática: 

 

Concepto

Agregación Presupuestal

1

Jefatura de Oficina del C. Gobernador

262,341,758.00

 

1

Coordinación Institucional

262,341,758.00

2

Secretaría General de Gobierno

403,095,175.00

 

1

Gobernabilidad y Política Interior

56,304,055.00

 

2

Promoción de los Derechos Humanos

13,210,592.00

 

3

Sistema Estatal de Protección Civil

27,596,810.00

 

4

Conservación de la Memoria Histórica del Estado de Zacatecas

5,232,122.00

 

5

Estrategia de la prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana

11,794,073.00

 

6

Justicia Laboral del Estado de Zacatecas

34,150,963.00

 

7

Transporte Público del Estado de Zacatecas

11,032,358.00

 

8

Sistema de Seguridad Pública y Profesionalización de Elementos

243,774,202.00

3

Secretaría de Finanzas

2,997,017,147.00

 

1

Programa Presupuestario de la Secretaría de Finanzas

2,914,595,424.00

 

2

Saneamiento Financiero

82,421,723.00

4

Secretaría de Seguridad Pública

1,036,387,048.00

 

1

Seguridad Pública

754,528,189.00

 

2

Dirección y Coordinación de planes, programas y acciones de la Secretaría.

281,858,859.00

5

Secretaría de Administración

212,731,313.00

 

1

Gestión Administrativa de Recursos Humanos, Adquisiciones, Activos no Circulantes de Gobierno del Estado y Servicios Generales

212,731,313.00

6

Secretaría de la Función Pública

82,899,866.00

 

1

Apoyo a la Función Pública y al mejoramiento de la Gestión

82,899,866.00

7

Secretaría de Economía

163,536,401.00

 

1

Desarrollo Económico

163,536,401.00

8

Secretaría de Turismo

128,831,130.00

 

1

Zacatecas Deslumbrante

128,831,130.00

9

Secretaría de Obras Públicas

612,487,597.00

 

1

Desarrollo de la Infraestructura Carretera para la Conectividad en el Estado

193,188,127.00

 

2

Desarrollo de la Infraestructura Pública para el fortalecimiento de diversos sectores en el Estado

419,299,470.00

10

Secretaría de Educación

9,116,858,305.00

 

1

Educación Básica

7,902,402,904.00

 

2

Educación Media Superior

280,815,954.00

 

3

Educación Superior

217,834,973.00

 

4

Gestión Administrativa de la Educación

715,804,474.00

11

Secretaría de Desarrollo Social

229,187,213.00

 

1

Atención a la Pobreza Alimentaria

9,249,196.00

 

2

Infraestructura Social

72,873,058.00

 

3

Promoción y gestión del desarrollo social en el Estado

75,804,775.00

 

4

Coordinación del Desarrollo Social

71,260,184.00

12

Secretaría de Salud

600,000.00

 

1

Rectoría del Sistema Estatal de Salud

600,000.00

13

Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial

241,389,291.00

 

1

Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Movilidad

102,118,645.00

 

2

Infraestructura Social

139,270,646.00

14

Secretaría del Agua y Medio Ambiente

258,243,459.00

 

1

SUSTENTABILIDAD HÍDRICA

213,799,168.00

 

2

Sustentabilidad Ambiental

44,444,291.00

15

Secretaría del Campo

362,615,968.00

 

1

Programa de Fomento a la Productividad Agrícola, Hidroagrícola, Pecuaria, Silvícola, de Pesca, Acuícola y Agroindustrial

362,615,968.00

16

Secretaría de las Mujeres

67,492,767.00

 

1

Política de Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Estado de Zacatecas

26,658,985.00

 

2

Las mujeres en el Estado de Zacatecas acceden al derecho de tener una vida libre de Violencia

40,833,782.00

17

Secretaría del Zacatecano Migrante

68,792,391.00

 

1

Desarrollo de la Comunidad Zacatecana Migrante

68,792,391.00

18

Coordinación General Jurídica

46,481,023.00

 

1

Certeza y Seguridad Jurídica en los actos de Gobierno otorgada a la sociedad en general

46,481,023.00

19

Coordinación Estatal de Planeación

35,058,216.00

 

1

Planeación del desarrollo orientada al resultado

35,058,216.00

20

Procuraduría General de Justicia del Estado

19,778,873.00

 

1

Unidad de Clausura del Sistema Tradicional

19,778,873.00

61

Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia

454,689,366.00

 

1

Atención a la Pobreza Alimentaria

179,250,591.00

 

2

Asistencia Integral a la Población Vulnerable del Estado

275,438,775.00

62

Consejo Estatal de Desarrollo Económico

6,301,853.00

 

1

Programa estratégico para la articulación y concertación entre los sectores empresarial, académico y público

6,301,853.00

63

Consejo Zacatecano de Ciencia, Tecnología e Innovación

64,276,914.00

 

1

Ciencia, Tecnología e Innovación

64,276,914.00

64

Servicios de Salud de Zacatecas

2,678,888,717.00

 

1

Salud efectiva para todos.

2,678,888,717.00

65

Régimen Estatal de Protección Social en Salud

154,891,946.00

 

1

Seguro Popular

154,891,946.00

67

Instituto Regional del Patrimonio Mundial

8,722,783.00

 

1

Programa de difusión y formación de capacidades para la protección y conservación del patrimonio mundial cultural y natural

8,722,783.00

68

Instituto de la Defensoría Pública

49,507,731.00

 

1

Defensoría Pública

49,507,731.00

69

Instituto de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas

145,859,011.00

 

1

Fomento de la cultura física y el deporte en Zacatecas

145,859,011.00

70

Sistema Zacatecano de Radio y Televisión

34,718,029.00

 

1

Producción y Transmisión de Contenidos de Calidad para Promover al Estado a Nivel Estatal, Nacional e Internacional

34,718,029.00

71

Patronato Estatal de promotores Voluntarios

9,299,264.00

 

1

Asistencia Integral a la Población Vulnerable del Estado.

9,299,264.00

72

Instituto Zacatecano de Educación para Adultos

69,722,499.00

 

1

Educación para Adultos

69,722,499.00

73

Instituto de Capacitación para el Trabajo

4,082,527.00

 

1

Incremento de la cobertura en la formación para y en el trabajo con visión de equidad de género.

4,082,527.00

74

Instituto Zacatecano de Cultura “Ramón López Velarde”

155,831,928.00

 

1

Modelo cultural que responda a las necesidades de desarrollo cultural de las y los zacatecanos en los niveles locales y globales.

155,831,928.00

75

Instituto Zacatecano de Construcción de Escuelas

228,146,942.00

 

1

Infraestructura Educativa

228,146,942.00

76

Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas

21,100,743.00

 

1

Protección y Preservación del Patrimonio Material e Inmaterial del Estado.

21,100,743.00

77

Instituto de la Juventud del Estado de Zacatecas

33,177,246.00

 

1

Programa para impulsar el bienestar de las juventudes y su movilidad social a través de la mejora de los componentes del Desarrollo Humano (educación, salud e ingreso económico) entre la población juvenil (12 a 29 años).

33,177,246.00

78

Instituto para la Atención e Inclusión de las Personas con Discapacidad

46,997,959.00

 

1

Inclusión Social de Hombres y Mujeres con Discapacidad

20,678,301.00

 

2

Ajustes Razonables para la atención de Hombres y Mujeres con Discapacidad

26,319,658.00

79

Universidad Politécnica de Zacatecas

22,391,158.00

 

1

Educación Superior

22,391,158.00

80

Universidad Politécnica del Sur de Zacatecas

11,531,153.00

 

1

Educación Superior

11,531,153.00

81

Instituto Tecnológico Superior de Nochistlán

16,224,051.00

 

1

Educación Superior

16,224,051.00

82

Instituto Tecnológico Superior de Fresnillo

29,059,208.00

 

1

Educación Superior

29,059,208.00

83

Instituto Tecnológico Superior de Tlaltenango

19,144,992.00

 

1

Educación Superior

19,144,992.00

84

Instituto Tecnológico Superior de Loreto

18,202,507.00

 

1

Educación Superior

18,202,507.00

85

Instituto Tecnológico Superior de Río Grande

27,026,068.00

 

1

Educación Superior

27,026,068.00

86

Instituto Tecnológico Superior de Jerez

16,599,446.00

 

1

Educación Superior

16,599,446.00

87

Instituto Tecnológico Superior de Sombrerete

21,392,308.00

 

1

Educación Superior

21,392,308.00

88

Escuela de Conservación y Restauración de Zacatecas "Refugio Reyes"

3,400,000.00

 

1

Operación de la Escuela de Conservación y Restauración

3,400,000.00

89

Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas

158,422,713.00

 

1

Educación Media Superior

158,422,713.00

90

Colegio de Educación Profesional Técnica de Zacatecas

60,158,065.00

 

1

Educación Media Superior

60,158,065.00

91

Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Zacatecas

76,977,426.00

 

1

Educación Media Superior

76,977,426.00

92

Instituto de Selección y Capacitación del Estado de Zacatecas

16,300,024.00

 

1

Profesionalización de los Servidores (as) Públicos (as)

16,300,024.00

93

Universidad Tecnológica del Estado de Zacatecas

39,625,711.00

 

1

Educación Superior

39,625,711.00

95

Comisión Estatal de la Defensa del Contribuyente

7,333,972.00

 

1

Protección y Defensa de los Derechos Tributarios

7,333,972.00

96

Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción

8,617,037.00

 

1

Programa para la Prevención, Detección y Disuasión de Actos de Corrupción

8,617,037.00

97

Centro de Conciliación Laboral del Estado de Zacatecas

742,259.00

 

1

Resolución de Conflictos Laborales

742,259.00



Artículo 17

Las asignaciones previstas en este Decreto, de acuerdo con la Clasificación Administrativa se distribuyen conforme a lo siguiente:

Concepto

Asignación Presupuestal

Poder Ejecutivo

21,065,188,497.00

 

Administración Centralizada

16,345,824,941.00

   

Jefatura de Oficina del C. Gobernador

262,341,758.00

   

Secretaría General de Gobierno

403,095,175.00

   

Secretaría de Finanzas

2,997,017,147.00

   

Secretaría de Seguridad Pública

1,036,387,048.00

   

Secretaría de Administración

212,731,313.00

   

Secretaría de la Función Pública

82,899,866.00

   

Secretaría de Economía

163,536,401.00

   

Secretaría de Turismo

128,831,130.00

   

Secretaría de Obras Públicas

612,487,597.00

   

Secretaría de Educación

9,116,858,305.00

   

Secretaría de Desarrollo Social

229,187,213.00

   

Secretaría de Salud

600,000.00

   

Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial

241,389,291.00

   

Secretaría del Agua y Medio Ambiente

258,243,459.00

   

Secretaría del Campo

362,615,968.00

   

Secretaría de las Mujeres

67,492,767.00

   

Secretaría del Zacatecano Migrante

68,792,391.00

   

Coordinación General Jurídica

46,481,023.00

   

Coordinación Estatal de Planeación

35,058,216.00

   

Procuraduría General de Justicia del Estado

19,778,873.00

 

Administración Descentralizada

4,719,363,556.00

   

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para el Estado de Zacatecas

0.00

   

Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia

454,689,366.00

   

Consejo Estatal de Desarrollo Económico

6,301,853.00

   

Consejo Zacatecano de Ciencia, Tecnología e Innovación

64,276,914.00

   

Servicios de Salud de Zacatecas

2,678,888,717.00

   

Régimen Estatal de Protección Social en Salud

154,891,946.00

   

Centro Estatal de Trasplantes de Órganos y Tejidos

0.00

   

Instituto Regional del Patrimonio Mundial

8,722,783.00

   

Instituto de la Defensoría Pública

49,507,731.00

   

Instituto de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas

145,859,011.00

   

Sistema Zacatecano de Radio y Televisión

34,718,029.00

   

Patronato Estatal de promotores Voluntarios

9,299,264.00

   

Instituto Zacatecano de Cultura “Ramón López Velarde”

155,831,928.00

   

Instituto Zacatecano de Construcción de Escuelas

228,146,942.00

   

Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas

21,100,743.00

   

Instituto de la Juventud del Estado de Zacatecas

33,177,246.00

   

Instituto para la Atención e Inclusión de las Personas con Discapacidad

46,997,959.00

   

Instituto de Selección y Capacitación del Estado de Zacatecas

16,300,024.00

   

Patronato de la Feria Nacional de la Ciudad de Zacatecas

0.00

   

Comisión Estatal de la Defensa del Contribuyente

7,333,972.00

   

Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción

8,617,037.00

   

Centro de Conciliación Laboral del Estado de Zacatecas

742,259.00

   

Instituto Zacatecano de Educación para Adultos

69,722,499.00

   

Instituto de Capacitación para el Trabajo

4,082,527.00

   

Universidad Politécnica de Zacatecas

22,391,158.00

   

Universidad Politécnica del Sur de Zacatecas

11,531,153.00

   

Instituto Tecnológico Superior de Nochistlán

16,224,051.00

   

Instituto Tecnológico Superior de Fresnillo

29,059,208.00

   

Instituto Tecnológico Superior de Tlaltenango

19,144,992.00

   

Instituto Tecnológico Superior de Loreto

18,202,507.00

   

Instituto Tecnológico Superior de Río Grande

27,026,068.00

   

Instituto Tecnológico Superior de Jerez

16,599,446.00

   

Instituto Tecnológico Superior de Sombrerete

21,392,308.00

   

Escuela de Conservación y Restauración de Zacatecas "Refugio Reyes"

3,400,000.00

   

Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas

158,422,713.00

   

Colegio de Educación Profesional Técnica de Zacatecas

60,158,065.00

   

Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Zacatecas

76,977,426.00

   

Universidad Tecnológica del Estado de Zacatecas

39,625,711.00

Poder Legislativo

441,629,067.00

Poder Judicial

519,482,000.00

Órganos Autónomos

2,780,644,628.00

Municipios

5,026,474,725.00

Total

   

29,833,418,917.00

 



Artículo 18

De acuerdo con la Clasificación Funcional y Programática, el Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el ejercicio fiscal 2019, se distribuye de la siguiente manera: 

CLASIFICACIÓN FUNCIONAL

 

Finalidad

Función

Subfunción

Asignación Presupuestal

GOBIERNO

5,687,852,351.00

 

LEGISLACIÓN

 

46,481,023.00

   

Legislación

 

46,481,023.00

   

Fiscalización

 

0.00

 

JUSTICIA

   

116,648,159.00

   

Impartición de Justicia

 

34,150,963.00

   

Procuración de Justicia

 

69,286,604.00

   

Reclusión y Reinserción Social

0.00

   

Derechos Humanos

 

13,210,592.00

 

COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE GOBIERNO

1,268,241,640.00

   

Presidencia / Gubernamental

212,731,313.00

   

Política Interior

 

56,304,055.00

   

Preservación y Cuidado del Patrimonio

5,232,122.00

   

Función Pública

 

671,657,115.00

   

Asuntos Jurídicos

 

0.00

   

Organización del Procesos Electorales

0.00

   

Población

 

0.00

   

Territorio

 

0.00

   

Otros

 

322,317,035.00

 

RELACIONES EXTERIORES

 

0.00

   

Relaciones Exteriores

 

0.00

 

ASUNTOS FINANCIEROS Y HACENDARIOS

2,921,929,396.00

   

Asuntos Financieros

 

0.00

   

Asuntos Hacendarios

 

2,921,929,396.00

 

SEGURIDAD NACIONAL

 

0.00

   

Defensa

 

0.00

   

Marina

 

0.00

   

Inteligencia para la Preservación de la Seguridad Nacional

0.00

 

ASUNTOS DE ORDEN PÚBLICO Y DE SEGURIDAD INTERIOR

1,319,552,133.00

   

Policía

 

0.00

   

Protección Civil

 

27,596,810.00

   

Otros Asuntos de Orden Público y Seguridad

1,291,955,323.00

   

Sistema Nacional de Seguridad Pública

0.00

 

OTROS SERVICIOS GENERALES

 

0.00

   

Servicios Registrales, Administrativos y Patrimoniales

0.00

   

Servicios Estadísticos

 

0.00

   

Servicios de Comunicación y Medios

0.00

   

Acceso a la Información Pública Gubernamental

0.00

   

Otros

 

0.00

DESARROLLO SOCIAL

 

17,702,587,897.00

 

PROTECCIÓN AMBIENTAL

 

258,243,459.00

   

Ordenación de Desechos

44,444,291.00

   

Administración del Agua

 

213,799,168.00

   

Ordenación de Aguas Residuales, Drenajes y Alcantarillado

0.00

   

Reducción de la Contaminación

0.00

   

Protección de la Diversidad Biológica y del Paisaje

0.00

   

Otros de Protección Ambiental

0.00

 

VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD

314,262,349.00

   

Urbanización

 

0.00

   

Desarrollo Comunitario

 

0.00

   

Abastecimiento de Agua

 

0.00

   

Alumbrado Público

 

0.00

   

Vivienda

 

102,118,645.00

   

Servicios Comunales

 

0.00

   

Desarrollo Regional

 

212,143,704.00

 

SALUD

   

2,834,380,663.00

   

Prestación de Servicios de Salud a la Comunidad

2,679,488,717.00

   

Prestación de Servicios de Salud a la Persona

0.00

   

Generación de Recursos para la Salud

0.00

   

Rectoría del Sistema de Salud

0.00

   

Protección Social en Salud

154,891,946.00

 

RECREACIÓN, CULTURA Y OTRAS MANIFESTACIONES SOCIALES

357,509,711.00

   

Deporte y Recreación

 

145,859,011.00

   

Cultura

 

176,932,671.00

   

Radio, Televisión y Editoriales

34,718,029.00

   

Asuntos Religiosos y Otras Manifestaciones Sociales

0.00

 

EDUCACIÓN

 

13,163,965,968.00

   

Educación Básica

 

7,902,402,904.00

   

Educación Media Superior

284,898,481.00

   

Educación Superior

 

3,962,990,668.00

   

Postgrado

 

0.00

   

Educación para Adultos

 

69,722,499.00

   

Otros Servicios Educativos y Actividades Inherentes

943,951,416.00

 

PROTECCIÓN SOCIAL

 

698,010,197.00

   

Enfermedad e Incapacidad

0.00

   

Edad Avanzada

 

0.00

   

Familia e Hijos

 

0.00

   

Desempleo

 

75,804,775.00

   

Alimentación y Nutrición

188,499,787.00

   

Apoyo Social para la Vivienda

0.00

   

Indígenas

 

0.00

   

Otros Grupos Vulnerables

125,089,614.00

   

Otros de Seguridad Social y Asistencia Social

308,616,021.00

 

OTROS ASUNTOS SOCIALES

 

76,215,550.00

   

Otros Asuntos Sociales

 

76,215,550.00

DESARROLLO ECONÓMICO

 

1,349,082,221.00

 

ASUNTOS ECONÓMICOS, COMERCIALES Y LABORALES EN GENERAL

169,838,254.00

   

Asuntos Económicos y Comerciales en General

169,838,254.00

   

Asuntos Laborales Generales

0.00

 

AGROPECUARIA, SILVICULTURA, PESCA Y CAZA

362,615,968.00

   

Agropecuaria

 

362,615,968.00

   

Silvicultura

 

0.00

   

Acuacultura, Pesca y Caza

0.00

   

Agroindustrial

 

0.00

   

Hidroagrícola

 

0.00

   

Apoyo Financiero a la Banca y Seguro Agropecuario

0.00

 

COMBUSTIBLES Y ENERGÍA

 

0.00

   

Carbón y Otros Combustibles Minerales Sólidos

0.00

   

Petróleo y Gas Natural (Hidrocarburos)

0.00

   

Combustibles Nucleares

 

0.00

   

Otros Combustibles

 

0.00

   

Electricidad

 

0.00

   

Energía no Eléctrica

 

0.00

 

MINERÍA, MANUFACTURAS Y CONSTRUCCIÓN

0.00

   

Extracción de Recursos Minerales excepto los Combustibles Minerales

0.00

   

Manufacturas

 

0.00

   

Construcción

 

0.00

 

TRANSPORTE

 

204,220,485.00

   

Transporte por Carretera

193,188,127.00

   

Transporte por Agua y Puertos

0.00

   

Transporte por Ferrocarril

0.00

   

Transporte Aéreo

 

0.00

   

Transporte por Oleoductos y Gasoducto y Otros Sistemas de Transporte

0.00

   

Otros Relacionados con Transporte

11,032,358.00

 

COMUNICACIONES

 

0.00

   

Comunicaciones

 

0.00

 

TURISMO

 

128,831,130.00

   

Turismo

 

128,831,130.00

   

Hoteles y Restaurantes

 

0.00

 

CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

64,276,914.00

   

Investigación Científica

 

0.00

   

Desarrollo Tecnológico

 

0.00

   

Servicios Científicos y Tecnológicos

64,276,914.00

   

Innovación

 

0.00

 

OTRAS INDUSTRIAS Y OTROS ASUNTOS ECONÓMICOS

419,299,470.00

   

Comercio, Distribución, Almacenamiento y Depósito

0.00

   

Otras Industrias

 

0.00

   

Otros Asuntos Económicos

419,299,470.00

 

OTRAS NO CLASIFICADAS EN FUNCIONES ANTERIORES

5,108,896,448.00

 

TRANSACCIONES DE LA DEUDA PÚBLICA / COSTO FINANCIEROS DE LA DEUDA

0.00

   

Deuda Pública Interna

 

0.00

   

Deuda Pública Externa

 

0.00

 

TRANSFERENCIAS, PARTICIPACIONES Y APORTACIONES ENTRE DIFERENTES NIVELES Y ÓRDENES DE GOBIERNO

5,026,474,725.00

   

Transferencia entre Diferentes Niveles y Órdenes de Gobierno

0.00

   

Participaciones entre Diferentes Niveles y Órdenes de Gobierno

3,007,224,144.00

   

Aportaciones entre Diferentes Órdenes de Gobierno

2,019,250,581.00

 

SANEAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO

0.00

   

Saneamiento del Sistema Financiero

0.00

   

Apoyos IPAB

 

0.00

   

Banca de Desarrollo

 

0.00

   

Apoyo a los Programas de reestructura en unidades de inversión (UDIS)

0.00

 

ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES

82,421,723.00

   

Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores

82,421,723.00

   

TOTAL

 

29,833,418,917.00

CLASIFICACIÓN PROGRAMÁTICA

Programas Presupuestarios

Asignación Presupuestal

SUBSIDIOS: Sector Social y Privado o Entidades Federativas y Municipios

 

762,631,150.00

 

Otros Subsidios

U

0.00

 

Sujetos a Reglas de Operación

S

762,631,150.00

DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES

 

$25,522,098,903.00

 

Específicos

R

$9,260,873,144.00

 

Funciones de las Fuerzas Armadas (Únicamente Gobierno Federal)

A

$0.00

 

Planeación, seguimiento y evaluación de políticas públicas

P

$114,935,437.00

 

Prestación de Servicios Públicos

E

$14,175,822,612.00

 

Promoción y fomento

F

$998,481,913.00

 

Provisión de Bienes Públicos

B

$651,288,153.00

 

Proyectos de Inversión

K

$213,799,168.00

 

Regulación y supervisión

G

$106,898,476.00

ADMINISTRATIVOS Y DE APOYO

 

$3,226,526,627.00

 

Apoyo a la función pública y al mejoramiento de la gestión

O

$82,899,866.00

 

Apoyo al proceso presupuestario y para mejorar la eficiencia institucional

M

$3,143,626,761.00

 

Operaciones ajenas

W

0.00

COMPROMISOS

 

27,596,810.00

 

Desastres Naturales

N

27,596,810.00

 

Obligaciones de cumplimiento de resolución jurisdiccional

L

0.00

OBLIGACIONES

 

0.00

 

Aportaciones a fondos de estabilización

Y

0.00

 

Aportaciones a fondos de inversión y reestructura de pensiones

Z

0.00

 

Aportaciones a la seguridad social

T

0.00

 

Pensiones y jubilaciones

J

0.00

PROGRAMAS DE GASTO FEDERALIZADO

 

294,565,427.00

 

Adeudos de ejercicios fiscales anteriores

H

82,421,723.00

 

Costo financiero, deuda o apoyos a deudores y ahorradores de la banca

D

0.00

 

Gasto Federalizado

I

212,143,704.00

 

Participaciones a entidades federativas y municipios

C

0.00

 

TOTAL

 

29,833,418,917.00



Artículo 19

Se asignará un monto de $ 1,787,448,373.00 (mil setecientos ochenta y siete millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos setenta y tres pesos 00/100 m.n.), destinado a Inversiones Financieras y otras Previsiones; se distribuyen de la siguiente manera:

Concepto

Asignación Presupuestal

Fideicomiso de Impuesto sobre Nómina

50,000,000.00

Fideicomiso de Atención a Víctimas

3,000,000.00

Fideicomiso de Impuesto sobre Servicios de Hospedaje

9,950,958.00

Fideicomiso Irrevocable de Inversión, Administración y Fuente de Pago

3,963,427.00

Fideicomiso de Fondos Mixtos

10,000,000.00

Previsiones Económicas y Salariales

258,332,596.00

Aportaciones para Contingencias

1,300,000.00

Previsión para Contribución de Mejoras

110,000,000.00

Previsión para Erogaciones Especiales

1,193,325,070.00

Inversiones en Fideicomisos de Entidades Federativas

147,576,322.00

TOTAL

1,787,448,373.00



Artículo 20

Las transferencias internas otorgadas a Fideicomisos públicos se distribuyen de la siguiente forma:

Concepto

Asignación Presupuestal

Fideicomiso de Impuesto sobre Nómina

50,000,000.00

Fideicomiso de Atención a Víctimas

3,000,000.00

Fideicomiso de Impuesto sobre Servicios de Hospedaje

9,950,958.00

Fideicomiso Irrevocable de Inversión, Administración y Fuente de Pago

3,963,427.00

Fideicomiso de Fondos Mixtos

10,000,000.00

Fideicomiso Educación

64,584,891.00

Fideicomiso para el Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Zacatecas (FOFAEZ)

62,991,431.00

Fideicomiso público para la administración, operación y mantenimiento del proyecto parque de ciencia y tecnología del campus de innovación tecnológica

20,000,000.00

TOTAL

224,490,707.00



Artículo 21

Las asociaciones sin fines de lucro u organismos de la sociedad civil, cuentan con suficiencia presupuestal en los diferentes entes.



Artículo 22

Las Transferencias a Municipios del Estado, ascienden a la cantidad de $5,026,474,725.00 (cinco mil veintiséis millones cuatrocientos setenta y cuatro mil setecientos veinticinco pesos 00/100 m.n.), y se distribuirán conforme a las siguientes asignaciones estimadas:

PARTICIPACIONES

Asignación Presupuestal

Participaciones a los Municipios.

3,007,224,144.00

APORTACIONES

Asignación Presupuestal

Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal

954,130,677.00

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios.

1,065,119,904.00

TOTAL

5,026,474,725.00



Artículo 23

El gasto previsto para el financiamiento de los Partidos Políticos es por la cantidad de $ 64,495,077.00 (sesenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y cinco mil setenta y siete pesos 00/100 m.n.) y se muestra su distribución en el Anexo 5.



Artículo 24

Se asigna un importe de $ 26,071,418.00 (veintiséis millones setenta y un mil cuatrocientos dieciocho pesos 00/100 m.n.) que corresponde a inversión en actividades para reducir la vulnerabilidad y mejorar la capacidad de adaptación al cambio climático en el Estado de Zacatecas.



CAPÍTULO III

Transversalidades



Artículo 25

Se establece un importe de $ 1,091,319,300.00 (mil noventa y un millones trescientos diecinueve mil trescientos pesos 00/100 m.n.) que corresponde a inversión destinada para niñas, niños, adolescentes y jóvenes que se distribuyen en 21 programas presupuestarios, como se muestra a continuación:

Programa Presupuestario

Asignación Presupuestal

Apoyo a la Función Pública y al mejoramiento de la Gestión

4,046,472.00

Asistencia Integral a la Población Vulnerable del Estado.

1,457,485.00

Atención a la Pobreza Alimentaria

166,278,190.00

Ciencia, Tecnología e Innovación

6,856,150.00

Coordinación Institucional

38,009,873.00

Desarrollo de la Comunidad Zacatecana Migrante

16,504,640.00

Desarrollo Económico

18,340,994.00

Educación Básica

238,163,767.00

Infraestructura Educativa

206,441,065.00

Modelo cultural que responda a las necesidades de desarrollo cultural de las y los zacatecanos en los niveles locales y globales.

80,455,073.00

Producción y Transmisión de Contenidos de Calidad para Promover al Estado a Nivel Estatal, Nacional e Internacional

8,835,000.00

Programa para impulsar el bienestar de las juventudes y su movilidad social a través de la mejora de los componentes del Desarrollo Humano (educación, salud e ingreso económico) entre la población juvenil (12 a 29 años).

11,534,794.00

Zacatecas Deslumbrante

15,101,347.00

Desarrollo de la Infraestructura Pública para el fortalecimiento de diversos sectores en el Estado

231,174,419.00

Educación Media Superior

1,840,771.00

Las mujeres en el Estado de Zacatecas acceden al derecho de tener una vida libre de Violencia.

25,155,104.00

Promoción de los Derechos Humanos

3,137,257.00

Promoción y gestión del desarrollo social en el Estado

2,792,000.00

Sistema Estatal de Protección Civil

6,115,330.00

Estrategia de la prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana

7,195,648.00

Transporte Público del Estado de Zacatecas

1,883,921.00

TOTAL

1,091,319,300.00



Artículo 26

Se designa un importe de $ 898,308,631.00 (ochocientos noventa y ocho millones trescientos ocho mil seiscientos treinta y un pesos 00/100 m.n.) que corresponde a inversión destinada para programas presupuestarios con Perspectiva de Género, como se muestra a continuación:

Dependencia

Actividad

Asignación Presupuestal

Jefatura de Oficina del C. Gobernador

Atender y canalizar peticiones

13,656,621.00

Secretaría General de Gobierno

A.3 Construcción de una Agenda Legislativa

51,000.00

Secretaría General de Gobierno

A 6. Implementación de la metodología de trabajo del Modelo de Igualdad de Género

335,500.00

Secretaría General de Gobierno

C.1 Derechos Humanos atendidos

160,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.1 Otorgar servicios de primer contacto

35,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.3 Brindar asesoría y representación jurídica

207,536.00

Secretaría General de Gobierno

A.4 Otorgamiento de apoyos a víctimas

17,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.5 Vinculación interinstitucional

741,021.00

Secretaría General de Gobierno

A.1 Implementación del Sistema Estatal de Información

159,800.00

Secretaría General de Gobierno

A.2 Implementación y desarrollo del Programa Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

322,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.4 Capacitación y sensibilización a personal de los diferentes órganos de gobierno.

782,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.5 Realización de reuniones para seguimiento y evaluación

712,900.00

Secretaría General de Gobierno

A.2 Emisión de opinión técnica para predios de construcción.

365,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.1 Definición de polígonos prioritarios para su intervención.

1,000,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.2 Realización del diagnóstico de percepción de los habitantes.

1,120,600.00

Secretaría General de Gobierno

A.3 Definición de actores involucrados de la administración pública

1,500,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.1 Realización de eventos para el desarrollo comunitario.

1,600,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.2 Desarrollo de campañas de prevención social de la violencia.

600,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.1. Seguimiento de las acciones de prevención

1,375,048.00

Secretaría General de Gobierno

A.1 Realización de reuniones con concesionarios

303,859.00

Secretaría General de Gobierno

A.2 Realización de vigilancia y control del transporte público

126,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.3 Elaboración de dictámenes relacionados con las concesiones y permisos de transporte público

1,325,100.00

Secretaría General de Gobierno

A.4 Implementación y desarrollo del Sistema de Información del Transporte Público

5,000.00

Secretaría General de Gobierno

A.5 Capacitación y acreditación de concesionarios y operadores

123,962.00

Secretaría General de Gobierno

A.1 Gestión y trámites administrativos ante el Sistema Nacional y Dependencias de la Administración Pública Estatal.

190,978,471.00

Secretaría General de Gobierno

A.1 Elaboración de Documentos administrativos para la Profesionalización

1,560,000.00

Secretaría de Seguridad Pública

Brindar las medidas de protección solicitadas por la autoridad competente con perspectiva de género

3,000,000.00

Secretaría de Seguridad Pública

Instalación de módulos fijos e itinerantes de atención inmediata a Mujeres en situación de violencia en el Estado.

67,000.00

Secretaría de Seguridad Pública

Supervisión de módulos fijos e itinerantes de atención inmediata a Mujeres en situación de violencia en el Estado.

18,000.00

Secretaría de Seguridad Pública

Supervisión del Cumplimiento de medidas de protección solicitadas por la autoridad competente con perspectiva de género

887,150.00

Secretaría de Administración

Seguimiento a los requerimientos en materia de equidad e igualdad de oportunidades para hombres y mujeres.

499,000.00

Secretaría de la Función Pública

Verificar que las Dependencias y Entidades cumplan con sus Programas Etiquetados con Perspectiva de Género.

49,443.00

Secretaría de Economía

A1 C2: Atención de asesorías solicitadas por dependencias, municipios y organizaciones empresariales para la operación o implementación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas

500,000.00

Secretaría de Economía

A1 C3: Fortalecimiento del ecosistema emprendedor y su Red de Apoyo al Emprendedor en la entidad

3,850,000.00

Secretaría de Economía

A2 C3: Selección y seguimiento del avance de los proyectos productivos para emprendedores y empresas

1,939,702.00

Secretaría de Economía

A4 C3: Prestación de servicios, capacitación y certificación a usuarios que requieran información relacionada al comercio exterior

1,250,000.00

Secretaría de Economía

A1 C4: Subsidios a los procesos necesarios para generar valor agregado a los productos del campo

2,000,000.00

Secretaría de Economía

A3 C4: Prestación de servicios, capacitación, certificación y subsidios a empresas e instituciones educativas del sector de tecnologías de la información

2,900,000.00

Secretaría de Economía

A1 C5: Acciones para la atracción de inversiones al Estado realizadas

2,500,000.00

Secretaría de Economía

A3 C5: Apoyos, asesoría, acciones de vinculación, y certificación para las industrias en la entidad

2,113,595.00

Secretaría de Economía

A1 C6: Promoción, operación y recuperación de créditos a MiPymes y emprendedores otorgados

1,840,530.00

Secretaría de Economía

C.8 Personas capacitadas, vinculadas al empleo y apoyadas

26,373,101.00

Secretaría de Turismo

Implementación del programa de capacitación para el sector turístico del Estado con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.

4,000,000.00

Secretaría de Obras Públicas

Kilómetros de caminos rurales reconstruidos.

35,398,238.00

Secretaría de Educación

Atención de niños y niñas de 45 días de nacidos a 3 años a través de los Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS)

7,967,500.00

Secretaría de Educación

Orientación a padres y madres de familia de niños antes del nacimiento hasta los 5 años de edad

10,765,122.00

Secretaría de Educación

Atención de niñas y niños de 3 a 5 años a través de la educación preescolar

1,195,071.00

Secretaría de Educación

Atender a niños y niñas a través del Programa de Alternativas para la educación

16,056,600.00

Secretaría de Educación

Atender a la población escolar de 6 a 12 años en educación primaria

628,792.00

Secretaría de Educación

Atención de alumnos del internado a través del Centro de Educación Básica para alumnos de alto Rendimiento Escolar (CEBAARE)

3,282,831.00

Secretaría de Educación

Participación en concursos de conocimiento y arte

3,711,978.00

Secretaría de Educación

Atención de niños y niñas en zonas rurales a través del servicio asistencial de albergues

560,001.00

Secretaría de Educación

Atención a alumnos en educación básica a través de la educación física de clase directa

2,042,004.00

Secretaría de Educación

Realización de proyectos especiales

874,320.00

Secretaría de Educación

Promoción de la participación de la sociedad para el fortalecimiento del desarrollo de la educación por medio de las asociaciones de los padres de familia y consejos de participación social

95,616.00

Secretaría de Educación

Atención a niños y niñas con necesidades educativas especiales en Centros de Atención Múltiple CAM

74,040.00

Secretaría de Educación

Atención a alumnos de 13 a 15 años en educación secundaria general, técnica y telesecundarias

324,559.00

Secretaría de Educación

Atención a alumnos de 13 a 15 años en educación secundaria a través del CEBARE

1,288,139.00

Secretaría de Educación

Realización de actividades culturales y deportivas en educación básica

469,369.00

Secretaría de Educación

Entrega de becas convenidas con presidencias municipales

6,000,000.00

Secretaría de Educación

Entrega de becas gobierno

6,330,000.00

Secretaría de Educación

Entrega de becas manutención

62,500,000.00

Secretaría de Educación

Inscripción y reinscripción de estudiantes en el subsistema de Preparatorias Estatales

139,054.00

Secretaría de Educación

Captación y entrenamiento de alumnos en las escuelas normales de Zacatecas

17,819,499.00

Secretaría de Educación

Formación de docentes a través del CAM

464,546.00

Secretaría de Educación

Formación de alumnos y alumnas como trabajadores sociales a través de la Escuela de Trabajo Social

354,117.00

Secretaría de Educación

Formación de docentes de altos índices de especialización pedagógica a través de la licenciatura escolarizada, no escolarizada y postgrado educativo

3,186,300.00

Secretaría de Desarrollo Social

Entrega de equipos para huertos familiares

1,150,000.00

Secretaría de Desarrollo Social

Entrega de paquetes de aves de postura

1,600,000.00

Secretaría de Desarrollo Social

Registrar personas a los cursos de capacitación.

2,620,000.00

Secretaría de Desarrollo Social

Organización de acciones con asociaciones e instituciones que atienden grupos vulnerables.

4,033,000.00

Secretaría de Desarrollo Social

Tramitar apoyos individuales o grupales.

1,000,000.00

Secretaría de Desarrollo Social

Instrumentar operativos de entrega de bienes en especie

9,500,000.00

Secretaría del Campo

Apoyos a pequeños productores

43,252,137.00

Secretaría de las Mujeres

Promoción de iniciativas de reformas legales para la armonización legislativa.

2,473,818.00

Secretaría de las Mujeres

Reuniones para el seguimiento del Programa para la Participación Política de las Mujeres.

5,554,211.00

Secretaría de las Mujeres

Capacitación, difusión e investigación sobre Igualdad de Género y Derechos Humanos de las Mujeres.

5,539,930.00

Secretaría de las Mujeres

Vinculación con el sector académico y organizaciones de la sociedad civil para la generación de políticas públicas sobre igualdad sustantiva.

6,543,481.00

Secretaría de las Mujeres

Elaboración y ejecución de proyectos para la asignación de recursos federales dirigidos a la igualdad de género Modalidad I y Modalidad III.

333,000.00

Secretaría de las Mujeres

Asesoría técnica para la Certificación en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación.

266,000.00

Secretaría de las Mujeres

Asesoramiento para la incorporación de la perspectiva de género en los Programas Presupuestarios de los entes de la Administración Pública Estatal.

1,712,217.00

Secretaría de las Mujeres

Reuniones del Grupo Estatal de Prevención de Embarazos en Adolescentes.

282,000.00

Secretaría de las Mujeres

Otorgamiento de recursos a municipios.

275,000.00

Secretaría de las Mujeres

Implementación y seguimiento del Modelo para la Igualdad de Género con Enfoque de Derechos Humanos y Perspectiva de Género en las Dependencias del Gobierno del Estado.

1,569,970.00

Secretaría de las Mujeres

Elaboración y autorización de las reglas de operación de los Programas del Fondo para el Fomento Productivo de la Mujer.

3,134,039.00

Secretaría de las Mujeres

Seguimiento de créditos de los Programas del Fondo para el Fomento Productivo para la Mujer.

638,000.00

Secretaría de las Mujeres

Reuniones del Sistema Estatal para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

2,161,960.00

Secretaría de las Mujeres

Asesorías jurídicas, psicológica y en trabajo social a mujeres en situación de violencia otorgadas.

21,441,804.00

Secretaría de las Mujeres

Elaboración y ejecución de proyectos para la asignación de recursos federales destinados a la prevención y atención de la violencia de género de las mujeres zacatecanas.

491,500.00

Secretaría de las Mujeres

Verificación de la operación de los Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia.

10,109,020.00

Secretaría del Zacatecano Migrante

Entregar apoyos económicos (moneda)

8,534,640.00

Secretaría del Zacatecano Migrante

Desarrollar talleres de prevención de violencia intrafamiliar en los EEUU

300,000.00

Coordinación General Jurídica

Consolidación, seguimiento y control del Modelo para la Igualdad de Género con enfoque en Derechos Humanos y Perspectiva de Género, enfocado a incidir en la sensibilización del modelo al personal de la dependencia y a las usuarias y usuarios.

70,360.00

Coordinación Estatal de Planeación

Integración de los programas presupuestarios con perspectiva de género

225,000.00

Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia

Otorgar apoyos a la población vulnerable.

32,092,238.00

Consejo Zacatecano de Ciencia, Tecnología e Innovación

Realización del programa de apoyo para jóvenes emprendedores con empresas de base tecnológica

20,000,000.00

Consejo Zacatecano de Ciencia, Tecnología e Innovación

Otorgamiento de las becas del Programa Estatal de Becas para el desarrollo de talento humano con perfil científico-tecnológico procurando la equidad de género

9,000,000.00

Consejo Zacatecano de Ciencia, Tecnología e Innovación

Otorgamiento de las becas del Programa de Becas de Guías del Centro Interactivo de Ciencia y Tecnología de Zacatecas Zigzag

1,400,000.00

Servicios de Salud de Zacatecas

Agentes y procuradoras de la salud formados

26,157,905.00

Servicios de Salud de Zacatecas

Consultas de planificación familiar otorgadas

8,405,379.00

Servicios de Salud de Zacatecas

Detecciones del Virus del Papiloma Humano realizadas

186,086.00

Servicios de Salud de Zacatecas

Detecciones de Cáncer de mama a través de mastografías realizadas

1,086,966.00

Servicios de Salud de Zacatecas

Consultas de control prenatal otorgadas

364,166.00

Servicios de Salud de Zacatecas

Proyectos realizados de obra en el Estado

12,388,605.00

Instituto de la Defensoría Pública

Atención a las solicitudes de los adolescentes en el Sistema de Justicia Acusatorio Adversarial

44,750.00

Instituto de la Defensoría Pública

Clínica para Defensores Públicos de Oralidad. Defender con perspectiva de Género

287,500.00

Instituto de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas

Control de becas para impulsar el deporte representativo

3,895,000.00

Instituto de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas

Otorgamiento del premio estatal del deporte e integración al salón de honor

90,000.00

Instituto de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas

Atención a mujeres mediante activaciones físicas pro equidad de género

726,160.00

Instituto de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas

Prevención de conductas antisociales a través de la actividad física y el deporte

600,000.00

Instituto de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas

Entrega de material deportivo para fomentar la cultura física y el deporte en hijos e hijas de jornaleros agrícolas

180,000.00

Instituto de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas

Atención a participantes en el plan de verano en el deporte y la actividad física.

365,000.00

Sistema Zacatecano de Radio y Televisión

Producción de contenidos de televisión y radio

8,727,000.00

Sistema Zacatecano de Radio y Televisión

Adquisición de series independientes de calidad para Televisión

108,000.00

Instituto Zacatecano de Educación para Adultos

Alfabetización de adultos que son analfabetas puros.

69,722,499.00

Instituto Zacatecano de Cultura Ramón López Velarde

Promover la participación de los municipios del estado en los programas de descentralización cultural y crecimiento de número de eventos.

65,725,073.00

Instituto Zacatecano de Cultura Ramón López Velarde

Acondicionamiento de espacios para el desarrollo cultural.

13,510,000.00

Instituto Zacatecano de Cultura Ramón López Velarde

Talleres de iniciación artística a todos los niños y niñas de nuestro Estado.

350,000.00

Instituto Zacatecano de Cultura Ramón López Velarde

Formación profesional, especialización y perfeccionamiento de las y los creadores zacatecanos.

870,000.00

Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas

Realización de visitas de supervisión de obras de conservación y acciones correctivas para mantener la mejor imagen urbana en los centros históricos de las zonas típicas y zonas de monumentos del Estado.

1,302,514.00

Instituto de la Juventud del Estado de Zacatecas

Formación de aptitudes laborales en la Población Juvenil Pasante a través de su servicio social en el INJUVENTUD e instituciones públicas.

1,100,000.00

Instituto de la Juventud del Estado de Zacatecas

Capacitación de personas jóvenes a través de talleres y actividades de cultura emprendedora y liderazgo

500,000.00

Instituto de la Juventud del Estado de Zacatecas

Realización de talleres para el bienestar y calidad de vida de la juventud, prevención de embarazo adolescente, violencia en el noviazgo, prevención de adicciones y difusión de la cultura de equidad de género.

300,000.00

Instituto de la Juventud del Estado de Zacatecas

Realización de Eventos con la juventud para el fomento de la lectura, el deporte, cultura cívica y el reconocimiento al talento y desempeño académico.

700,000.00

Instituto para la Atención e Inclusión de las Personas con Discapacidad

Combate a la discriminación a través de la sensibilización.

2,550,143.00

Instituto para la Atención e Inclusión de las Personas con Discapacidad

Promoción de proyectos de Diseño Universal, y otorgamiento de apoyos para el acceso de Hombres y Mujeres con discapacidad a la tecnología y la comunicación.

1,120,000.00

Instituto para la Atención e Inclusión de las Personas con Discapacidad

Oferta de cursos de capacitación para el trabajo a Hombres y Mujeres con discapacidad

4,474,961.00

Instituto para la Atención e Inclusión de las Personas con Discapacidad

Oferta de proyectos productivos para iniciativas de Hombres y Mujeres con discapacidad

1,500,000.00

Instituto para la Atención e Inclusión de las Personas con Discapacidad

Otorgamiento de Becas Educativas y de Rehabilitación para niños y niñas con discapacidad

4,046,644.00

Instituto para la Atención e Inclusión de las Personas con Discapacidad

Entrega de apoyos funcionales a Hombres y Mujeres con discapacidad

4,380,000.00

Instituto para la Atención e Inclusión de las Personas con Discapacidad

Atención y colaboración con Organismos de la Sociedad Civil.

8,920,000.00

Instituto de Selección y Capacitación del Estado de Zacatecas

Coordinación de los eventos del Plan General de Capacitación 2019

1,334,705.00

Instituto de Selección y Capacitación del Estado de Zacatecas

Elaboración de reporte de las evaluaciones sobre la eficiencia y calidad de los eventos del Plan General de Capacitación y Certificación 2019, desagregado por sexo

12,176.00

Instituto de Selección y Capacitación del Estado de Zacatecas

Impartición de eventos del Plan General de Certificación 2019

198,200.00

Instituto de Selección y Capacitación del Estado de Zacatecas

Renovación de acreditaciones de la entidad de certificación y evaluación de la red CONOCER, los estándares de competencia, solicitar auditoría, expedición de certificados y adquisición de baucher MOS

273,539.00

Instituto de Selección y Capacitación del Estado de Zacatecas

Elaboración del Plan General de Capacitación y Certificación laboral y digital 2020

9,500.00

Instituto de Selección y Capacitación del Estado de Zacatecas

Elaboración de informes de resultados de los procesos de evaluación del desempeño, verificación y seguimiento con perspectiva de género

14,200.00

   

898,308,631.00

Información de programas con Perspectiva de Género Anexo 6.



Artículo 27

Se asigna un importe de $ 1,318,071,021.00 (mil trescientos dieciocho millones setenta y un mil veintiún pesos 00/100 m.n.) que corresponde al Programa de Prevención Social del Delito

Los programas, obras y acciones estarán sujetos al Sistema Estatal de Evaluación bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de los objetivos y metas, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer el impacto social de los Programas presupuestarios en materia y de los proyectos a fin de acreditar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia y la Ley para la Prevención Social y la Delincuencia con Participación Ciudadana del Estado de Zacatecas, de lo cual deberá informar a la Legislatura del Estado de manera trimestral.

Información del Programa de Prevención Social del Delito Anexo 7.



Artículo 28

Se destina un importe de $ 3,000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 m.n.) que corresponde al Fideicomiso de Atención a Víctimas del Delito y Violaciones a los Derechos Humanos.



CAPÍTULO IV

Servicios Personales



Artículo 29

En el Ejercicio Fiscal 2019, la Administración Pública Estatal contará con 8,443 plazas centralizadas y 1,879 descentralizadas de conformidad con el Anexo 8 de este Decreto.



Artículo 30

Los servidores públicos ocupantes de las plazas a que se refiere el artículo anterior, percibirán las remuneraciones que se determinen en el Tabulador de Sueldos y Salarios, además del cuadro de plazas con desglose entre empleados de confianza, base y honorarios, contenido en el Anexo 9.

En materia de incremento en las percepciones, deberán sujetarse estrictamente a las condiciones establecidas en el artículo 54 de la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios.


Artículo 31

El Gasto de Educación comprende un total de 32,343 plazas del magisterio, 6,670 Estatales y 25,673 federales. Se cuenta con 4,589 empleados de confianza y 27,754 de base.

Se anexa Tabulador de Docentes Anexo 9-A.
 
La integración de Gasto Educativo es la siguiente:
 

Concepto

Asignación Presupuestal

Objeto del Gasto

9,116,858,305.00

1000

Servicios Personales

8,635,878,187.00

2000

Materiales y Suministros

123,917,316.00

3000

Servicios Generales

199,666,668.00

4000

Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas

92,811,243.00

7000

Inversiones Financieras y Otras Provisiones

64,584,891.00



Artículo 32

Las Dependencias y Entidades al realizar los pagos por concepto de remuneraciones, prestaciones laborales y demás erogaciones relacionadas con servicios personales, deberán observar lo establecido en el Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del Presupuesto de Egresos.



Artículo 33

Las Dependencias y Entidades no podrán crear nuevas plazas, nuevas categorías, ni podrán llevar a cabo traspasos de plazas si no es con autorización de la Secretaría y de la Secretaría de Administración.



Artículo 34

El Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría podrá autorizar a las Dependencias y Entidades el pago de estímulos por productividad, eficiencia y calidad en el desempeño de los servidores públicos, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y financiera.



Artículo 35

Las disposiciones contenidas en este capítulo se aplicarán en el mismo sentido en los Poderes Legislativo, Judicial y Órganos Autónomos. Las autorizaciones y obligaciones estarán a cargo de sus Órganos de Gobierno, la aplicación y observación de las disposiciones será responsabilidad de las Unidades Administrativas correspondientes y deberá apegarse a la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios.



CAPÍTULO V

Deuda Pública y Obligaciones



Artículo 36

La asignación presupuestal total para el capítulo 9000, denominado deuda pública y obligaciones, para el Gobierno del Estado de Zacatecas, es de $954,946,085.00 (novecientos cincuenta y cuatro millones novecientos cuarenta y seis mil ochenta y cinco pesos 00/100 m.n.), conformado por: pagos de amortizaciones de capital por $74,657,215.00 (setenta y cuatro millones seiscientos cincuenta y siete mil doscientos quince pesos 00/100 m.n.); pago de intereses de la deuda por $797,417,147.00 (setecientos noventa y siete millones cuatrocientos diecisiete mil ciento cuarenta y siete pesos 00/100 m.n.); pago de comisiones, gastos y costos por cobertura de la deuda por $450,000.00 (cuatrocientos cincuenta mil pesos 00/100 m.n.) y para ADEFAS $82,421,723.00 (ochenta y dos millones cuatrocientos veintiún mil setecientos veintitrés pesos 00/100 m.n.); conforme a la siguiente tabla: 

(Véase tabla en el P.O.G. de 31 de diciembre de 2018, página 72)
 
La composición de dicha asignación será ejercida como se muestra en el Anexo 10.


Artículo 37

Del tope porcentual para la Contratación de Deuda, de acuerdo a la Clasificación del Sistema de Alertas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Estado tendrá los siguientes Techos de Financiamiento Neto:

I. Bajo un endeudamiento sostenible, corresponderá un techo de financiamiento neto de hasta el equivalente al 15 por ciento de sus ingresos de libre disposición;
 
II. Un endeudamiento en observación, tendrá como techo financiero neto el equivalente al 5 por ciento de sus ingresos de libre disposición;
 
III. Un nivel de endeudamiento elevado tendrá un techo de financiamiento neto igual a cero.
 
Se autorizará financiamiento neto adicional al techo de financiamiento neto contemplado en este artículo, hasta por el monto de financiamiento neto necesario para solventar las causas que generaron el balance presupuestario de recurso disponible negativo.


Artículo 38

El refinanciamiento de la deuda pública del Gobierno del Estado de Zacatecas, fue aprobado mediante Decreto No. 110, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas en fecha 31 de diciembre de 2016; a la fecha la deuda pública es por un importe de $ 7,379,692,151.00 (siete mil trescientos setenta y nueve millones seiscientos noventa y dos mil ciento cincuenta y un pesos 00/100 m.n.) la cual se desglosa como se muestra en el Anexo 11.

Se incluye proyección de deuda Anexo 12.


Artículo 39

Se asigna para el pago de adeudos de ejercicios anteriores (ADEFAS) un importe de $82,421,723.00 (ochenta y dos millones cuatrocientos veintiún mil setecientos veintitrés pesos 00/100 m.n.) de conformidad con el artículo 22 de la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios.



TÍTULO SEGUNDO

RECURSOS FEDERALES



CAPÍTULO ÚNICO

Recursos Federales Transferidos al Estado y sus Municipios



Artículo 40

El presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas se conforma por el Gasto Estatal $14,825,047,949.00 (catorce mil ochocientos veinticinco millones cuarenta y siete mil novecientos cuarenta y nueve pesos 00/100 m.n.) Participaciones $11,279,502,048.00 (once mil doscientos setenta y nueve millones quinientos dos mil cuarenta y ocho pesos 00/100 m.n.) y proveniente de Gasto Federalizado $3,728,868,920.00 (tres mil setecientos veintiocho millones ochocientos sesenta y ocho mil novecientos veinte pesos 00/100 m.n.).

Concepto

Asignación Presupuestal

Gasto Federalizado

14,825,047,949.00

Participaciones

11,279,502,048.00

Gasto Estatal

3,728,868,920.00

TOTAL

29,833,418,917.00

Las ministraciones y los reintegros o devoluciones de recursos federales a que se refiere este artículo, se realizarán de conformidad con las disposiciones aplicables y los calendarios de ejecución correspondientes.



Artículo 41

Los Entes Públicos en el ejercicio de los recursos federales que les sean transferidos, según corresponda, se sujetarán a las disposiciones en materia de información financiera, rendición de cuentas, transparencia y evaluación establecidas en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 48 y 49, fracción V, de la Ley de Coordinación Fiscal, 85 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y Normal, el Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud, Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal y de operación de los recursos del Ramo General 33, y demás disposiciones jurídicas aplicables.



Artículo 42

Las asignaciones previstas para el Estado por Participaciones ascienden a la cantidad de $11,497,249,671.00 (once mil cuatrocientos noventa y siete millones doscientos cuarenta y nueve mil seiscientos setenta y un pesos 00/100 m.n.), de éstas, para sus Municipios corresponden la cantidad de $3,007,224,144.00 (tres mil siete millones doscientos veinticuatro mil ciento cuarenta y cuatro pesos 00/100 m.n.), desglosadas de la siguiente forma:

Municipio

Asignación Presupuestal

Municipio de Apozol

15,013,781.00

Municipio de Apulco

12,595,332.00

Municipio de Atolinga

9,813,844.00

Municipio de Benito Juárez

11,555,799.00

Municipio de Calera

71,759,456.00

Municipio de Cañitas de Felipe Pescador

16,376,194.00

Municipio de Concepción del Oro

31,931,629.00

Municipio de Cuauhtémoc

21,104,435.00

Municipio de Chalchihuites

31,407,272.00

Municipio de El Plateado de Joaquín Amaro

7,672,924.00

Municipio de El Salvador

9,201,360.00

Municipio de Fresnillo

336,444,060.00

Municipio de Genaro Codina

19,681,608.00

Municipio de General Enrique Estrada

13,077,032.00

Municipio de General Francisco R. Murguía

54,421,291.00

Municipio de General Pánfilo Natera

35,642,267.00

Municipio de Guadalupe

290,007,568.00

Municipio de Huanusco

13,478,204.00

Municipio de Jalpa

52,069,284.00

Municipio de Jerez

116,229,414.00

Municipio de Jiménez del Teúl

15,407,621.00

Municipio de Juan Aldama

35,570,920.00

Municipio de Juchipila

31,337,772.00

Municipio de Loreto

67,336,974.00

Municipio de Luis Moya

21,991,113.00

Municipio de Mazapil

92,812,871.00

Municipio de Melchor Ocampo

14,488,679.00

Municipio de Mezquital del Oro

10,180,993.00

Municipio de Miguel Auza

39,276,284.00

Municipio de Momax

8,967,744.00

Municipio de Monte Escobedo

27,183,588.00

Municipio de Morelos

25,164,415.00

Municipio de Moyahua de Estrada

14,758,468.00

Municipio de Nochistlán de Mejía

61,928,717.00

Municipio de Noria de Ángeles

26,770,000.00

Municipio de Ojocaliente

64,980,605.00

Municipio de Pánuco

28,726,711.00

Municipio de Pinos

113,240,232.00

Municipio de Río Grande

98,444,673.00

Municipio de Saín Alto

38,779,370.00

Municipio de Santa María de la Paz

9,405,584.00

Municipio de Sombrerete

106,664,757.00

Municipio de Susticacán

6,211,485.00

Municipio de Tabasco

29,357,081.00

Municipio de Tepechitlán

20,479,897.00

Municipio de Tepetongo

19,871,017.00

Municipio de Teúl de González Ortega

15,595,268.00

Municipio de Tlaltenango de Sánchez Román

51,340,450.00

Municipio de Trancoso

27,053,858.00

Municipio de Trinidad García de la Cadena

9,722,090.00

Municipio de Valparaíso

87,384,927.00

Municipio de Vetagrande

17,688,141.00

Municipio de Villa de Cos

75,622,398.00

Municipio de Villa García

31,186,362.00

Municipio de Villa González Ortega

22,072,368.00

Municipio de Villa Hidalgo

30,612,428.00

Municipio de Villanueva

57,635,168.00

Municipio de Zacatecas

247,221,338.00

Por Asignar

135,269,023.00

TOTAL

3,007,224,144.00

Las cifras son estimadas y deberán ser actualizadas con los factores vigentes en el mes de enero del 2019.

En el anexo 13 se muestra el desglose del monto de participaciones de la Federación a sus Municipios.


Artículo 43

Las aportaciones de la Federación al Estado estimarán $12,675,278,842.00 (doce mil seiscientos setenta y cinco millones doscientos setenta y ocho mil ochocientos cuarenta y dos pesos 00/100 m.n.) y se desglosan a continuación:

FONDO / SUBFONDO

Asignación Presupuestal

Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM)

359,196,638.00

 

FAM ASISTENCIA

157,107,364.00

 

FAM INFRAESTRUCTURA BÁSICA

151,929,274.00

 

FAM INFRAESTRUCTURA SUPERIOR

42,000,000.00

 

FAM INFRAESTRUCTURA MEDIA SUPERIOR

8,160,000.00

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN)

1,065,119,904.00

 

FORTAMUN

1,065,119,904.00

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF)

651,334,063.00

 

FAFEF

651,334,063.00

Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA)

98,626,953.00

 

FAETA CONALEP

42,156,420.00

 

FAETA INEA

56,470,533.00

Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS)

1,085,737,869.00

 

FISE

131,607,192.00

 

FISM

954,130,677.00

Fondo de Aportaciones para la Nómina y el Gasto Operativo (FONE)

6,913,216,881.00

 

FONE

205,991,398.00

 

FONE OTROS GASTO CORRIENTE

595,394,433.00

 

FONE SERVICIOS PERSONALES

6,111,831,050.00

Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP)

144,349,523.00

 

FASP

144,349,523.00

Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA)

2,357,697,011.00

 

FASSA

2,357,697,011.00

TOTAL

12,675,278,842.00

 



Artículo 44

Las aportaciones estimadas para los Municipios del Estado tendrán la siguiente distribución de acuerdo con los conceptos previstos en la Ley de Coordinación Fiscal:

ENTE

Fondo de Aportaciones para la infraestructura Social Municipal (FISM)

Fondos de Aportaciones Para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN)

Municipio de Apozol

5,100,265.00

4,104,789.00

Municipio de Apulco

6,228,141.00

3,195,611.00

Municipio de Atolinga

2,590,131.00

1,636,925.00

Municipio de Benito Juárez

4,892,929.00

2,691,112.00

Municipio de Calera

10,536,127.00

30,488,479.00

Municipio de Cañitas de Felipe Pescador

7,349,997.00

5,660,778.00

Municipio de Concepción del Oro

12,286,313.00

8,730,264.00

Municipio de Cuauhtémoc

5,783,970.00

8,491,504.00

Municipio de Chalchihuites

12,719,930.00

7,699,683.00

Municipio de El Plateado de Joaquín Amaro

3,372,312.00

782,378.00

Municipio de El Salvador

5,889,342.00

1,655,810.00

Municipio de Fresnillo

114,126,062.00

155,710,172.00

Municipio de Genaro Codina

6,511,337.00

5,520,490.00

Municipio de General Enrique Estrada

3,166,143.00

4,265,986.00

Municipio de General Francisco R. Murguía

45,529,485.00

14,709,390.00

Municipio de General Pánfilo Natera

23,209,818.00

15,642,173.00

Municipio de Guadalupe

34,795,920.00

126,743,960.00

Municipio de Huanusco

3,883,973.00

2,754,512.00

Municipio de Jalpa

7,764,140.00

16,249,865.00

Municipio de Jerez

30,525,339.00

39,877,694.00

Municipio de Jiménez del Teúl

10,706,906.00

2,883,335.00

Municipio de Juan Aldama

13,099,065.00

14,707,366.00

Municipio de Juchipila

3,789,405.00

8,516,460.00

Municipio de Loreto

21,211,932.00

36,044,040.00

Municipio de Luis Moya

5,173,397.00

8,964,978.00

Municipio de Mazapil

29,979,202.00

11,774,122.00

Municipio de Melchor Ocampo

4,320,255.00

1,981,575.00

Municipio de Mezquital del Oro

3,483,185.00

1,675,369.00

Municipio de Miguel Auza

20,336,001.00

16,070,458.00

Municipio de Momax

2,038,867.00

1,621,411.00

Municipio de Monte Escobedo

7,951,512.00

6,157,184.00

Municipio de Morelos

3,277,935.00

8,332,331.00

Municipio de Moyahua de Estrada

3,592,440.00

2,662,110.00

Municipio de Nochistlán de Mejía

14,991,443.00

18,716,382.00

Municipio de Noria de Ángeles

17,911,545.00

11,374,163.00

Municipio de Ojocaliente

23,788,171.00

29,319,632.00

Municipio de Pánuco

10,535,826.00

11,902,269.00

Municipio de Pinos

73,162,098.00

49,337,729.00

Municipio de Río Grande

29,843,648.00

43,084,772.00

Municipio de Saín Alto

31,554,292.00

15,025,713.00

Municipio de Santa María de la Paz

3,005,044.00

1,791,377.00

Municipio de Sombrerete

43,864,493.00

42,108,823.00

Municipio de Susticacán

2,048,758.00

896,362.00

Municipio de Tabasco

11,259,610.00

10,443,404.00

Municipio de Tepechitlán

7,101,202.00

5,972,380.00

Municipio de Tepetongo

5,569,154.00

4,769,136.00

Municipio de Teúl de González Ortega

2,510,580.00

3,627,269.00

Municipio de Tlaltenango de Sánchez Román

21,013,407.00

17,971,099.00

Municipio de Trancoso

9,912,440.00

13,093,373.00

Municipio de Trinidad García de la Cadena

2,580,165.00

1,945,154.00

Municipio de Valparaíso

50,476,446.00

21,991,579.00

Municipio de Vetagrande

7,214,555.00

6,607,052.00

Municipio de Villa de Cos

35,605,830.00

23,776,211.00

Municipio de Villa García

12,427,731.00

12,642,832.00

Municipio de Villa González Ortega

9,926,258.00

8,834,807.00

Municipio de Villa Hidalgo

15,806,560.00

12,919,362.00

Municipio de Villanueva

20,749,932.00

20,395,797.00

Municipio de Zacatecas

16,049,713.00

98,570,913.00

Por Asignar

0.00

0.00

TOTAL

954,130,677.00

1,065,119,904.00

Las cifras son estimadas y deberán ser actualizadas con los factores vigentes en el mes de enero del 2019.



Artículo 45

Las Aportaciones Federales que reciba el Estado, establecidas en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal; serán ejercidas por los Entes Públicos, quienes serán los responsables directos en cuanto a su aplicación, destino y distribución, con base en lo siguiente:

 

Dependencia o Ente Público Responsable

Asignación Presupuestal

I. Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE).

Secretaría de Educación.

6,913,216,881.00

II. Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud. (FASSA).

Servicios de Salud

2,357,697,011.00

III. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social; (FAIS).

A la Dependencia, Entidades y Municipios que competa.

1,085,737,869.00

IV. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal; (FORTAMUN)

A los Municipios del Estado de Zacatecas.

1,065,119,904.00

V. Fondo de Aportaciones Múltiples. (FAM)

A las Dependencias y los Organismos Descentralizados que competa.

359,196,638.00

VI. Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, (FAETA)

A los Organismos Descentralizados de Educación que competa.

98,626,953.00

VII. Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal. (FASP).

A las Dependencias y Entidades que tengan a su cargo la aplicación de los recursos conforme a los programas estatales de Seguridad Pública. (Programa Nacional de Seguridad Pública)

144,349,523.00

VIII. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas. (FAFEF).

A las Dependencias y Entidades.

651,334,063.00

 

TOTAL

12,675,278,842.00

 



TÍTULO TERCERO

DISCIPLINA FINANCIERA EN EL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO



CAPÍTULO I

Disposiciones Generales



Artículo 46

El ejercicio del gasto público deberá sujetarse estrictamente a las disposiciones en materia de disciplina financiera emitidas por la Federación, el Ejecutivo del Estado, la Secretaría y la Secretaría de la Función Pública. Tratándose de los Poderes Legislativo, Judicial, así como los Órganos Autónomos, las Unidades Administrativas competentes emitirán las disposiciones correspondientes, en apego a las leyes de la materia.

Las Reglas de Operación para el ejercicio de los recursos asignados a los programas estatales que se ejecutarán en el año 2019, deberán estar publicadas en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno el Estado a más tardar el día 28 de febrero de 2019, conforme a los Lineamientos que al efecto emita la Coordinación Estatal de Planeación. En cuanto a los programas de naturaleza federal o tratándose de convenios celebrados con la Federación, se sujetarán a las reglas de operación federales emitidas para cada caso, pudiendo emitir Reglas de Operación estatales complementarias mientras no se contravenga a las federales.


Artículo 47

La Secretaría, analizando los objetivos y la situación de las finanzas públicas, podrá autorizar compensaciones presupuestarias entre Dependencias y Entidades, y entre éstas últimas, correspondientes a sus Ingresos y Egresos de libre disposición, cuando las mismas cubran obligaciones entre sí derivadas de variaciones respecto a la Ley de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2019 y este Presupuesto de Egresos en los precios y volúmenes de los bienes y servicios adquiridos por las mismas; siempre y cuando el importe de pago con cargo al presupuesto del deudor sea igual al ingreso que se registre en la Ley de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2019, o en su caso, que dicho importe no pueda cubrirse con ingresos adicionales de la entidad a consecuencia del otorgamiento de subsidios en los precios de los bienes o servicios por parte de la entidad deudora.



Artículo 48

Los esquemas de asociaciones público-privadas se regirán por la Ley de la materia.

El Estado de Zacatecas no cuenta con obligaciones de pago en materia de Asociaciones Público Privadas o Plurianuales; por lo que, en el presente Presupuesto, no se tienen contemplados recursos para cubrir obligaciones financieras derivadas de esos tipos de contratos.


CAPÍTULO II

Cumplimiento de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios



Artículo 49

Se presentan los resultados de las finanzas públicas por un periodo que comprende los últimos cinco años, además de la proyección por un periodo igual en adición al Ejercicio Fiscal de conformidad al artículo 5 fracción IV de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, de conformidad con el Anexo 14.



Artículo 50

Se presenta estudio actuarial en materia de pensiones, proporcionado por la entidad responsable del manejo del sistema pensionario de los trabajadores al servicio del estado; en términos del artículo 18 fracción IV de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y 16 inciso c), fracción V de la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, Anexo 15.



Artículo 51

Se incorpora desglose de cuentas bancarias productivas, Anexo 16; y, Descripción de Riesgos para las Finanzas Públicas del Estado de Zacatecas, Anexo 17.



Artículo 52

Se incluye estimación de cierre 2018, Anexo 18 y Programas Presupuestarios, Anexo 19.



CAPÍTULO III

Racionalidad, Eficiencia, Economía, Transparencia y Honradez en el Ejercicio del Gasto



Artículo 53

La Secretaría podrá entregar adelanto de Participaciones a los Municipios, previa petición justificada que realice por escrito el Presidente Municipal a la Secretaría, siempre que cuente con el acta de aprobación de Cabildo. También podrán hacerlo las Entidades y Órganos Autónomos a cuenta de las transferencias presupuestales que les correspondan, previa petición que por escrito le presente el Titular del Ente Público a la Secretaría, adjuntando el análisis y proyecto para resolver sus finanzas públicas, para su saneamiento y administración en los periodos ministrados por adelantado. Se tendrá que suscribir el Convenio respectivo para cada caso.

La Secretaría podrá autorizar o negar las peticiones a que se refiere el párrafo anterior, en función de la situación de las finanzas públicas del Gobierno del Estado y del resultado que arroje el análisis practicado a la capacidad financiera del Municipio, Entidad u Organismo solicitante.


Artículo 54

Los viáticos y gastos de traslado para el personal adscrito a las Dependencias del Poder Ejecutivo, deberán ser autorizados por los Titulares de las mismas, previa valoración y conveniencia de la comisión que motive la necesidad de traslado y/o asistencia del o los servidores públicos, debiéndose ajustar al tabulador aprobado por la Secretaría.

En el caso de los Entes Públicos diferentes del Poder Ejecutivo, éstos determinarán sus normas internas de control presupuestal y disciplina financiera para este gasto.


Artículo 55

Se prohíbe la celebración de Fideicomisos, Mandatos o Contratos Análogos, que tengan como propósito eludir la anualidad de este Presupuesto.

La ministración de cada Fideicomiso, se debe encontrar debidamente presupuestada en cada una de las dependencias que lo cree o administre, para el ejercicio fiscal correspondiente; el fideicomiso, mandato o contrato análogo, no debe duplicarse con un proyecto presupuestal ya establecido y debe estar alineado al Plan Estatal de Desarrollo 2017 – 2021.


Artículo 56

El Titular del Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría, autorizará la ministración, reducción, suspensión y, en su caso, terminación de las transferencias y subsidios con cargo al Presupuesto y las demás disposiciones aplicables.



Artículo 57

La Secretaría podrá emitir durante el Ejercicio Fiscal, disposiciones sobre la operación, evaluación y ejercicio del gasto relacionado con el otorgamiento y aplicación de las transferencias y subsidios a que se refiere el artículo anterior.



Artículo 58

La Secretaría podrá emitir durante el Ejercicio Fiscal, disposiciones sobre la operación, evaluación y ejercicio del gasto de las economías presupuestarias del Ejercicio fiscal.

La Secretaría podrá hacer uso de los subejercicios, cuando estos tengan una antigüedad de 30 días y no hayan sido justificados por las dependencias o Entes Públicos, en este caso serán reasignados a programas prioritarios emitidos por el Titular del Ejecutivo, a través de la Secretaría.


Artículo 59

En el ejercicio del Presupuesto de Egresos, las Dependencias y Entidades se sujetarán a la calendarización que determine y les dé a conocer la Secretaría, la cual será congruente con los flujos de ingresos. Asimismo, las Dependencias y Entidades proporcionarán a dicha Secretaría, la información presupuestal y financiera que se les requiera, de conformidad con las disposiciones en vigor.

Cuando una Dependencia o Entidad lleve a cabo Convenios con la Federación, que impliquen aportación Estatal, deberá solicitar a la Secretaría un dictamen del impacto presupuestario del mismo, para que en su caso, ésta última autorice la afectación del gasto en el presente Decreto, con la finalidad de no alterar el balance presupuestario y la capacidad financiera del Estado.
 
Las iniciativas que se presenten a la Legislatura del Estado, deberán seguir lo establecido en el Artículo 18 de la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios.


Artículo 60

El Poder Legislativo, el Poder Judicial, los Órganos Autónomos, así como las Dependencias y Entidades, deberán sujetarse a los montos autorizados en este presupuesto y a los calendarios de ministración, salvo que se autoricen adecuaciones presupuestales en los términos de este Decreto y la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios; por consiguiente, no deberán adquirir compromisos distintos a los estipulados en el presupuesto aprobado.



Artículo 61

En caso de que durante el Ejercicio Fiscal de 2019 exista un déficit en el ingreso recaudado en la Ley de Ingresos, el titular del Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría, podrá aplicar las siguientes normas de disciplina financiera:

I. La disminución del ingreso recaudado de alguno de los rubros estimados en la Ley de Ingresos, podrá compensarse con el incremento que, en su caso observen otros rubros de ingresos, salvo en el caso en que éstos últimos tengan un destino específico por disposición expresa de leyes de carácter fiscal o conforme a éstas se cuente con autorización de la Secretaría para utilizarse en un fin específico, así como tratándose de ingresos propios de las Entidades;
 
II. En caso de que no pueda realizarse la compensación para mantener ingresos y gastos aprobados o ésta resulte insuficiente, se procederá a la reducción de los montos aprobados en el Presupuesto de Egresos destinados a las Dependencias, Entidades y Programas, conforme el orden siguiente:
 
a) Los gastos de comunicación social;
 
b) El gasto administrativo no vinculado directamente a la atención de la población;
 
c) El gasto en servicios personales, prioritariamente las erogaciones por concepto de percepciones extraordinarias, y
 
d) Los ahorros y economías presupuestarios que se determinen con base en los calendarios de presupuesto autorizados a las Dependencias y Entidades.
 
III. En caso de que los ajustes anteriores no sean factibles o suficientes para compensar la disminución del ingreso recaudado, podrán realizarse ajustes en otros conceptos de gasto, incluidas las transferencias a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Órganos Autónomos, siempre y cuando se procure no afectar los programas sociales.
 
Los Poderes Legislativo y Judicial y los Órganos Autónomos, podrán emitir sus propias normas de disciplina financiera, en términos del artículo 2 de la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios.


Artículo 62

Los Ingresos excedentes derivados de Ingresos de libre disposición del Estado y de los Municipios, deberán ser destinados a los siguientes conceptos:

I. Para la amortización anticipada de la Deuda Pública, el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores, pasivos circulantes y otras obligaciones, en cuyos contratos se haya pactado el pago anticipado sin incurrir en penalidades y representen una disminución del saldo registrado en la cuenta pública del cierre del ejercicio inmediato anterior, así como el pago de sentencias definitivas emitidas por la autoridad competente, la aportación a fondos para desastres naturales y de pensiones, conforme a lo siguiente:
 
a) Cuando el Estado se clasifique en un nivel de endeudamiento elevado, de acuerdo al Sistema de Alertas, cuando menos el 50 por ciento;
 
b) Cuando el Estado se clasifique en un nivel de endeudamiento en observación, de acuerdo al Sistema de Alertas, cuando menos el 30 por ciento, y
 
II. En su caso, el remanente para:
 
a) Inversión pública productiva, a través de un fondo que se constituya para tal efecto, con el fin de que los recursos correspondientes se ejerzan a más tardar en el ejercicio inmediato siguiente, y
 
b) La creación de un fondo cuyo objetivo sea compensar la caída de Ingresos de libre disposición de ejercicios subsecuentes.
 
Los Ingresos excedentes derivados de Ingresos de libre disposición del Estado y sus Municipios, podrán destinarse a los rubros mencionados en el presente artículo, sin limitación alguna, siempre y cuando el Estado se clasifique en un nivel de endeudamiento sostenible de acuerdo al Sistema de Alertas.
 
Cuando el Estado se clasifique en un nivel de endeudamiento sostenible de acuerdo al Sistema de Alerta, podrá utilizar hasta un 5 por ciento de los recursos a los que se refiere el presente artículo para cubrir Gasto Corriente.
 
Tratándose de Ingresos de libre disposición que se encuentren destinados a un fin específico en términos de las leyes, no resultarán aplicables las disposiciones establecidas en el presente artículo.
 
El Ejecutivo del Estado deberá informar a la Legislatura del ejercicio de los referidos recursos en términos de lo dispuesto por los artículos 34 y 35 de la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios y 22 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas para el Estado de Zacatecas.


Artículo 63

En apego a lo previsto en el artículo 42 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las mismas para el Estado de Zacatecas, las Dependencias, Entidades y los Ayuntamientos, bajo su responsabilidad, podrán contratar obras públicas y prestación de servicios, mediante los procedimientos de contratación que a continuación se señalan:

I. Licitación Pública;
 
II. Invitación a cuando menos tres personas; y
 
III. Adjudicación Directa.
 
En los procedimientos de contratación deberán establecerse los mismos requisitos y condiciones para todos los participantes, especialmente por lo que se refiere a tiempo y lugar de entrega, plazos de ejecución, forma y tiempo de pago, penas convencionales, anticipos y garantías; debiendo las Dependencias y Entidades proporcionar a todos los interesados igual acceso a la información relacionada con dichos procedimientos, a fin de evitar favorecer a algún participante.
 
La Dependencia o Entidad determinará el carácter nacional o local de los procedimientos de contratación.
 
Cuando se ejecuten programas en los que se ejerzan asignaciones presupuestales federales, se deberán apegar a la normatividad aplicable o a la que se pacte en los acuerdos o convenios respectivos.
 
Cuando se aplique la normatividad federal en la contratación de obra pública o servicios relacionados con la misma, financiados con cargo a recursos federales convenidos, se atenderá a la normatividad federal que los regule, conforme al monto de los recursos recibidos en su totalidad por el Estado.
 
Para dar atención al artículo 73 de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas para el Estado de Zacatecas, se establece como montos máximos sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, los siguientes:
 
A. Para Obra Pública:
 
I. Mediante adjudicación directa, hasta por $1´500,000.00;
 
II. Invitación a cuando menos tres personas, por más de $1´500,001.00 y, hasta $3,000,000.00; y
 
III. Por medio de Licitación Pública por más de $3,000,001.00.
 
B. Para servicios relacionados con las obras públicas.
 
I. Mediante adjudicación directa, hasta por $750,000.00;
 
II. Invitación restringida por lo menos a tres personas, por más de $750,000.00 y, hasta $1´250,000.00, y
 
III. Por medio de Licitación Pública, por más de $1´250,001.00.


Artículo 64

En apego a lo estipulado en el artículo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con bienes muebles del Estado de Zacatecas, las Dependencias y Entidades podrán convocar, adjudicar o contratar adquisiciones, servicios y arrendamientos, siempre y cuando cuenten con el presupuesto de inversión y de gasto corriente, conforme a los cuales deberán programarse los pagos respectivos;

A. Se establece como montos máximos, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, los siguientes:
 
I. Los montos máximos de las operaciones que las dependencias y entidades podrán adjudicar en forma directa, hasta por $750,000.00;
 
II. Los montos de las operaciones que siendo superiores a los que se refiere la fracción anterior, las dependencias y entidades podrán adjudicar al proveedor que cuente con la capacidad de respuesta inmediata, habiendo considerado previamente por lo menos tres propuestas, hasta por $1´250,000.00; y
 
III. Por más de $ 1’250,001.00, será mediante licitación pública.
 
II. (SIC) Para fines del presente Decreto entre las adquisiciones, arrendamientos y servicios, quedan comprendidos:
 
I. Las adquisiciones y los arrendamientos de bienes muebles;
 
II. Las adquisiciones de bienes muebles que deban incorporarse, adherirse o destinarse a un inmueble, que sean necesarios para la realización de las obras públicas por administración directa, o los que suministren los Entes Públicos de acuerdo con lo pactado en los contratos de obras públicas;
 
III. Las adquisiciones de bienes muebles que incluyan la instalación por parte del proveedor, en inmuebles que se encuentren bajo la responsabilidad de los Entes Públicos, cuando su precio sea superior al de su instalación;
 
IV. La contratación de los servicios relativos a bienes muebles que se encuentren incorporados o adheridos a inmuebles, cuyo mantenimiento no implique modificación alguna al propio inmueble, y sea prestado por persona cuya actividad comercial corresponda al servicio requerido;
 
V. La reconstrucción y mantenimiento de bienes muebles, maquila, seguros, transportación de bienes muebles o personas y contratación de servicios de limpieza y vigilancia;
 
VI. La prestación de servicios de largo plazo que involucren recursos de varios ejercicios fiscales a cargo de un inversionista proveedor, el cual se obliga a proporcionarlos con los activos que provea por sí o a través de un tercero, de conformidad con un proyecto para la prestación de dichos servicios;
 
VII. La prestación de servicios de personas físicas, excepto la contratación de servicios personales subordinados o bajo el régimen de honorarios;
 
VIII. La contratación de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones; y
 
IX. En general, los servicios de cualquier naturaleza cuya prestación genere una obligación de pago para las dependencias y entidades, salvo que la contratación se encuentre regulada en forma específica por otras disposiciones legales.
 
Corresponderá al Órgano Interno de Control del Ente Público que se trate, determinar si un servicio se ubica en la hipótesis de este inciso B. Las adquisiciones deberán contabilizarse como lo marca la Ley de la materia.


CAPÍTULO IV

Sanciones



Artículo 65

Los Titulares de los Entes Públicos, en el ejercicio de sus presupuestos aprobados, sin menoscabo de las responsabilidades y atribuciones que les correspondan, serán directamente responsables de la aplicación de los recursos públicos asignados en el presente Presupuesto de Egresos y de que dicho ejercicio se realice con estricto apego a las Leyes que lo regulan.

El incumplimiento de dichas disposiciones será sancionado en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones aplicables, independientemente de las de carácter penal, civil, o de cualquier otra naturaleza.


TÍTULO CUARTO

PRESUPUESTO BASADO EN RESULTADOS



CAPÍTULO I

Presupuesto basado en resultados



Artículo 66

Los programas presupuestarios que formen parte del presupuesto basado en resultados (PbR) ascienden a la cantidad de $21,065,188,497.00 (veintiún mil sesenta y cinco millones ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos noventa y siete pesos 00/100 m.n.) y son ejercidos por todas las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo estatal.

En el Anexo 20 se presenta la relación de Matrices de Indicadores de Resultados (MIR) de los Programas Presupuestarios del Gobierno del Estado que forman parte del Presupuesto Basado en Resultados, donde se muestran los objetivos anuales, estrategias y metas.


Artículo 67

Del Sistema Estatal de Evaluación, establecido en el artículo 122 de la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, y en apego a los Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento del Sistema Estatal de Evaluación, los recursos públicos de que dispongan los Entes Públicos serán sujetos al Sistema, con el propósito de orientar la operación de los Programas presupuestarios al logro de resultados.



CAPÍTULO II

Estrategia de implementación y consolidación del Presupuesto basado en Resultados



Artículo 68

Durante el año 2019, las diferentes etapas del ciclo presupuestario se seguirán alineando, de manera gradual y creciente, de acuerdo al modelo de Presupuesto basado en Resultados, en congruencia con la legislación federal y estatal aplicable. Dicho ciclo presupuestario se compone de: planeación, programación, presupuestación, ejercicio y control, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas.



Artículo 69

Durante el año 2019, los entes públicos deberán cumplir con lo estipulado en los Lineamientos Generales para la Implementación del Modelo de Presupuesto basado en Resultados, los cuales establecen los principios y criterios de implementación del modelo; las dependencias y entidades responsables con su respectivo ámbito de acción; las modalidades de implementación y los factores críticos de éxito. Estos lineamientos rigen los avances de la implementación en las siete etapas del ciclo presupuestario.



Artículo 70

Sin detrimento de que durante la implementación del modelo de Presupuesto basado en Resultados se potencien sus alcances, los Lineamientos Generales establecen los criterios mínimos que deberán atenderse en cada una de las siete etapas del ciclo presupuestario estatal, conforme a lo siguiente: la planeación consistirá en la alineación de los programas sectoriales y presupuestarios con el contenido del Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021; la programación considerará la revisión y autorización, en su caso, de estructuras programáticas, la definición de programas presupuestarios, la elaboración de Matrices de Indicadores para Resultados; la presupuestación tomará en cuenta los resultados de los programas para la asignación de recursos; el ejercicio tendrá por objetivo la mejora en la gestión y de la calidad del gasto; el seguimiento incluirá la elaboración de informes de resultados y monitoreo de indicadores; la evaluación identificará oportunidades de mejora de los programas, con apego a la normatividad aplicable; y la rendición de cuentas incluirá la elaboración de informes con los resultados definitivos de los programas. El enfoque de avance en la implementación será gradual. Los programas que conforman el modelo de Presupuesto basado en Resultados son aquellos que mayor impacto tienen en el bienestar de la población.



Artículo 71

Será responsabilidad de la Secretaría, coordinar la estrategia de implementación del Modelo de Presupuesto basado en Resultados, con apego al marco jurídico aplicable.



TRANSITORIOS

Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día 1° de enero de 2019 y estará vigente en tanto no se apruebe su similar del ejercicio fiscal 2020.

Artículo Segundo. Se abroga el Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2018, contenido en el Suplemento 4 al 101 del Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas, correspondiente al día 20 de diciembre de 2017.
 
Artículo Tercero. Se podrán realizar reasignaciones presupuestales durante el Ejercicio Fiscal de 2019, para proyectos de Asociación Público Privadas y obligaciones plurianuales, o relativas a operaciones de arrendamiento puro, cuyos proyectos se ajustarán a las disposiciones de las leyes que los regulan.
 
Artículo Cuarto. Los datos, cifras y manifestaciones presentados en este Decreto inclusive sus Anexos que se sustenten en las Participaciones, en los Fondos de Aportaciones Federales, se presentan con montos estimados en armonía y en los términos de la Ley de Ingresos para el Estado de Zacatecas para el ejercicio fiscal 2019, los cuales en relación al gasto federalizado se ajustarán con base en las publicaciones oficiales que para esos efectos realice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
 
Artículo Quinto. El presupuesto asignado a entes públicos: los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los Órganos Autónomos y los Organismos Públicos Descentralizados; será ejercido a través de sus titulares, quienes serán los responsables de su aplicación, destino y distribución.
 
Artículo Sexto. La Secretaría de Finanzas queda facultada por conducto de su titular, para que, en caso de obtener resolución judicial favorable en la controversia que actualmente versa sobre las contribuciones ecológicas, realice las reasignaciones presupuestarias correspondientes a las siguientes prioridades: para incentivar el desarrollo económico, para fortalecer las acciones de prevención del delito, así como para la seguridad pública.
 
Artículo Séptimo. El recurso que se asignó al Fideicomiso del Impuesto sobre Nómina, deberá incluir el Fondo Económico de Incentivos a la Inversión para dar cumplimiento al artículo 120 de la Ley para la Inversión y el Empleo del Estado de Zacatecas.
 
Artículo Octavo. Los datos, cifras y manifestaciones presentados en los Anexos 1 al 21 del presente Decreto, son parte integrante del Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el ejercicio fiscal 2019, en cumplimiento con lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, así como a los lineamientos establecidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable.
 
Artículo Noveno. Se instruye al Poder Ejecutivo del Estado a efecto de que en respeto al ejercicio de sus atribuciones y facultades, a través de la Secretaría de la Función Pública y la Coordinación Estatal de Planeación, dentro de un plazo no mayor a ciento veinte días de la entrada en vigor de este Decreto, realice una evaluación y emita los dictámenes de viabilidad correspondientes, de cada uno de los organismos públicos descentralizados, con excepción de los que presten servicios educativos y derivado de este proceso, proponga la extinción, fusión o reestructuración de dichos organismos, bajo los principios de austeridad, racionalidad, eficiencia, eficacia y economía; lo anterior, con pleno respeto de los derechos laborales y de seguridad social de los servidores públicos.
 
Artículo Décimo. El Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas, publicará a más tardar el 28 de febrero de 2019, las Reglas de Operación para apoyar las actividades de instituciones y diversas organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro que solicitaron recursos.
 
Artículo Décimo Primero. Todos los asuntos turnados en materia de Paquete Económico se tengan por acumulados en el presente dictamen con el memorándum que corresponda, por tanto, se consideran concluidos y se remiten al archivo definitivo, con fundamento en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas.
 
Artículo Décimo Segundo. Los recursos adicionales etiquetados para el campo por el orden de $35’000,000.00 (treinta y cinco millones de pesos 00/100 m.n.) deberán ejercerse de la siguiente manera:
 
a) $32’000,000.00 (treinta y dos millones de pesos 00/100 m.n.) para el “Programa Estatal Especial Concurrente”, y
 
b) $3’000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 m.n.) para proyectos de plantación de agave.
 
De los programas de la Secretaría de Turismo en materia de promoción, se deberá disponer de una reserva de asignación presupuestal para el desarrollo de la convención denominada “Encuentro de bebidas y destilados de México”.
 
Artículo Décimo Tercero. De la asignación presupuestal del Instituto de Cultura Física y Deporte, por un monto de $6,000.000.00 (seis millones de pesos 00/100 m.n.), será destinado a diversos programas en apoyo y fomento al deporte local, concretamente, ligas municipales y asociaciones femeniles y varoniles en cualquiera de sus ramas, lo anterior, bajo el esquema de celebración de convenios de colaboración y coordinación entre el citado Instituto y los Municipios.
 
Lo anterior, en los términos de las reglas de operación que expida la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, el propio Instituto y la Coordinación Estatal de Planeación, que permitan asignaciones presupuestales de forma equitativa y atienda las recomendaciones que en la materia emita la Comisión de Cultura Física y Deporte de la Legislatura del Estado.
 
Asimismo, de la asignación presupuestal del aludido Instituto, por el orden de $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 m.n.) serán destinados para las Ligas semiprofesionales y $1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 m.n.), para el Equipo de Básquetbol Femenil denominado “Barreteras de Zacatecas”.
 
Artículo Décimo Cuarto. De los ingresos obtenidos por el concepto de Impuesto Sobre Nóminas, en concordancia con los Lineamientos Generales de Operación del Fideicomiso respectivo, se destinará un monto de $2’000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 m.n.) al financiamiento de programas impulsados por personas con discapacidad.
 
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
 
Dado en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura del Estado de Zacatecas, a treinta de diciembre del año dos mil dieciocho. PRESIDENTE.- JOSÉ MA. GONZÁLEZ NAVA. DIPUTADOS SECRETARIOS.- EDGAR VIRAMONTES CÁRDENAS Y RAÚL ULLOA GUZMÁN. Rúbricas.
 
Y para que llegue conocimiento de todos y se le dé el debido cumplimiento, mando se imprima publique y circule.
 
Dado en el despacho del Poder Ejecutivo del Estado, a los treinta y un días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. GOBERNADOR DEL ESTADO.- ALEJANDRO TELLO CRISTERNA. SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- JEHÚ EDUI SALAS DÁVILA. Rúbricas.
 
RELACIÓN DE ANEXOS
PRESUPUESTO DE EGRESOS ESTADO DE ZACATECAS 2019
 
ANEXO 1
CLASIFICACIÓN DEL GASTO A NIVEL CAPÍTULO
 
ANEXO 2
CLASIFICACIÓN PROGRAMATICA POR PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
 
ANEXO 3
CLASIFICACIÓN PROGRAMATICA POR EJE, LINEA Y ESTRATEGIA
 
ANEXO 4
FIDEICOMISOS DEL ESTADO
 
ANEXO 5
FINANCIAMIENTO A PARTIDOS POLÍTICOS
 
ANEXO 6
PROGRAMAS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO
 
ANEXO 7
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS CON PREVENCIÓN SOCIAL DEL DELITO
 
ANEXO 8
PLANTILLAS DE SERVICIOS PERSONALES
 
ANEXO 9
TABULADOR DE EMPLEADOS DE CONFIANZA, BASE Y HONORARIOS.
 
ANEXO 9-A
TABULADOR DE DOCENTES
 
ANEXO 10
PRESUPUESTO DE DEUDA PÚBLICA
 
ANEXO 11
SALDOS DE LA DEUDA
 
ANEXO 12
PROYECCIÓN DE LA DEUDA
 
ANEXO 13
PARTICIPACIONES DE LA FEDERACIÓN Y EL ESTADO A MUNICIPIOS RAMO 28
 
ANEXO 14
FORMATOS DE LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y SUS MUNICIPIOS
 
ANEXO 14-A
RESULTADOS DE EGRESOS DE LEY DE DISCIPLINA FINANCERA
 
ANEXO 15
ESTUDIOS ACTUARIALES
 
ANEXO 16
CUENTAS BANCARIAS PRODUCTIVAS
 
ANEXO 17
DESCRIPCIÓN DE RIESGOS PARA LAS FINANZAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE ZACATECAS
 
ANEXO 18
ESTIMACIÓN DEL CIERRE EJERCICIO 2018
 
ANEXO 19
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
 
ANEXO 20
MATRIZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS (MIR’S) QUE ESTABLECEN OBJETIVOS ANUALES, ESTRATEGIAS Y METAS
 
ANEXO 21
DICTAMEN DE IMPACTO PRESUPUESTARIO DEL PROYECTO DE DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE ZACATECAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019