ARTÍCULO 60

Al Consejo Técnico del COPLADEZ, le corresponde emitir la convocatoria para la constitución de los consejos ciudadanos sectoriales y por cada Programa Operativo Anual; así mismo, será el encargado de formular los anteproyectos de reglamento, que deberán ser aprobados al interior de cada instancia de aplicación.

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