ARTÍCULO 51
La SEPLADER, a través del COPLADEZ, coordinará la formulación de los programas operativos de las dependencias y entidades y la posterior integración del POA del Poder Ejecutivo, fijando sus alcances y derivaciones regionales, sectoriales y municipales y las directrices para procesar, interpretar y proporcionar la información que coadyuve a lograr una planeación eficiente. El POA del Estado deberá ser presentado ante la Legislatura del Estado a más tardar la primera quincena del mes Diciembre de cada ejercicio fiscal para su análisis y validación.
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