ARTÍCULO 42

El PED considerará por lo menos las siguientes fases:
 
I. Diagnóstico Integral: Mediante el cual se establezca un escenario de la estructura social y económica del Estado, identificando sus debilidades, fortalezas, oportunidades de desarrollo, así como los aspectos cualitativos y cuantitativos que identifican el nivel de desarrollo de la Entidad;
 
II. Principios rectores, objetivos, metas, estrategias, lineamiento y políticas para impulsar el desarrollo estatal, regional y metropolitano; y
Fracción reformada POG 17-07-2013
 
III. Mecanismos para el control, seguimiento y evaluación en su ejecución y los medios que permitan conocer periódicamente los resultados obtenidos para impulsar las modificaciones y adecuaciones para su cabal consecución.


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