ARTÍCULO 33

Son autoridades en materia de planeación:

I. El Gobernador del Estado;

II. La Legislatura del Estado;

III. La SEPLADER;

IV. La Contraloría Interna del Gobierno del Estado;

V. Los ayuntamientos;

VI. El COPLADEZ;

VII. Los COPLADER; y

VIII. Los COPLADEMUN.

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