ARTÍCULO 43
El patrimonio del Fondo de Desarrollo y Fomento al Turismo de Zacatecas, se integrará con:
I. Las aportaciones que efectúe el Gobierno del Estado;
II. Las aportaciones que en su caso efectúe la Secretaría;
III. Las aportaciones que en su caso efectúen los prestadores de servicios turísticos y organismos relacionados con el turismo;
IV. Los créditos que obtenga;
V. Los productos de sus operaciones y de la inversión de fondos; y
VI. Los demás recursos que se generen por cualquier otro concepto.
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