ARTÍCULO 38
La Secretaría en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Económico, promoverá la creación de empresas dedicadas a la actividad turística, identificando las posibilidades de inversión con factibilidad económica y financiera, a fin de propiciar la constitución de nuevas zonas de desarrollo turístico, buscando un balance entre las necesidades específicas de la zona y la protección y conservación de los recursos naturales y culturales.
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