ARTÍCULO 53
Integración del expediente
1.- Agotado el procedimiento de escrutinio y cómputo se levantarán las actas correspondientes que deberán firmar todos los funcionarios y se procederá a integrar el expediente de la casilla con la siguiente documentación:
I. Un ejemplar del acta de la jornada;
II. Un ejemplar del acta de escrutinio y cómputo;
III. Sobres por separado que contengan: El listado nominal, las boletas sobrantes, los votos válidos y los votos nulos; y
IV. En la parte exterior del paquete se adherirá un sobre que contenga copia del acta de escrutinio y cómputo.
Regresar a Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Zacatecas