Los establecimientos dedicados al físico constructivismo, ejercicios aeróbicos, gimnasios y casas de masaje, deberán acreditar para su funcionamiento que sus instructores o profesores, tengan certificado, constancia o título registrado ante la Secretaría de Educación, que avale los conocimientos en el área específica.
Estos establecimientos deberán cumplir con lo siguiente:
I. Contar con servicios sanitarios, vestidores y, en su caso, regaderas;
II. Antes y después de cada actividad deberán limpiarse y desinfectarse los implementos a usar, y
III. Aplicar buenas prácticas de orden y limpieza para evitar la aparición de fauna nociva.