La Secretaría de Salud se coordinará con los Servicios de Salud y otras instituciones del sector para desarrollar programas de asistencia social dirigidos a personas con discapacidad. Tales programas incluirán entre otras, las acciones siguientes:
I. Investigar las causas y factores condicionantes que con mayor frecuencia producen discapacidad;
II. Promover la cooperación y participación de la comunidad en la prevención y control de las causas frecuentes de discapacidad;
III. Establecer y sostener instalaciones idóneas para el diagnóstico temprano y la atención oportuna de los procesos físicos, mentales o sociales que afectan a personas con discapacidad;
IV. Difundir orientación educativa a la comunidad, en materia de rehabilitación a personas con discapacidad;
V. Promover acciones urbanísticas y arquitectónicas de los sectores público, social y privado, para adecuar la infraestructura y las edificaciones a las necesidades de las personas con discapacidad, y
VI. Apoyar la creación de establecimientos educativos y de capacitación para el trabajo y procurar la obtención de empleos y otras formas de ocupación remunerada para las personas en proceso de rehabilitación.