ARTÍCULO 31

Notificación a las Autoridades

1.- Recibida la solicitud, el Presidente del Consejo General dará cuenta al pleno, dentro de los cinco días hábiles siguientes.

2.- Tratándose de solicitudes de ciudadanos, en el mismo término, el Instituto notificará a las autoridades emisoras del acto, para que si lo desean, en un plazo de cinco días hábiles, a partir del día siguiente de la notificación, hagan llegar sus observaciones.


Regresar a Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.