ARTÍCULO 8º

Sujetos de Participación Ciudadana

1.- El ejercicio de los derechos de participación ciudadana a que se refiere esta ley, corresponde exclusivamente a los ciudadanos zacatecanos, inscritos en el padrón electoral de la Entidad, que figuren en el Listado Nominal de Electores actualizado; que cuenten con credencial para votar con fotografía y estén en aptitud de ejercer su derecho al voto.

2.- Estarán excluidos de participación ciudadana, quienes en términos de ley, se encuentren suspendidos de sus derechos.

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