Artìculo 61 quinquies

 Corresponderá al Órgano de Vigilancia del Instituto el ejercicio de las atribuciones que en materia de control, inspección, vigilancia y evaluación que le confiere la Ley de Entidades Públicas Paraestatales y el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.

Adicionado POG 22-04-2017



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