Artículo 119

Los estudios realizados en la entidad, integrados al Sistema Educativo Nacional, tendrán validez en toda la República.

Las instituciones del sistema educativo estatal, expedirán certificados, constancias, diplomas y otorgarán títulos o grados académicos a las personas que hayan concluido estudios, de conformidad con los requisitos establecidos en los planes y programas de estudios correspondientes. Dichos certificados, constancias, diplomas, títulos y grados académicos tendrán validez en toda la República.
 
La Secretaría promoverá que los estudios con validez oficial en la entidad sean reconocidos en el extranjero.


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