Artículo 28

Para cumplir lo dispuesto en el artículo anterior, la Secretaría, en coordinación con las instancias de juventud y cultura, llevará a cabo las siguientes actividades:

I. Representar a la autoridad educativa estatal, ante todo tipo de organismos;
 
II. Proponer, elaborar, revisar y, en su caso, ejecutar los acuerdos o convenios en materia recreativa, deportiva y de bienestar social, que celebre el Estado con los gobiernos federal, estatal y municipales, así como con los sectores social y privado; y
 
III. Las demás que le señale la Ley o le asigne la autoridad educativa estatal.


Regresar a Ley de Educación del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2025.