Artículo 25
Corresponde a la Secretaría, a través de la instancia competente que señale la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado:
I. Promover la enseñanza, investigación, conservación, restauración, preservación y difusión del patrimonio histórico cultural;
II. Realizar inventarios del acervo cultural del Estado;
III. Recuperar el patrimonio cultural vinculado a la identidad de los zacatecanos y su diversidad regional;
IV. Representar a la autoridad educativa estatal, ante organismos culturales;
V. Proponer, elaborar, revisar y, en su caso, ejecutar los acuerdos o convenios en materia cultural que celebre la autoridad educativa estatal con los gobiernos federal, estatal y municipales, así como con los sectores social y privado;
VI. Asesorar en la creación de organismos municipales de cultura; y
VII. Las demás que le asigne la Ley o la autoridad educativa estatal.
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