Artículo 11
El logro de la calidad es responsabilidad de todos los actores del sistema educativo. En forma específica, a las autoridades educativas corresponde vigilar que:
I. Los padres de familia o tutores envíen a sus hijos o pupilos a la escuela desde el nivel de preescolar y apoyen el esfuerzo de profesores y educandos para que se alcancen los objetivos de aprendizaje;
II. Los trabajadores de la educación desarrollen su trabajo con responsabilidad, vocación, competencia y eficacia;
III. Derogado 16-09-2017
IV. Los directivos y supervisores realicen su tarea ofreciendo los apoyos pedagógicos y administrativos que se requieran para el adecuado funcionamiento de los centros escolares;
V. Las actividades de otras instituciones o áreas de la administración pública que involucren a las escuelas, se integren adecuadamente a los programas de trabajo de cada plantel, para que se realicen de manera productiva y enriquezcan el quehacer educativo; y
VI. Los planteles de educación básica cuenten con su proyecto escolar.
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