ARTÍCULO 60
El Estado proporcionará un subsidio a la Universidad, para que cumpla adecuadamente sus funciones y alcance los fines que le son propios.
El Presupuesto de Egresos del Estado determinará el monto del subsidio, en base a los principios y prioridades de equilibrio presupuestal estatal, así como en los convenios que para el efecto se suscriban con la Federación.
La Universidad percibirá además, los rendimientos que produzca el impuesto del 5% destinado a la propia Universidad.
El gobierno del Estado es responsable de la oportuna entrega del subsidio.
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