ARTÍCULO 107 Bis

Por los servicios que se soliciten en materia de catastro y registro público, cuando los antecedentes a que se refieran dicho (sic) servicios se encuentren fuera del distrito judicial en el que se dirija la petición, se cobrará una tarifa adicional por documento equivalente a: $500.00
Artículo adicionado 31/12/2018 (Decreto 113)


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