Artículo 115

La Secretaría emitirá los lineamientos en materia de archivo contable gubernamental para el Poder Ejecutivo.

Las dependencias y los organismos descentralizados instruirán a sus unidades respectivas de contabilidad para que en coordinación con la Secretaría, mantengan actualizados y uniformes los sistemas de operación de la documentación contable.
 
Los poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos autónomos y Municipios, emitirán los lineamientos para el archivo contable a que hace referencia el párrafo anterior.


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