Los Entes Públicos deberán determinar claramente en sus dispositivos jurídicos que normen el ejercicio de su gasto, la eliminación de asignaciones presupuestales para cubrir erogaciones por concepto de telefonía celular y radiotelefonía, con excepción de las utilizadas en las áreas de procuración y administración de justicia, seguridad pública, protección civil y salud.