Los Entes Públicos, en cumplimiento con las disposiciones legales sobre previsión social y pensiones para los servidores públicos del Estado, están obligados a realizar los descuentos que en las mismas se ordene y el entero inmediato a las instituciones de Seguridad Social. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a la aplicación de la legislación en materia de responsabilidades administrativas, sin perjuicio de cualesquiera otras responsabilidades que se generen.