Artículo 52

Para el Poder Ejecutivo, la Secretaría será responsable de establecer y operar un sistema de registro y control presupuestario de los servicios personales con el fin de optimizarlos.

Párrafo Reformado POG 31-12-2018.

Los Poderes Legislativo y Judicial, los Órganos Autónomos y los Municipios, deberán contar con su propio sistema de registro y control presupuestario de servicios personales con el mismo fin.


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