Artículo 52
Para el Poder Ejecutivo, la Secretaría será responsable de establecer y operar un sistema de registro y control presupuestario de los servicios personales con el fin de optimizarlos.
Párrafo Reformado POG 31-12-2018.
Los Poderes Legislativo y Judicial, los Órganos Autónomos y los Municipios, deberán contar con su propio sistema de registro y control presupuestario de servicios personales con el mismo fin.
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