ARTÍCULO 31

Para ser integrante del Tribunal Universitario se requiere:

I. Ser mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de su derechos;

II. Ser académico de carrera y haber impartido cátedra en la Universidad, por lo menos tres años consecutivos anteriores a su elección; y

III. No tener los impedimentos para ser Rector y, además, no ser integrante de otro órgano de gobierno ni autoridad universitaria.

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