Artículo 67

Del Sistema Estatal de Evaluación, establecido en el artículo 122 de la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, y en apego a los Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento del Sistema Estatal de Evaluación, los recursos públicos de que dispongan los Entes Públicos serán sujetos al Sistema, con el propósito de orientar la operación de los Programas presupuestarios al logro de resultados.



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