Artículo 35

Las disposiciones contenidas en este capítulo se aplicarán en el mismo sentido en los Poderes Legislativo, Judicial y Órganos Autónomos. Las autorizaciones y obligaciones estarán a cargo de sus Órganos de Gobierno, la aplicación y observación de las disposiciones será responsabilidad de las Unidades Administrativas correspondientes y deberá apegarse a la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios.



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