ARTÍCULO 13
Los órganos de gobierno y autoridades de la Universidad serán:
I. El Consejo Universitario;
II. El Rector;
III. El Secretario General;
IV. El Tribunal Universitario;
V. Los Consejos Académicos de Área;
VI. Los Coordinadores de los Consejos Académicos de Área;
VII. Los Consejos de las Unidades Académicas; y
VIII. Los Directores de las Unidades Académicas.
Únicamente los cargos a que se refieren las fracciones II, III, VI y VIII serán remunerados.
Regresar a Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Zacatecas "Francisco García Salinas"