Se exceptúa de lo dispuesto en los artículos anteriores, la movilización de ganado por causas urgentes tratándose de desastres naturales. En esta circunstancia, los ganaderos están obligados a solicitar indistintamente a la Secretaría o la asociación ganadera más cercana, el certificado de origen provisional para la movilización de su ganado, en la cual señalarán el nombre del propietario, su fierro, marca o tatuaje, predio de procedencia y destino, destinatario, especie, número de cabezas y sexo que se movilicen, así como nombre y firma del propietario o poseedor.