Artículo 8
Son órganos auxiliares de las autoridades antes señaladas:
I. El Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable;
II. El Comité Estatal para el Fomento y Protección Pecuaria de Zacatecas;
III. La Unión Ganadera Regional de Zacatecas;
IV. Las Asociaciones Ganaderas Locales generales y/o especializadas; y
Fracción Reformada POG núm. 68 de fecha 24-08-2013, Decreto 642.
V. Las Asociaciones Avícolas y Porcícolas.
Regresar a Ley de Fomento a la Ganadería del Estado de Zacatecas