Reformado POG 23-03-2013
Corresponde a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas realizar acciones para prevenir y erradicar toda forma de discriminación e intolerancia.
Reformado POG 23-03-2013
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas, independientemente de sus funciones, ejercerá las acciones necesarias en torno a la prevención y erradicación de toda forma de discriminación o intolerancia, debiendo integrar en forma sistemática la información sobre las quejas, casos, prácticas y actos discriminatorios que le sean presentados por la ciudadanía o por el Consejo Estatal para Prevenir y Erradicar toda Forma de Discriminación.
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas proporcionará a las personas que presuntamente hayan sido discriminadas, asesoría respecto de los derechos que les asisten y los medios para hacerlos valer.
Reformado POG 23-03-2013
Reformado POG 23-03-2013
Corresponde a la Secretaría de la Función Pública del Gobierno del Estado resolver las quejas presentadas por particulares. En el caso de que las conductas o prácticas discriminatorias sean imputables a las autoridades estatales, servidores públicos u organismos públicos estatales; se aplicarán los procedimientos de investigación y atención de quejas, de conformidad a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, vigente, siempre y cuando se llegue a demostrar que dichos servidores incurrieron en responsabilidad administrativa.
Los ayuntamientos serán autoridades competentes para conocer y resolver acerca de las infracciones a esta Ley cometidas por particulares, personas físicas o morales.