Artículo 32

El Consejo tiene como objeto:

I. Contribuir al desarrollo cultural, social y democrático del Estado;
 
II. Llevar a cabo, las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación;
 
III. Formular y promover políticas públicas para la igualdad de oportunidades y de trato a favor de las personas que se encuentren en el territorio zacatecano incluyendo los municipios; y
 
IV. Coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Estado, en materia de prevención y eliminación de la discriminación.


Regresar a Ley para Prevenir y Erradicar Toda Forma de Discriminación en el Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.