Para efectos de este capítulo se consideran Organismos Descentralizados Integrantes de la Administración Pública, los establecidos en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas y aquellos que fueran o sean creados posteriormente a la promulgación de esa Ley, por Decreto de la Legislatura del Estado o del Titular del Poder Ejecutivo.