ARTÍCULO 133

Para efectos de este capítulo se consideran Organismos Descentralizados Integrantes de la Administración Pública, los establecidos en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas y aquellos que fueran o sean creados posteriormente a la promulgación de esa Ley, por Decreto de la Legislatura del Estado o del Titular del Poder Ejecutivo.



Regresar a Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.