Cuando de un mismo título se consignen dos o más actos jurídicos, por cada acto: $300.00
Párrafo reformado 31/12/2018 (Decreto 113)
Si el mismo origina dos o más inscripciones, se tasarán por separado cada acto.
Párrafo reformado 31/12/2018 (Decreto 113)
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Párrafo derogado 31/12/2018 (Decreto 113)
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Párrafo derogado 31/12/2018 (Decreto 113)
Del ingreso percibido por concepto del pago de derechos por los servicios de catastro y registro público, un 5% será destinado a su modernización y para la celebración de convenios con Municipios, cuyo monto deberá ser considerado como ampliación presupuestal, con independencia de lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios.
Párrafo reformado 31/12/2018 (Decreto 113)