ARTÍCULO 15 bis

El ejercicio de las facultades conferidas en esta Ley a la Secretaría de Seguridad, la Secretaría General y la Secretaría de Finanzas, podrán delegarse a las áreas administrativas que se establezcan en el o los reglamentos que para tal efecto expida el Poder Ejecutivo del Estado.

Adicionado POG 31-05-2017


Regresar a Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.