La Contraloría será la encargada de elaborar el padrón de contratistas del Gobierno del Estado y fijará los criterios y procedimientos para clasificar a las personas que soliciten su inscripción de acuerdo a su especialidad, lo anterior conforme a las facultades que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.
Será la Contraloría la que fije las políticas, lineamientos y requisitos que deberán cubrir los interesados para poder ser inscritos en el padrón de contratistas del Gobierno del Estado.
La Contraloría emitirá mensualmente el listado que integra el padrón de contratistas del Gobierno del Estado, con el fin de que las dependencias y entidades sólo celebren contratos con las personas físicas y morales inscritas en el padrón y cuyo registro se encuentre vigente.
Para efectos de los procedimientos de licitación, contratación, y ejecución de las obras la Contraloría sólo fungirá como órgano de control para la debida realización de los procedimientos conforme a lo establecido por la presente Ley.